Norma Legal Oficial del día 12 de octubre del año 2012 (12/10/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 85

El Peruano MORDAZA, viernes 12 de octubre de 2012

NORMAS LEGALES

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· Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio de MORDAZA Distrito Judicial de MORDAZA · Primer Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio de Huancayo · MORDAZA Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio de Huancayo Distrito Judicial del MORDAZA · Primer Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio de Chimbote · MORDAZA Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio de Chimbote · Tercer Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio de Chimbote · MORDAZA Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio de Chimbote Articulo Segundo.- Exhortar a los jueces de los mencionados organos jurisdiccionales transitorios incrementar el nivel de resolucion en sus respectivos despachos judiciales, a efectos de contribuir con una eficaz descarga procesal. Vencida la prorroga, con los informes emitidos por los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de MORDAZA, Ica, MORDAZA y El MORDAZA, se evaluara los niveles de resolucion a efectos de determinar su continuidad o reubicacion. Articulo Tercero.- Disponer que las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de MORDAZA, Ica, MORDAZA y del MORDAZA remitan al Equipo Tecnico de Implementacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, dentro del MORDAZA dia de emitidas, MORDAZA de las resoluciones administrativas que expidan referidas a la distribucion o redistribucion de la carga procesal, asi como la designacion de jueces y de personal jurisdiccional y administrativo de los organos jurisdiccionales materia de prorroga, segun corresponda. Articulo Cuarto.- Transcribir la presente resolucion a la Presidencia del Poder Judicial, Equipo Tecnico Institucional de Implementacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, Oficina de Control de la Magistratura, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de MORDAZA, Ica, MORDAZA y del MORDAZA, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. S. MORDAZA SAN MORDAZA MORDAZA Presidente

dos mil nueve guion treinta y cinco guion FA; asi como, entregar al depositante recibo en el cual no figura su firma y sello de secretario judicial. SEGUNDO. Que pese a estar debidamente notificado, conforme consta a fojas trece y veinte, el investigado no cumplio con emitir su descargo, por lo que fue declarado rebelde mediante resolucion numero tres, del quince de octubre de dos mil diez, de fojas veintiuno. TERCERO. Que los cargos se encuentran acreditados con los siguientes medios probatorios: a) La manifestacion del senor MORDAZA MORDAZA, de fojas una, en la cual refiere que el doce de febrero de dos mil diez entrego al secretario judicial MORDAZA MORDAZA -en el local del Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA MORDAZA ­ Caballococha, la cantidad de doscientos nuevos soles, a fin de cumplir con la pension de alimentos a favor de sus hijos. Sin embargo, dicha suma jamas fue entregada a la MORDAZA de los menores, la senora MORDAZA MORDAZA Valencia. b) El recibo numero uno, de fojas dos, del doce de febrero de dos mil diez, con el cual se acredita el deposito de doscientos nuevos soles efectuado por MORDAZA MORDAZA ante el organo jurisdiccional MORDAZA mencionado. CUARTO. Que a lo MORDAZA dicho, se suma la renuncia del secretario judicial investigado a defenderse de los cargos imputados, pues es omiso al descargo de las imputaciones formuladas en su contra -incluso fue notificado mediante edictos de fojas cuarenta y cuarenta y cinco con las actuaciones derivadas del presente procedimiento administrativo-. Asimismo, su condicion de suspendido en el ejercicio de sus funciones por hechos de similar naturaleza ­con la correspondiente propuesta de destitucion- en la Investigacion ODECMA numero doscientos cincuenta y cinco guion dos mil diez guion Loreto. QUINTO. Que, en consecuencia, a consideracion de este Colegiado existe prueba suficiente que acredita la grave inconducta funcional del servidor judicial MORDAZA Linares. Este no solo vulnero sus deberes previstos en los articulos 6° y 266°, inciso 5, del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial ­sustanciar la causa dentro del MORDAZA de los principios procesales y normas vigentes, asi como dar cuenta al juez de los recursos y escritos, a mas tardar al dia siguiente de su recepcion-. Sino tambien el articulo 9°, inciso 1, del Reglamento del Regimen Disciplinario de Auxiliares Jurisdiccionales del Poder Judicial, consistente en la proscripcion de causar grave perjuicio al desarrollo de las incidencias y diligencias del MORDAZA o en la realizacion de los actos procesales. SEXTO. Que, finalmente, la conducta del servidor investigado no solo afecto el MORDAZA judicial citado precedentemente, sino tambien la imagen y respetabilidad del Poder Judicial, asi como del cargo de secretario judicial ­ver articulo 201°, incisos 2 y 6, del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial-. Tanto mas si la suma de dinero estaba destinada a satisfacer necesidades alimentarias, lo que agrava aun mas el grado de reproche de su conducta. Por lo que debe ser destituido, conforme a lo prescrito en los articulos 13°, inciso 3, y 17°, del mencionado reglamento. Por estos fundamentos, en merito al Acuerdo N° 3812012 de la vigesima tercera sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores San MORDAZA MORDAZA, Almenara MORDAZA, Walde MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y Chaparro Guerra; sin la intervencion del senor MORDAZA MORDAZA, por encontrarse de licencia; de conformidad con el informe del senor Almenara Bryson; en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 82° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial. Por unanimidad. SE RESUELVE: Primero.- Imponer la medida disciplinaria de Destitucion a MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su actuacion como Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA MORDAZA Caballococha, Corte Superior de Justicia de Loreto. Segundo.- Disponer la inscripcion de la medida disciplinaria impuesta en el Registro Nacional de Sanciones de Destitucion y Despido. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. S. MORDAZA SAN MORDAZA MORDAZA Presidente

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Imponen medida disciplinaria de destitucion a Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA MORDAZA - Caballococha de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA
INVESTIGACION ODECMA N° 121-2011-LORETO
MORDAZA, veintitres de MORDAZA de dos mil doce. VISTA: La Investigacion ODECMA numero ciento veintiuno guion dos mil once guion MORDAZA seguida contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su actuacion como Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA MORDAZA - Caballococha, Corte Superior de Justicia de MORDAZA, a merito de la propuesta de destitucion formulada por la Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial mediante resolucion numero once, expedida con fecha catorce de setiembre de dos mil once, de fojas sesenta y dos. CONSIDERANDO: PRIMERO. Que se atribuye al servidor judicial MORDAZA MORDAZA MORDAZA no dar cuenta a su superior jerarquico del deposito efectuado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA por la suma de doscientos nuevos soles, en el MORDAZA de alimentos que le siguio MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Expediente numero

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