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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 13 de octubre de 2012 476208 Economía y Finanzas con Decreto Supremo Nº 173-2012- EF, cuyo incumplimiento derivará en las responsabilidades y acciones legales a las que hubiere lugar. Artículo 6º.- Encargar a la Dirección Nacional de Logística la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 7º.- Encargar a la Ofi cina de Estadística y Telemática disponer la Publicación de la presente Resolución y sus Anexos en el Portal Institucional (www. indeci.gob.pe). Artículo 8º.- Disponer que la Secretaría General e Imagen Institucional registre la presente Resolución en el Archivo General del INDECI, y remita copia autenticada por Fedatario al Gobierno Regional del Departamento Arequipa, a la Municipalidad Distrital de Cocachacra, Provincia de Islay del Departamento de Arequipa, a la Sub Jefatura, a las Ofi cinas de Asesoría Jurídica, de Planifi cación y Presupuesto y de Administración y a la Dirección Nacional de Proyectos Especiales, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. ALFREDO E. MURGUEYTIO ESPINOZA Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil 852644-15 RESOLUCIÓN JEFETURAL Nº 240-2012-INDECI 7 de setiembre de 2012 VISTOS: El Ofi cio Nº 159-2012-GRA/PR de fecha 27.MAR.2012, el Ofi cio Nº 290-2012-GRA/PR de fecha 16.ABR.2012 y el Ofi cio Nº 087-2012-GRA/ORPPOT de fecha 17.MAY.2012 del Gobierno Regional de Arequipa, el Informe Técnico Nº 015-2012-INDECI/DNPE/EPEFT del 18.JUN.2012, el Informe Técnico Nº 015-2012- INDECI/14.0 del 19.JUN.2012, y el Memorándum Nº 558-2012-INDECI/14.0 del 07.SET.2012 de la Dirección Nacional de Proyectos Especiales del INDECI, sus antecedentes, y; CONSIDERANDO: Que, la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29813, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, señala que en la Reserva de Contingencia se ha incluido hasta la suma de S/. 50 000 000,00 (CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES), a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, para destinarla a realizar acciones durante el Año Fiscal 2012, a efectos de brindar una respuesta oportuna ante desastres de gran magnitud, que permita mitigar los efectos dañinos por el inminente impacto de un fenómeno natural o antrópico, declarado por el organismo público técnico-científi co competente, y rehabilitar la infraestructura pública; Que, mediante Resolución Directoral Nº 001-2012- EF/63.01, se aprobó la Directiva Nº 001-2012-EF/63.01, “Directiva que establece criterios y procedimientos para el uso de los recursos a que se refi ere la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29813, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012”; Que, el numeral 9.1 de la mencionada Directiva señala que ocurrido el desastre de gran magnitud o declarado ofi cialmente el peligro inminente del mismo por el organismo público técnico - científi co competente, las Entidades asignarán los recursos presupuestarios para la atención de las emergencias realizando las modifi caciones presupuestarias que correspondan, en el marco de las disposiciones legales vigentes y, sólo en el caso que no cuenten con la disponibilidad de recursos presupuestarios, el Titular de la Entidad solicitará al INDECI los recursos a que se refi ere la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29813, de acuerdo a lo establecido en la Directiva mencionada; Que, con los Ofi cios de Vistos, el Gobierno Regional de Arequipa remitió una (01) Ficha Técnica de Actividad de Emergencia, referida a la solicitud para el alquiler de maquinaria pesada y abastecimiento de combustible para la recuperación de la carretera que articula los Distritos de Andagua, Chachas, Ayo, Chilcaymarca y Orcopampa, ubicado en el Distrito de Andagua Sector Bajada de Ccallhua hacia el cruce de Andagua en cuatro tramos con una longitud total de 1 062 metros ocurridos por las lluvias de gran intensidad presentadas el día 8 de febrero del 2012; Que, conforme lo señalado en el numeral 11.4 del artículo 11º de la Directiva Nº 001-2012-EF/63.01, el INDECI evalúa las Fichas Técnicas de Actividad de Emergencia y, de ser procedente, las aprueba expresamente a través del Informe del Director Nacional del órgano de línea del INDECI. Adicionalmente, el INDECI elabora el Informe Técnico de Aprobación de las Fichas Técnicas de Actividad de Emergencia, el cual debe estar suscrito por los profesionales de los niveles jerárquicos que amerite la aprobación, incorporación y transferencia de los recursos correspondientes, y refrendado en todos sus términos por el Director Nacional del INDECI correspondiente; Que, asimismo el numeral 16.3 del artículo 16º de la citada Directiva, señala que la Entidad que ha recibido la transferencia fi nanciera del INDECI es responsable del adecuado uso de los recursos a que se refi ere la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29813, en virtud de los convenios que suscriban u otros documentos que sustenten las transferencias fi nancieras. Asimismo, la entidad que ha recibido la transferencia fi nanciera del INDECI, es responsable del cumplimiento de las metas físicas, liquidación, supervisión o inspección de los mismos; Que, de acuerdo al Informe Técnico Nº 015- 2012-INDECI/DNPE/EPEFT de Vistos, el Equipo de Profesionales, luego de la evaluación correspondiente describe la situación de nexo causalidad: magnitud de los daños, actividad requerida, componentes, metas, presupuesto, programación y calendario de ejecución, según señalan en la fi cha técnica, debido a las lluvias de gran intensidad del 8 de febrero del 2012 ocasionó que la carretera Ccallhua hacia el cruce de Andagua se vea obstaculizada por deslizamiento de piedras, tierra y lodo haciendo algunos tramos intransitable la vía y en otros se han reducido de 4.5 m a 2.7 m y en casos más críticos la pérdida de la vía carrozable siendo necesario el traslado, comunicación de la población de los distritos de Andagua, Chachas, Ayo, Chilcaymarca y Orcopampa hacia la capital de la provincia de Castilla y hacia la capital del departamento, motivo por el cual proponen trabajos de carácter temporal con el alquiler de maquinaria pesada para recuperar la transitabilidad de la carretera; Que, el Director Nacional de Proyectos Especiales del INDECI, mediante el Informe Técnico Nº 015-2012- INDECI/14.0 de Vistos, aprobó una (01) Ficha Técnica formulada por el Gobierno Regional Arequipa, hasta por la suma de S/. 43 494,00 (CUARENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES), los cuales serán transferidos fi nancieramente a favor de la Municipalidad Distrital de Andagua, Provincia de Castilla del Departamento de Arequipa, con cargo a la Reserva de Contingencia a que se refi ere la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29813, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, y cuyo plazo y modalidad de ejecución se encuentra detallado en el Anexo Nº 1 adjunto a la presente Resolución; Que, en el marco de lo dispuesto en la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29813, mediante el Decreto Supremo Nº 173-2012-EF se autorizó una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, hasta por la suma de S/. 4 992 302,00 (CUATRO MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES), en la Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios; Que, de conformidad con el artículo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modifi cado por la Tercera Disposición Final de la Ley Nº 28652, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, las Transferencias Financieras que realiza, entre otros, el INDECI para la atención de desastres se