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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE OCTUBRE DEL AÑO 2012 (03/10/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 6

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 3 de octubre de 2012 475720 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Crédito Suplementario a favor de los Pliegos Ministerio de Defensa y Ministerio del Interior en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012 DECRETO SUPREMO Nº 197-2012-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Ley Nº 21021 se crea la Caja de Pensiones Militar-Policial (CPMP) con personería jurídica de Derecho Público Interno, para administrar el pago de Compensaciones y Pensiones del personal militar y policial perteneciente al régimen del Decreto Ley Nº 19846; Que, a través del Decreto de Urgencia Nº 059-2011 se dictaron medidas extraordinarias y urgentes para, entre otros, el cumplimiento de las obligaciones pensionarias a cargo de la Caja de Pensiones Militar - Policial, estableciendo para tal fi n en el artículo 2º de dicha norma, la constitución en el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, del “Fondo Especial de Garantía Caja de Pensiones Militar Policial”, por la suma de QUINIENTOS OCHENTA Y CUATRO MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 584 000 000,00), recursos de carácter intangible y permanente, destinados exclusivamente al fi nanciamiento del pago de las obligaciones previsionales de la CPMP; disponiéndose además en el citado artículo que la atención de las obligaciones previsionales a cargo de la Caja de Pensiones Militar - Policial se fi nancian complementariamente con cargo a los recursos del Fondo Especial, a partir del mes de enero hasta el 31 de diciembre de 2012; Que, el artículo 3º del Decreto de Urgencia Nº 059- 2011, ha establecido el procedimiento que debe seguirse para el uso de los recursos del citado Fondo Especial, señalando que la Caja de Pensiones Militar-Policial debe remitir al Ministerio de Defensa y al Ministerio del Interior la documentación administrativa sustentatoria, dentro de la que se deberá considerar el número del Documento Nacional de Identidad (DNI) vigente de cada pensionista y el monto de las planillas de pensiones del régimen del Decreto Ley Nº 19846 para el trimestre respectivo. Posteriormente, con base a la información remitida por la Caja de Pensiones Militar-Policial y validada por dichos Ministerios, éstos deben solicitar al Ministerio de Economía y Finanzas gestionar las transferencias de recursos con cargo al Fondo de Garantía, las cuales se autorizan mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, el Ministro de Defensa y el Ministro del Interior, y se registran en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios. Asimismo, el citado artículo 3º establece que los Ministerios de Defensa e Interior son responsables de la veracidad, calidad y oportunidad de la remisión de la información trimestral que servirá de base para realizar dichas transferencias; Que, mediante los Decretos Supremos Nºs. 007- 2012-EF, 057-2012-EF y 120-2012-EF se autorizaron las incorporaciones de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, hasta por la suma de CIENTO CATORCE MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS SESENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 114 962 364,00), OCHENTA Y CINCO MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 85 555 400,00) y NOVENTA Y NUEVE MILLONES TREINTA Y SIETE MIL SETECIENTOS SESENTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 99 037 769,00), para ser destinados a fi nanciar en los presupuestos institucionales de los pliegos Ministerio del Interior y Ministerio de Defensa, con cargo a los recursos del Fondo Especial de Garantía Caja de Pensiones Militar Policial, los montos necesarios para complementar el pago de las obligaciones previsionales de la Caja de Pensiones Militar-Policial, correspondiente al primer, segundo y tercer trimestre del año 2012, respectivamente; de conformidad con los artículos 2º y 3º del Decreto de Urgencia Nº 059-2011; Que, en el marco de lo señalado en los considerandos precedentes, mediante los Ofi cios Nº 0152-2012-IN-VGI y Nº 1815-2012-MINDEF/DM, los pliegos Ministerio del Interior y Ministerio de Defensa solicitan, conforme a lo dispuesto por los artículos 2º y 3º del Decreto de Urgencia Nº 059-2011, se autoricen los recursos necesarios para fi nanciar en los presupuestos institucionales de los pliegos 007 Ministerio del Interior y 026 Ministerio de Defensa, el pago de las obligaciones previsionales a cargo de la Caja de Pensiones Militar-Policial, correspondientes al cuarto trimestre del presente año, por la suma total de CIENTO DOS MILLONES CUARENTA MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 102 040 387,00), correspondiendo la cantidad de CUARENTA Y OCHO MILLONES QUINIENTOS NOVENTA MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 48 590 432,00) a favor del Pliego 007 Ministerio del Interior y la cantidad de CINCUENTA Y TRES MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 53 449 955,00) a favor del Pliego 026 Ministerio de Defensa; Que, en consecuencia, es necesario autorizar la incorporación de los citados recursos hasta por la suma de CIENTO DOS MILLONES CUARENTA MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 102 040 387,00), vía Crédito Suplementario, en los presupuestos institucionales de los pliegos Ministerio del Interior y Ministerio de Defensa, con cargo a los recursos del Fondo Especial, destinados a fi nanciar el pago de las obligaciones previsionales de la Caja de Pensiones Militar- Policial, correspondiente al cuarto trimestre del año 2012; Que, la Caja de Pensiones Militar-Policial viene cumpliendo con remitir la correspondiente información a que se refi ere el artículo 7º del Decreto de Urgencia Nº 059-2011; De conformidad con lo establecido en el artículo 3º del Decreto de Urgencia Nº 059-2011; DECRETA: Artículo 1º.- Objeto Autorízase la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, hasta por la suma de CIENTO DOS MILLONES CUARENTA MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 102 040 387,00), para ser destinados a fi nanciar en los presupuestos institucionales de los pliegos Ministerio del Interior y Ministerio de Defensa, con cargo a los recursos del Fondo Especial de Garantía Caja de Pensiones Militar Policial, los montos necesarios para complementar el pago de las obligaciones previsionales de la Caja de Pensiones Militar- Policial, correspondiente al cuarto trimestre del año 2012, en el marco de lo dispuesto por los artículos 2º y 3º del Decreto de Urgencia Nº 059-2011, de acuerdo al siguiente detalle: INGRESOS (En Nuevos Soles) FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios (Fondo Especial de Garantía Caja de Pensiones Militar Policial) 102 040 387,00 -------------------- TOTAL INGRESOS 102 040 387,00 =========== EGRESOS (En Nuevos Soles) SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 007 : Ministerio del Interior UNIDAD EJECUTORA 001 : Ofi cina General de Administración ASIGNACIONES PRESUPUESTALES QUE NO RESULTAN EN PRODUCTO ACTIVIDAD 5000991 : Obligaciones Previsionales