Norma Legal Oficial del día 17 de octubre del año 2012 (17/10/2012)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 16

476474

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 17 de octubre de 2012

por entrevista directa a los directores y docentes de las instituciones educativas, cuyos formatos forman parte de la presente Resolucion. Articulo 3°.- Establecer como periodo de ejecucion de la encuesta, del 11 de octubre al 10 de diciembre de 2012. Las Instituciones Educativas de Nivel Inicial y Primaria seleccionadas de las 26 regiones del MORDAZA, estan obligadas a brindar la informacion requerida por el encuestador. Articulo 4º.- La informacion que proporcionaran las instituciones educativas, se mantendra en estricta reserva, en cumplimiento a lo dispuesto por el Capitulo IV Titulo MORDAZA del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, sobre el secreto estadistico y la confidencialidad de la informacion. Articulo 5º.- Las instituciones educativas seleccionadas en la muestra que incumplan con brindar la informacion solicitada, seran sancionadas conforme a lo dispuesto por los articulos 87º, 89º y 91º del D.S. Nº 043-2001-PCM. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA DE LOS MORDAZA Jefe

colegios y centros educativos interesados en el Sorteo de Comprobantes de Pago, particularmente las entidades educativas publicas; En uso de las facultades conferidas por el inciso u) del articulo 19° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo N° 1152002-PCM, modificado por el Decreto Supremo N° 0292012-EF; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Modificar el cronograma de los Sorteos de Comprobantes de Pago para las INSTITUCIONES EDUCATIVAS, conforme al detalle siguiente:
INSTITUCIONES EDUCATIVAS PERIODO DE PERIODO DE RECEPCION EMISION DE LOS SOBRES FECHA DE DE LOS QUE CONTIENEN SORTEO COMPROBANTES COMPROBANTES DE DE PAGO PAGO 01/01/2012 AL 31/10/2012 16/08/2012 al 31/10/2012 15/11/2012

SORTEO

854090-1

I

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Modifican cronograma del sorteo de comprobantes de pago para instituciones educativas a nivel nacional correspondiente al ano 2012
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA N° 238-2012/SUNAT
MORDAZA, 16 de octubre de 2012 CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo establecido en el articulo 1° del Decreto Supremo 178-2002-EF sustituido por el articulo 2° del Decreto Supremo N° 135-2010-EF, se autoriza la realizacion de Sorteos de Comprobantes de Pago a nivel nacional, cuya ejecucion estara a cargo de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria ­ SUNAT y, se precisa que los referidos sorteos se efectuaran de acuerdo a las Bases que, como Anexo, forman parte del Decreto Supremo N° 178-2002-EF y sus normas modificatorias; Que mediante el Decreto supremo N° 043-2008-EF, se incluyo en los referidos Sorteos la participacion de las instituciones publicas y privadas, a fin de promover valores ciudadanos en los ninos, y el rechazo a la evasion y el contrabando en los jovenes; Que asimismo, el articulo MORDAZA de las Bases del Sorteo de Comprobantes de Pago, sustituido por el articulo 3° del Decreto Supremo N° 135-2010-EF, dispone que los sorteos se realizaran segun el cronograma que apruebe la SUNAT mediante Resolucion de Superintendencia; Que conforme a lo previsto en el parrafo anterior la SUNAT mediante Resolucion de Superintendencia N° 066-2012/SUNAT publicada en el Diario Oficial El Peruano el 31 de marzo del presente ano aprobo el cronograma de los Sorteos de Comprobantes de Pago para personas naturales e instituciones educativas a nivel nacional correspondientes al ano 2012; Que historicamente han sido las instituciones educativas estatales las que vienen participando en mayor numero en el referido Sorteo: 60.20% en el 2008-I, 69.33% en el 2008-II, 70.81% en el 2009, 71.77% en el 2010 y 77.60% en el 2011; Que siendo de interes de la SUNAT el promover la participacion de las instituciones educativas a nivel nacional comprometiendo en este MORDAZA a la mayor cantidad de colegios tanto publicos como privados; Que la situacion recientemente presentada en el Sector Educacion habria significado una dificultad y limitacion para la participacion de las instituciones educativas tanto

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional (e)

854225-1

Aprueban Reglamento del Regimen de Gradualidad para la aplicacion de las sanciones de multas
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS Nº 473-2012/SUNAT/A
Callao, 15 de octubre de 2012 CONSIDERANDO: Que el articulo 166º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº13599-EF, senala que en virtud de la facultad discrecional, la Administracion Tributaria puede aplicar gradualmente las sanciones por infracciones tributarias, en la forma que MORDAZA establezca; asimismo, el articulo 204º de la Ley General de Aduanas, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1053, dispone que las sanciones establecidas en la presente Ley podran ser aplicadas gradualmente, en la forma y condiciones que establezca; Que en merito a la citada facultad se ha determinado graduar las multas correspondientes a algunas infracciones tipificadas en el articulo 192º de la Ley General de Aduanas aprobada por Decreto Legislativo Nº 1053, en el articulo 103º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Aduanas aprobado por Decreto Supremo Nº 129-2004EF y en el articulo 103º de la Ley General de Aduanas aprobada por Decreto Legislativo Nº 809; Que conforme al articulo 14º del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicacion de Proyectos Normativos y difusion de Normas Generales de Caracter General, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, con fecha 9.10.2012 se publico en el MORDAZA Web de la SUNAT (www.sunat.gob.pe) el proyecto de la presente norma; y, En merito a lo dispuesto en el inciso g) del articulo 23º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002PCM, y de conformidad con las facultades conferidas en la Resolucion de Superintendencia Nº 122-2003/SUNAT y en la Resolucion de Superintendencia Nº 028-2012-SUNAT; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobacion del Reglamento de Gradualidad Apruebese el Reglamento del Regimen de Gradualidad para la aplicacion de las sanciones de multas correspondientes a las infracciones tipificadas en:

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.