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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE OCTUBRE DEL AÑO 2012 (13/10/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 52

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 13 de octubre de 2012 476198 Resolución y sus Anexos en el Portal Institucional (www. indeci.gob.pe). Artículo 7º.- Disponer que la Secretaría General e Imagen Institucional registre la presente Resolución en el Archivo General del INDECI, y remita copia autenticada por Fedatario al Gobierno Regional del Departamento de Lambayeque, a la Sub Jefatura, a las Ofi cinas de Asesoría Jurídica, de Planifi cación y Presupuesto y de Administración y a la Dirección Nacional de Proyectos Especiales, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. ALFREDO E. MURGUEYTIO ESPINOZA Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil 852644-8 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 229-2012-INDECI 6 de setiembre de 2012 VISTOS: El Ofi cio Nº 388-2012-GR/LAMB/PR de fecha 27.ABR.2012, el Ofi cio Nº 655-2012-GRA/RP de fecha 28.JUN.2012, del Gobierno Regional de Lambayeque, el Informe Técnico Nº 025-2012-INDECI/DNPE/EPEFT del 16.JUL.2012, el Informe Técnico Nº 025-2012- INDECI/14.0 del 20.JUL.2012, y el Memorándum Nº 543-2012-INDECI/14.0 del 06.SET.2012 de la Dirección Nacional de Proyectos Especiales del INDECI, sus antecedentes, y; CONSIDERANDO: Que, la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29813, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, señala que en la Reserva de Contingencia se ha incluido hasta la suma de S/. 50 000 000,00 (CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES), a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, para destinarla a realizar acciones durante el Año Fiscal 2012, a efectos de brindar una respuesta oportuna ante desastres de gran magnitud, que permita mitigar los efectos dañinos por el inminente impacto de un fenómeno natural o antrópico, declarado por el organismo público técnico-científi co competente, y rehabilitar la infraestructura pública; Que, mediante Resolución Directoral Nº 001-2012- EF/63.01, se aprobó la Directiva Nº 001-2012-EF/63.01, “Directiva que establece criterios y procedimientos para el uso de los recursos a que se refi ere la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29813, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012”; Que, el numeral 9.1 de la mencionada Directiva señala que ocurrido el desastre de gran magnitud o declarado ofi cialmente el peligro inminente del mismo por el organismo público técnico - científi co competente, las Entidades asignarán los recursos presupuestarios para la atención de las emergencias realizando las modifi caciones presupuestarias que correspondan, en el marco de las disposiciones legales vigentes y, sólo en el caso que no cuenten con la disponibilidad de recursos presupuestarios, el Titular de la Entidad solicitará al INDECI los recursos a que se refi ere la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29813, de acuerdo a lo establecido en la Directiva mencionada; Que, con los Ofi cios de Vistos, el Gobierno Regional de Lambayeque remitió dos (02) Fichas Técnicas de Actividades de Emergencia, referidas a la solicitud para el alquiler de maquinaria con el fi n de recuperar el servicio del Canal Castilla ubicado entre los caseríos Compuerta Marcelo y Coloche, ambos del Distrito de Illimo, afectados por el desborde del Río La Leche a raíz de las intensas lluvias ocurridas en la zona durante los meses de Febrero y Marzo, siendo el día 24 de marzo del 2012 donde se produjo la afectación más intensa por la inundación que causó severos daños a la infraestructura de riego a través de la acumulación de lodo, tierra y malezas, entre las progresivas 0+000 y 2+250 del mencionado canal; Que, a través del mismo ofi cio, el INDECI señala que los recursos solicitados se destinarán también para el alquiler de maquinaria pesada con el fi n de recuperar la transitabilidad de la trocha carrozable que une al Caserío de Huaca El Muerto con la capital del Distrito de Illimo que fue afectado por el desborde del Río La Leche ocurrido el día 24 de marzo del 2012; Que, conforme lo señalado en el numeral 11.4 del artículo 11º de la Directiva Nº 001-2012-EF/63.01, el INDECI evalúa las Fichas Técnicas de Actividad de Emergencia y, de ser procedente, las aprueba expresamente a través del Informe del Director Nacional del órgano de línea del INDECI. Adicionalmente, el INDECI elabora el Informe Técnico de Aprobación de las Fichas Técnicas de Actividad de Emergencia, el cual debe estar suscrito por los profesionales de los niveles jerárquicos que amerite la aprobación, incorporación y transferencia de los recursos correspondientes, y refrendado en todos sus términos por el Director Nacional del INDECI correspondiente; Que, asimismo el numeral 16.3 del artículo 16º de la citada Directiva, señala que la Entidad que ha recibido la transferencia fi nanciera del INDECI es responsable del adecuado uso de los recursos a que se refi ere la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29813, en virtud de los convenios que suscriban u otros documentos que sustenten las transferencias fi nancieras. Asimismo, la entidad que ha recibido la transferencia fi nanciera del INDECI, es responsable del cumplimiento de las metas físicas, liquidación, supervisión o inspección de los mismos; Que, de acuerdo al Informe Técnico Nº 025- 2012-INDECI/DNPE/EPEFT de Vistos, el Equipo de Profesionales, luego de la evaluación correspondiente describe la situación de nexo causalidad: magnitud de los daños, actividad requerida, componentes, metas, presupuesto, programación y calendario de ejecución, según señalan en las fi chas técnicas, la inundación producida por el desborde del río La Leche el 24/03/2012 causó daños en los caminos vecinales, caseríos, parcelas agrícolas e infraestructura de riego originando la intransitabilidad vehicular e inoperatividad de la infraestructura de riego por la acumulación de grandes cantidades de lodo, tierra y malezas; motivo por el cual proponen trabajos de carácter temporal con el alquiler de maquinaria pesada para recuperar la transitabilidad de la trocha carrozable; Que, el Director Nacional de Proyectos Especiales del INDECI, mediante el Informe Técnico Nº 025-2012- INDECI/14.0 de Vistos, aprobó dos (02) Fichas Técnicas formuladas por el Gobierno Regional Lambayeque, hasta por la suma de S/. 36 012,00 (TREINTA Y SEIS MIL DOCE Y 00/100 NUEVOS SOLES), los cuales serán transferidos fi nancieramente a favor de la Municipalidad Distrital de Illimo, Provincia y Departamento de Lambayeque, con cargo a la Reserva de Contingencia a que se refi ere la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29813, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, y cuyo plazo y modalidad de ejecución se encuentra detallado en el Anexo Nº 1 adjunto a la presente Resolución; Que, en el marco de lo dispuesto en la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29813, mediante el Decreto Supremo Nº 173-2012-EF se autorizó una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, hasta por la suma de S/. 4 992 302,00 (CUATRO MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES), en la Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios; Que, de conformidad con el artículo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modifi cado por la Tercera Disposición Final de la Ley Nº 28652, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, las Transferencias Financieras que realiza, entre otros, el INDECI para la atención de desastres se aprueban por Resolución del Titular del Pliego, las mismas que serán obligatoriamente publicadas en el Diario Ofi cial El Peruano;