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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE OCTUBRE DEL AÑO 2012 (03/10/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 2

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 3 de octubre de 2012 475716 PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA RESOLUCIÓN LEGISLATIVA DEL CONGRESO N° 001-2012-2013-CR EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Resolución Legislativa del Congreso siguiente: RESOLUCIÓN LEGISLATIVA DEL CONGRESO QUE APRUEBA LA AGENDA LEGISLATIVA PARA EL PERÍODO ANUAL DE SESIONES 2012-2013 CONSIDERANDO: Que el segundo párrafo del artículo 29 del Reglamento del Congreso de la República establece que al inicio del período anual de sesiones, los Grupos Parlamentarios y el Consejo de Ministros presentan una propuesta detallando los temas o proyectos de ley que consideren necesario debatir y aprobar durante dicho período. Que la Agenda Legislativa es un instrumento concertado de planifi cación del trabajo parlamentario en materia legislativa y su contenido, según los precedentes, es resultado de las coordinaciones de los grupos parlamentarios entre sí y entre estos y el gobierno, a través de la Presidencia de Consejo de Ministros, bajo la dirección del Presidente del Congreso de la República. Que el debate de estos proyectos de ley tiene prioridad, tanto en las Comisiones como en el Pleno del Congreso, salvo lo dispuesto por el artículo 105 de la Constitución Política del Perú y no impide que puedan dictaminarse y debatirse otros proyectos. Que el Presidente del Congreso de la República ha realizado las coordinaciones necesarias en la Junta de Portavoces y el Consejo Directivo con la finalidad de definir los temas que deben incluirse en la Agenda Legislativa del Período Anual de Sesiones 2012-2013. Que corresponde al Pleno del Congreso de la República, de conformidad con el artículo 29 del Reglamento del Congreso, pronunciarse sobre la aprobación de la Agenda Legislativa del Período Anual de Sesiones 2012-2013. HA RESUELTO: Artículo 1. Aprobación de la Agenda Legislativa 2012-2013 Aprobar la Agenda Legislativa del Período Anual de Sesiones 2012-2013, en los términos siguientes: AGENDA LEGISLATIVA DEL PERÍODO ANUAL DE SESIONES ACUERDO NACIONAL PROPUESTAS LEGISLATIVAS OBJETIVOS POLÍTICAS DE ESTADO DEMOCRACIA Y ESTADO DE DERECHO 1° FORTALECIMIENTO DEL RÉGIMEN DEMOCRÁTICO Y DEL ESTADO DE DERECHO 1. Bicameralidad 2. Transfuguismo 3. Elección /designación Defensor del Pueblo, miembros del Directorio del Banco Central de Reserva y del Tribunal Constitucional 2° DEMOCRATIZACIÓN DE LA VIDA POLÍTICA Y FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA DE PARTIDOS 4. Modifi caciones a las leyes electorales (eliminación del voto preferencial, voto obligatorio) 5. Modifi caciones a la Ley de Partidos Políticos (fi nanciamiento, inscripción) 7° ERRADICACIÓN DE LA VIOLENCIA Y FORTALECIMIENTO DEL CIVISMO Y DE LA SEGURIDAD CIUDADANA 6. Leyes sobre seguridad ciudadana 8° DESCENTRALI- ZACIÓN POLÍTICA, ECONÓMICA Y AD- MINISTRATIVA PARA PROPICIAR EL DESA- RROLLO INTEGRAL, ARMÓNICO Y SOSTE- NIDO DEL PERÚ 7. Fortalecimiento del proceso de descentralización 8. Restablecimiento del Consejo Nacional de Descentralización (CND) 9. Demarcación territorial 9° POLÍTICA DE SEGURIDAD NACIONAL 10. Fortalecimiento del sistema de seguridad y defensa nacional FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectifi cación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión rectifi cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectifi carse. 4. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL