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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2012 (24/11/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 55

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 24 de noviembre de 2012 479285 ante los fenómenos naturales y/o antrópicos que pongan en riesgo la salud, la vida de sus habitantes, y patrimonio de los vecinos, se debe emitir dicho dispositivo legal. Que, teniendo en cuenta que uno de los objetivos del Proyecto de Ordenanza Municipal es con la fi nalidad que la Municipalidad Distrital de Santa Rosa declare a todos y/o cada uno de los cerros identifi cados, laderas de cerros como zonas intangibles e Inalienables, teniendo en cuenta que dichos predios están en propensos a tráfi co ilícito de terrenos, ocupación ilegal de seudos y fraudulentos Organizaciones Sociales, quienes perjudican el desarrollo económico del Distrito, entre otros. Que, estando a lo expuesto en los párrafos anteriores; y, en uso de las facultades conferida por la Constitución Política del Perú y de conformidad a lo dispuesto por los Artículos 9º numerales 8),9), Art.39º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; luego de un amplio debate correspondiente; y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se aprobó por UNANIMIDAD, la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE DECLARA LA INTANGIBILIDAD E INALIENABILIDAD DE LOS DIVERSOS TERRENOS CALIFICADAS ZONAS DE PROTECCION Y TRATAMIENTO PAISAJISTICO EN EL DISTRITO DE SANTA ROSA. Artículo Primero.- DECLARAR, la intangibilidad e inalienabilidad de los terrenos destinados en los planos de lotización como aporte reglamentario o equipamiento urbano de los diferentes Asociaciones de Vivienda, Asentamientos Humanos y demás Organizaciones Sociales que existen actualmente en la jurisdicción del Distrito de Santa Rosa, siendo los siguientes terrenos rústicos: 1. Zona de Falda de Cerro y Cerro con Zonifi cación ZRP, colindante con la Av. Alejando Bertello, destinado para parque Zonal Nº 36. 2. Zona de Falda de Cerro y Cerro denominado Parcela ST-1, inscrito en Partida Registral Nº 12409125, frente a la Carretera que une el Balneario de Santa Rosa y la Carretera Panamericana Norte – KM 42, Distrito de Santa Rosa- Provincia y Departamento de Lima con zonifi cación PTP, terreno adjudicado por la Superintendencia de Bienes Nacionales Estatales (SBN) para fi nes PROGRAMA DE VIVIENDA. 3. Zona de Falda de Cerro y Cerro ubicado en la Asociación de Vivienda Productiva la Arboleda, con zonifi cación PTP, terreno adjudicado por la Superintendencia de Bienes Nacionales Estatales (SBN) para fi nes de Cementerio Municipal, 4. Zona de Falda de Cerro y Cerro ubicado en el A.H Los Jardines de la Parcela C, con zonifi cación PTP, terreno libre propenso a posibles invasiones. 5. Zona de Falda de Cerro y Cerro ubicado en el A.H La Arboleda, con zonifi cación PTP, terreno libre propenso a posibles invasiones. 6. Zona de Falda de Cerro y Cerro ubicado en el A.H. El Golf de Santa Rosa, con zonifi cación PTP, terreno libre expuesto a posibles invasiones. 7. Zona de Falda de Cerro y Cerro ubicado en el A.H Los Brisas de los Ángeles, con zonifi cación PTP, terreno libre expuesto a posibles invasiones. 8. Zona de Falda de Cerro y Cerro ubicada en el A.H Los Girasoles de Santa Rosa, con zonifi cación PTP, terreno libre expuesto a posibles invasiones. 9. Zona de Falda de Cerro y Cerro ubicado en la Asociación Pro Vivienda PROFAM PERÚ, con zonificación PTP, terreno libre expuesto a posibles invasiones. 10. Zona de Falda de Cerro y Cerro, ubicado en la Asociación de Vivienda ADESESEP, con zonifi cación PTP, terreno libre expuesto a posibles invasiones. 11. Zona de Falda de Cerro y Cerro, ubicado en el sector Playa Hondable, con zonifi cación ZHR, terreno libre expuesto a posibles invasiones. 12. Zona de Falda de Cerro y Cerro de Loma Larga, colindante con la Urbanización los Educadores y Asociación de Vivienda Brisas de Santa Rosa, con zonifi cación PTP, terreno libre expuesto a posibles invasiones. 13. Zona de Falda de Cerro y Cerro, ubicado en el Proyecto Integral de Vivienda Santa Rosa de Lima con zonificación PTP, terreno libre expuesto a posibles invasiones. 14. Zona de Falda de Cerro y Cerro, ubicado en Playa Grande, con zonifi cación ZHR, terreno libre expuesto a posibles invasiones Artículo Segundo.- DECLARAR Y RATIFICAR, la intangibilidad e inalienabilidad de los diversos terrenos ubicados en las faldas o laderas de los cerros que de acuerdo al Plano de Zonifi cación del Distrito de Santa Rosa, aprobado por la Ordenanza Nº 1085-MML, mediante el cual han sido declarados como zona de Protección y Tratamiento Paisajista (PTP), zona de protección y tratamiento paisajista zonifi cación que tiene por objeto proteger dichas áreas y a la población de los efectos contaminaste en el suelo, subsuelo, aire o agua y del riesgo físico por lo que solo se podrán destinar arborización, paisajismo turismo, obras de defensa con fi nes de protección física, control de eventos de geodinámica externa. Con excepción de las áreas adjudicadas y destinadas para fi nes específi cos de interés social y público (proyectos sociales), siempre en cuando dichos terrenos y/o predios hayan sido adjudicadas por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales – SBN a favor de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa. Artículo Tercero.- PRECISAR, que el incumplimiento de lo establecido en la presente norma constituye infracción y conlleva a la imposición de las sanciones administrativas y/o judiciales que determine la Municipalidad Distrital de Santa Rosa conforme a leyes de la materia. Artículo Cuarto.- ESTABLECER, que compete a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Urbano, Gerencia de Administración Tributaria y Rentas y Ofi cina de Imagen Institucional y Relaciones Públicas, y demás gerencias y/o órganos competentes de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa, la de garantizar, y establecer los mecanismos adecuados para el fi el cumplimiento de lo establecido en la presente Ordenanza Municipal; en coordinación con los demás órganos competentes como son, la Policía Nacional del Perú, Organizaciones de la Sociedad Civil, Organismos Públicos competentes y el Concejo Municipal. Artículo Quinto.- ENCARGAR, a la Secretaria General de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa la publicación de la presente Ordenanza Municipal en el Diario Ofi cial El Peruano, y en la Página Web de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa; DISPOSICIÓN FINAL Artículo Sexto.- FACULTAR al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las Disposiciones Necesarias para lograr la adecuada aplicación de la presente Ordenanza Municipal, acorde con las leyes vigentes de la materia. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. PABLO CHEGNI MELGAREJO Alcalde 869924-1