Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE OCTUBRE DEL AÑO 2012 (13/10/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 66

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 13 de octubre de 2012 476212 Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES), para la ejecución de las Actividades señaladas en el Anexo Nº 1 adjunto que forma parte integrante de la presente Resolución. El monto total transferido, conforme aparece en el Anexo Nº 1, corresponde a la suma total de cinco (05) Fichas Técnicas de Actividades de Emergencias, cuyo monto individual debe ser respetado en la etapa de ejecución. Artículo 2º.- Encargar a la Ofi cina de Administración del INDECI, el trámite de la Transferencia Financiera aprobada en el Artículo 1º de la presente Resolución. Artículo 3º.- Encargar a la Dirección Nacional de Proyectos Especiales del INDECI efectuar las acciones de control y seguimiento de las metas físicas y fi nancieras materia de la presente Resolución. Artículo 4º.- Forman parte de la presente Resolución los Anexos Nºs 2, 3 y 4, en 05 (cinco) folios, referidos al control y seguimiento de las metas físicas y fi nancieras, a fi n de que la Unidad Ejecutora reporte mensualmente los avances hasta la culminación de la Actividad, los mismos que serán remitidos al INDECI. Artículo 5º.- La Unidad Ejecutora benefi ciada deberá sujetarse a las obligaciones y procedimientos establecidos en la Directiva Nº 001-2012-EF/63.01, aprobada por Resolución Directoral Nº 001-2012-EF/63.01 y sus normas complementarias sobre la materia, para la ejecución de Actividades de Emergencia, autorizada por el Ministerio de Economía y Finanzas con Decreto Supremo Nº 173-2012- EF, cuyo incumplimiento derivará en las responsabilidades y acciones legales a las que hubiere lugar. Artículo 6º.- Encargar a la Dirección Nacional de Logística la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 7º.- Encargar a la Ofi cina de Estadística y Telemática disponer la Publicación de la presente Resolución y sus Anexos en el Portal Institucional (www. indeci.gob.pe). Artículo 8º.- Disponer que la Secretaría General e Imagen Institucional registre la presente Resolución en el Archivo General del INDECI, y remita copia autenticada por Fedatario al Gobierno Regional de San Martín, a la Unidad Ejecutora 100 - Agricultura San Martín del Gobierno Regional del Departamento de San Martín, a la Sub Jefatura, a las Ofi cinas de Asesoría Jurídica, de Planifi cación y Presupuesto y de Administración y a la Dirección Nacional de Proyectos Especiales, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. ALFREDO E. MURGUEYTIO ESPINOZA Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil 852644-18 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 243-2012-INDECI 7 de setiembre de 2012 VISTOS: Los Ofi cios Nº 197-2012-GRA/PR y Nº 314- 2012-GRA/PR de fechas 09.ABR.2012 y 06.JUN.2012, respectivamente, del Gobierno Regional de Arequipa, el Informe Técnico Nº 022-2012-INDECI/DNPE/EPEFT del 27.JUN.2012, el Informe Técnico Nº 022-2012- INDECI/14.0 del 28.JUN.2012, y el Memorándum Nº 551-2012-INDECI/14.0 del 07.SET.2012 de la Dirección Nacional de Proyectos Especiales del INDECI, sus antecedentes, y; CONSIDERANDO: Que, la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29813, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, dispone que en la Reserva de Contingencia se ha incluido hasta la suma de S/. 50 000 000,00 (CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES) a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), para destinarla a las acciones que realice durante el Año Fiscal 2012, a fi n de brindar una respuesta oportuna ante desastres de gran magnitud, que permita mitigar los efectos dañinos por el inminente impacto de un fenómeno natural o antrópico declarado, determinado por el organismo público técnico-científi co competente, y rehabilitar la infraestructura pública existente; Que, mediante Resolución Directoral Nº 001-2012- EF/63.01, se aprobó la Directiva Nº 001-2012-EF/63.01, “Directiva que establece criterios y procedimientos para el uso de los recursos a que se refi ere la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29813, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012”; Que, el numeral 9.1 de la mencionada Directiva señala que ocurrido el desastre de gran magnitud o declarado ofi cialmente el peligro inminente del mismo por el organismo público técnico - científi co competente, las Entidades asignarán los recursos presupuestarios para la atención de las emergencias realizando las modifi caciones presupuestarias que correspondan, en el marco de las disposiciones legales vigentes y, sólo en el caso que no cuenten con la disponibilidad de recursos presupuestarios, el Titular de la Entidad solicitará al INDECI los recursos a que se refi ere la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29813, de acuerdo a lo establecido en la Directiva mencionada; Que, con los Ofi cios de Vistos, el Gobierno Regional de Arequipa remitió tres (03) Fichas Técnicas de Actividad de Emergencia, referidas al alquiler de maquinaria pesada con el fin de realizar limpieza y/o descolmatación del cauce del rio Camaná y conformación de un dique de protección para uso de carácter temporal en los tramos críticos correspondientes al Sector Sonay (350 metros lineales), al Sector Huamboy (150 metros lineales), al Sector Puccor (100 metros lineales) y al Sector Pisques (100 metros lineales), ubicados en el Distrito de Nicolás de Piérola, Provincia de Camaná, que han sido afectados a consecuencia de la fuerza hidráulica de la crecida del río mencionado, ocurrida el día 13 de Febrero del 2012, ocasionado por las fuertes precipitaciones en la zona alto andina; Que, conforme lo señalado en el numeral 11.4 del artículo 11º de la Directiva Nº 001-2012-EF/63.01, el INDECI evalúa las Fichas Técnicas de Actividad de Emergencia y, de ser procedente, las aprueba expresamente a través del Informe del Director Nacional del órgano de línea del INDECI. Adicionalmente, el INDECI elabora el Informe Técnico de Aprobación de las Fichas Técnicas de Actividad de Emergencia, el cual debe estar suscrito por los profesionales de los niveles jerárquicos que amerite la aprobación, incorporación y transferencia de los recursos correspondientes, y refrendado en todos sus términos por el Director Nacional del INDECI correspondiente; Que, asimismo el numeral 16.3 del artículo 16º de la citada Directiva, señala que la Entidad que ha recibido la transferencia fi nanciera del INDECI es responsable del adecuado uso de los recursos a que se refi ere la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29813, en virtud de los convenios que suscriban u otros documentos que sustenten las transferencias fi nancieras. Asimismo, la entidad que ha recibido la transferencia fi nanciera del INDECI, es responsable del cumplimiento de las metas físicas, liquidación, supervisión o inspección de los mismos; Que, de acuerdo al Informe Técnico Nº 022- 2012-INDECI/DNPE/EPEFT de Vistos, el Equipo de Profesionales, luego de la evaluación correspondiente describe la situación de nexo causalidad: magnitud de los daños, actividad requerida, componentes, metas, presupuesto, programación y calendario de ejecución; según señalan en las fi chas técnicas, el incremento de las aguas del río Camaná a 1150 m3/seg afectó las defensas ribereñas (diques), a causa de sus descargas, siendo necesario efectuar la limpieza y/o descolmatación del cauce del río y con dicho material conformar los diques de protección afectados, para lo cual se requiere intervención mediante el alquiler de maquinaria pesada para la descolmatacion y conformación de dique de protección afectados por las aguas del río Camaná en los sectores Sonay, Pisques, Huamboy y Puccor, en el distrito de Nicolás de Piérola la provincia de Camaná, región Arequipa;