Norma Legal Oficial del día 03 de octubre del año 2012 (03/10/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, miercoles 3 de octubre de 2012

NORMAS LEGALES

475731

RESOLUCION VICEMINISTERIAL N° 342-2012-MTC/03

MORDAZA, 25 de setiembre del 2012 VISTO, el Escrito de registro Nº 073032 de fecha 22 de junio de 2011, presentado por la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA sobre otorgamiento de autorizacion por Concurso Publico para la prestacion del servicio de radiodifusion sonora educativa en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Carhuaz, departamento de Ancash; CONSIDERANDO: Que, el articulo 16° de la Ley de Radio y Television, establece que las autorizaciones del servicio de radiodifusion se otorgan a solicitud de parte o por concurso publico. El concurso publico es obligatorio cuando la cantidad de frecuencias o MORDAZA disponibles en una banda es menor al numero de solicitudes presentadas; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 4297-2010MTC/28, se aprobo las Bases del Concurso Publico Nº 02-2010-MTC/28, para el otorgamiento de autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion sonora, en las modalidades educativa y comercial, en diversas localidades y bandas de frecuencias, entre las cuales se encuentra la banda de Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de Carhuaz, departamento de Ancash; Que, con fecha 15 de MORDAZA de 2011, se llevo a cabo el Acto Publico Unico: Recepcion y Apertura de sobres Nºs 3 y 4 y otorgamiento de la Buena Pro del Concurso Publico Nº 02-2010-MTC/28, adjudicandose la Buena Pro a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA para el otorgamiento de la autorizacion del servicio de radiodifusion sonora educativa en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Carhuaz, departamento de Ancash; Que, el articulo 19° del Reglamento de la Ley de Radio y Television, establece que la autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion es concedida mediante Resolucion del Viceministro de Comunicaciones; Que, el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias, aprobado por Resolucion Viceministerial Nº 092-2004-MTC/03, modificado por Resolucion Viceministerial N° 478-2006-MTC/03, ratificado mediante Resolucion Viceministerial N° 746-2008-MTC/03 y modificado por Resoluciones Viceministeriales N° 1372009-MTC/03, N° 458-2009-MTC/03, N° 178-2010MTC/03, N° 739-2010-MTC/03, N° 188-2011-MTC/03, N° 596-2011-MTC/03, N° 985-2011-MTC/03, N° 135-2012MTC/03 y N° 243-2012-MTC/03, se aprobaron los Planes de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias en la banda de FM para diversas localidades del departamento de MORDAZA, entre las cuales se encuentra la localidad de Carhuaz; Que, el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias indicado en el parrafo precedente, establece 0.5 KW. Como MORDAZA potencia efectiva radiada (e.r.p.) a ser autorizada en la direccion de MORDAZA ganancia de antena. Asimismo, las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion aprobadas mediante Resolucion Ministerial N° 358-2003-MTC/03 y sus modificatorias, establece que aquellas estaciones, como es el presente caso, que operen en el rango mayor a 250 w. hasta 500 w. de e.r.p., en la direccion de MORDAZA ganancia de antena, se clasifican como Estaciones de Servicio Primario Clase D3, consideradas de Baja Potencia; Que, en virtud a lo indicado, la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA no se encuentra obligada a la MORDAZA del Estudio Teorico de Radiaciones No Ionizantes, asi como tampoco a efectuar los monitoreos anuales, segun se establece en el Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 0382006-MTC, mediante el cual se aprobaron los Limites Maximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones; Que, mediante Informe Nº 1317-2012MTC/28, la Direccion General de Autorizaciones en

Telecomunicaciones, considera que la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ha cumplido con las obligaciones previstas en el numeral 21 y demas disposiciones contenidas en las Bases del Concurso Publico Nº 02-2010MTC/28, la Ley de Radio y Television y su Reglamento, asi como, con la MORDAZA de la documentacion tecnica y legal requerida, por lo que resulta procedente otorgar a la referida persona, la autorizacion solicitada; De conformidad con la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, las Bases del Concurso Publico N° 02-2010-MTC/28, el Decreto Supremo N° 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, que establece los Limites Maximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones, el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias aprobado por Resolucion Viceministerial Nº 092-2004-MTC/03 y sus modificatorias, y la Resolucion Ministerial Nº 358-2003MTC/03 que aprueba las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion y sus modificatorias; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar autorizacion a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por el plazo de diez (10) anos, para prestar el servicio de radiodifusion sonora educativa en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de Carhuaz, departamento de MORDAZA, de acuerdo a las condiciones esenciales y caracteristicas tecnicas que se detallan a continuacion: Condiciones Esenciales: Modalidad Frecuencia Finalidad Caracteristicas Tecnicas: Indicativo : OBN-3K Emision : 256KF8E Potencia Nominal del Transmisor : 0.5 KW. Clasificacion de Estacion : PRIMARIA D3 POTENCIA Ubicacion de la Estacion: Estudios : Jr. Brasil N° 388, distrito y provincia de Carhuaz, departamento de Ancash. : Longitud Oeste : 77º 38' 29.19'' Latitud Sur :09º 17' 00'' : Quebrada de Yanamarca, distrito y provincia de Carhuaz, departamento de Ancash. : Longitud Oeste : 77º 39' 35'' Latitud Sur :09º 17' 00'' : El area comprendida dentro del contorno de 66 dB V/m : RADIODIFUSION SONORA EN FM : 89.1 MHz : EDUCATIVA

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BAJA

Coordenadas Geograficas

Planta Transmisora

Coordenadas Geograficas

MORDAZA de Servicio

La autorizacion otorgada incluye el permiso para instalar los equipos de radiodifusion correspondientes. De acuerdo con lo establecido en el articulo 52º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, para el caso de los enlaces auxiliares se requiere de autorizacion previa otorgada por la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones. El plazo de la autorizacion y permiso concedidos se computara a partir de la fecha de notificacion de la

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