Norma Legal Oficial del día 03 de octubre del año 2012 (03/10/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, miercoles 3 de octubre de 2012 GASTOS CORRIENTES 2.5 Otros Gastos Subtotal UE 001 TOTAL PLIEGO 007

NORMAS LEGALES
48 590 432,00 -------------------48 590 432,00 --------------------48 590 432,00 ============

475721

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Dan por concluido reconocimiento y reconocen representante de los empleadores ante el Consejo Directivo del Seguro Social de Salud - ESSALUD, en representacion de la mediana empresa
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 238-2012-TR

PLIEGO UNIDAD EJECUTORA

026 : Ministerio de Defensa 009 : Oficina Previsional de las Fuerzas Armadas

ASIGNACIONES PRESUPUESTALES QUE NO RESULTAN EN PRODUCTO ACTIVIDAD GASTOS CORRIENTES 5000991 : Obligaciones Previsionales

MORDAZA, 28 de setiembre de 2012
2.5 Otros Gastos Subtotal UE 009 TOTAL PLIEGO 026 53 449 955,00 -------------------53 449 955,00 -------------------53 449 955,00 ============ 102 040 387,00 ============

VISTO: La carta CONFIEP PRE-216/12, del 5 de setiembre de 2012, de la Confederacion Nacional de Instituciones Empresariales Privadas ­ CONFIEP; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 5.2. del articulo 5º de la Ley Nº 27056, Ley de Creacion del Seguro Social de Salud ­ ESSALUD, establece que el Consejo Directivo de este organismo esta integrado entre otros, por tres representantes de los empleadores elegidos por sus organizaciones representativas, uno de los cuales representa a la mediana empresa; Que, asimismo, el numeral 5.3. del articulo 5º de la citada Ley establece que los mandatos del Consejo Directivo son ejercidos por dos (2) anos, pudiendo ser renovados por una sola vez por un periodo igual; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 255-2010TR, se reconocio al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Moreyra Almenara, como representante de los empleadores ante el Consejo Directivo de ESSALUD, en representacion de la mediana empresa; el mismo que debe darse por concluido, al haber vencido el plazo MORDAZA para su ejercicio; Que, el articulo 9º del Decreto Supremo Nº 0022009-TR, Reglamento de la Ley Nº 27056, Ley de Creacion del Seguro Social de Salud ­ ESSALUD, prescribe, entre otros, que los representantes de los empleadores, elegidos por cada uno de los gremios empresariales representativos, seran reconocidos mediante Resolucion Ministerial del Sector entre las propuestas alcanzadas por cada una de las organizaciones representativas; Que, el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, ha recibido la carta CONFIEP PRE-216/12, del 5 de setiembre de 2012, de la Confederacion Nacional de Instituciones Empresariales Privadas ­ CONFIEP, mediante el cual presenta una terna de candidatos para la evaluacion y designacion del MORDAZA representante de la mediana empresa ante el Consejo Directivo de ESSALUD; Que, es atribucion del Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo, reconocer a los representantes de los empleadores ante el Consejo Directivo de ESSALUD, de entre las propuestas alcanzadas por las organizaciones empresariales representativas; Con la visacion del Jefe de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con la Ley Nº 27056, Ley de Creacion del Seguro Social de Salud, ESSALUD; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; el numeral 8) del articulo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Articulo 1°.- DAR POR CONCLUIDO el reconocimiento del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MOREYRA ALMENARA, como representante de los empleadores ante el Consejo Directivo del Seguro Social

TOTAL EGRESOS

Articulo 2º.- Procedimiento para la Aprobacion Institucional 2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitados en el presente Credito Suplementario, aprueban mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1º de la presente MORDAZA, a nivel programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitaran a la Direccion General de Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruiran a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3º.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos del Credito Suplementario a que hace referencia el articulo 1º del presente Dispositivo no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son incorporados. Articulo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas, el Ministro de Defensa y el Ministro del Interior. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dos dias del mes de octubre del ano dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 848612-1

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