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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE OCTUBRE DEL AÑO 2012 (17/10/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 16

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 17 de octubre de 2012 476474 por entrevista directa a los directores y docentes de las instituciones educativas, cuyos formatos forman parte de la presente Resolución. Artículo 3°.- Establecer como periodo de ejecución de la encuesta, del 11 de octubre al 10 de diciembre de 2012. Las Instituciones Educativas de Nivel Inicial y Primaria seleccionadas de las 26 regiones del país, están obligadas a brindar la información requerida por el encuestador. Artículo 4º.- La información que proporcionarán las instituciones educativas, se mantendrá en estricta reserva, en cumplimiento a lo dispuesto por el Capítulo IV Tìtulo Quinto del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, sobre el secreto estadístico y la confi dencialidad de la información. Artículo 5º.- Las instituciones educativas seleccionadas en la muestra que incumplan con brindar la información solicitada, serán sancionadas conforme a lo dispuesto por los artículos 87º, 89º y 91º del D.S. Nº 043-2001-PCM. Regístrese y comuníquese. ALEJANDRO VILCHEZ DE LOS RIOS Jefe 854090-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Modifican cronograma del sorteo de comprobantes de pago para instituciones educativas a nivel nacional correspondiente al año 2012 RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 238-2012/SUNAT Lima, 16 de octubre de 2012 CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo establecido en el artículo 1° del Decreto Supremo 178-2002-EF sustituido por el artículo 2° del Decreto Supremo N° 135-2010-EF, se autoriza la realización de Sorteos de Comprobantes de Pago a nivel nacional, cuya ejecución estará a cargo de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT y, se precisa que los referidos sorteos se efectuarán de acuerdo a las Bases que, como Anexo, forman parte del Decreto Supremo N° 178-2002-EF y sus normas modifi catorias; Que mediante el Decreto supremo N° 043-2008-EF, se incluyó en los referidos Sorteos la participación de las instituciones públicas y privadas, a fi n de promover valores ciudadanos en los niños, y el rechazo a la evasión y el contrabando en los jóvenes; Que asimismo, el artículo Segundo de las Bases del Sorteo de Comprobantes de Pago, sustituido por el artículo 3° del Decreto Supremo N° 135-2010-EF, dispone que los sorteos se realizarán según el cronograma que apruebe la SUNAT mediante Resolución de Superintendencia; Que conforme a lo previsto en el párrafo anterior la SUNAT mediante Resolución de Superintendencia N° 066-2012/SUNAT publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 31 de marzo del presente año aprobó el cronograma de los Sorteos de Comprobantes de Pago para personas naturales e instituciones educativas a nivel nacional correspondientes al año 2012; Que históricamente han sido las instituciones educativas estatales las que vienen participando en mayor número en el referido Sorteo: 60.20% en el 2008-I, 69.33% en el 2008-II, 70.81% en el 2009, 71.77% en el 2010 y 77.60% en el 2011; Que siendo de interés de la SUNAT el promover la participación de las instituciones educativas a nivel nacional comprometiendo en este proceso a la mayor cantidad de colegios tanto públicos como privados; Que la situación recientemente presentada en el Sector Educación habría signifi cado una difi cultad y limitación para la participación de las instituciones educativas tanto colegios y centros educativos interesados en el Sorteo de Comprobantes de Pago, particularmente las entidades educativas públicas; En uso de las facultades conferidas por el inciso u) del artículo 19° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo N° 115- 2002-PCM, modifi cado por el Decreto Supremo N° 029- 2012-EF; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modifi car el cronograma de los Sorteos de Comprobantes de Pago para las INSTITUCIONES EDUCATIVAS, conforme al detalle siguiente: INSTITUCIONES EDUCATIVAS SORTEO PERIODO DE EMISIÓN DE LOS COMPROBANTES DE PAGO PERIODO DE RECEPCIÓN DE LOS SOBRES QUE CONTIENEN COMPROBANTES DE PAGO FECHA DE SORTEO I 01/01/2012 AL 31/10/2012 16/08/2012 al 31/10/2012 15/11/2012 Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL ROMERO SÁNCHEZ Superintendente Nacional (e) 854225-1 Aprueban Reglamento del Régimen de Gradualidad para la aplicación de las sanciones de multas RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS Nº 473-2012/SUNAT/A Callao, 15 de octubre de 2012 CONSIDERANDO: Que el artículo 166º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº135- 99-EF, señala que en virtud de la facultad discrecional, la Administración Tributaria puede aplicar gradualmente las sanciones por infracciones tributarias, en la forma que ella establezca; asimismo, el artículo 204º de la Ley General de Aduanas, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1053, dispone que las sanciones establecidas en la presente Ley podrán ser aplicadas gradualmente, en la forma y condiciones que establezca; Que en mérito a la citada facultad se ha determinado graduar las multas correspondientes a algunas infracciones tipifi cadas en el artículo 192º de la Ley General de Aduanas aprobada por Decreto Legislativo Nº 1053, en el artículo 103º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Aduanas aprobado por Decreto Supremo Nº 129-2004- EF y en el artículo 103º de la Ley General de Aduanas aprobada por Decreto Legislativo Nº 809; Que conforme al artículo 14º del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Generales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, con fecha 9.10.2012 se publicó en el Portal Web de la SUNAT (www.sunat.gob.pe) el proyecto de la presente norma; y, En mérito a lo dispuesto en el inciso g) del artículo 23º del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002- PCM, y de conformidad con las facultades conferidas en la Resolución de Superintendencia Nº 122-2003/SUNAT y en la Resolución de Superintendencia Nº 028-2012-SUNAT; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobación del Reglamento de Gradualidad Apruébese el Reglamento del Régimen de Gradualidad para la aplicación de las sanciones de multas correspondientes a las infracciones tipifi cadas en: