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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE OCTUBRE DEL AÑO 2012 (26/10/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 8

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 26 de octubre de 2012 477210 Dama de la Nación, como Embajadora Especial de la FAO para el Año Internacional de la Quinua; Que, posteriormente, el Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, señor Fortunato Rafael Roncagliolo Orbegoso, deberá sostener reuniones de trabajo con representantes del PNUD, para tratar asuntos vinculados a la Presidencia Pro Témpore de UNASUR que el Perú ha asumido; de IDEA Internacional; del Departamento de Operaciones de Mantenimiento de la Paz y MINUSTAH; Que, el señor Fortunato Rafael Roncagliolo Orbegoso, Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, permanecerá fuera del país los días 28 y 29 de octubre de 2012; Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAB) Nº 1497, del Despacho Ministerial, de 22 de octubre de 2012 y el Memorándum (OPR) N° OPR0704/2012, de la Ofi cina de Programación y Presupuesto, de 25 de octubre de 2012, que otorga certifi cación de crédito presupuestario al presente viaje; De conformidad con el artículo 127º de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; en concordancia con el artículo 83º del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modifi cada por la Ley Nº 28807 y su reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y su modifi catoria, el Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM; y el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, señor Fortunato Rafael Roncagliolo Orbegoso, del 28 al 29 de octubre de 2012, a la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 00386: Conducción de Líneas de Política Institucional, debiendo presentar la rendición de cuentas de acuerdo a ley, en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y Apellidos Pasaje Aéreo Clase Económica US$ Viáticos por día US$ Número de días Total viáticos US$ Fortunato Rafael Roncagliolo Orbegoso 4,660.00 220.00 2+1 660.00 Artículo 3º.- Encargar el Despacho de Relaciones Exteriores al señor Luis Miguel Castilla Rubio, Ministro de Estado en el Despacho de Economía y Finanzas, en tanto dure la ausencia del titular. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 858889-1 Autorizan viaje de la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables a Costa Rica y encargan su Despacho a la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social RESOLUCIÓN SUPREMA N° 341-2012-PCM Lima, 25 de octubre de 2012 VISTOS: El Facsímil (DGM-DAS) ʋ 211 de la Primera Secretaria encargada de la Dirección para Asuntos Sociales del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Carta s/n del Representante para Perú, Director para Chile y Uruguay del Fondo de Población de las Naciones Unidas – UNFPA; y, el Memorando ʋ 112-2012-MIMP/OGPP-OCIN de la Ofi cina de Cooperación Internacional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; CONSIDERANDO: Que, la Comisión Interamericana de Mujeres – CIM establecida en 1928, fue el primer órgano intergubernamental creado para asegurar el reconocimiento de los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales de las mujeres, estando constituida por 34 Delegadas Titulares, una por cada Estado miembro de la Organización de los Estados Americanos – OEA y es el principal foro de debate y de formulación de políticas sobre los derechos de las mujeres y la igualdad de género en las Américas; Que, mediante Facsímil (DGM-DAS) ʋ 211 del 21 de setiembre de 2012, la Primera Secretaria encargada de la Dirección para Asuntos Sociales del Ministerio de Relaciones Exteriores hace de conocimiento de la Titular del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, la realización de la XXXVI Asamblea de Delegadas de la Comisión Interamericana de Mujeres a celebrarse en la ciudad de San José, República de Costa Rica, del 29 al 30 de octubre de 2012; por lo que solicita se alcance oportunamente la nómina de la delegación peruana que participará en la mencionada reunión, a fi n que se curse una Nota para la correspondiente acreditación; Que, mediante Carta s/n del 12 de octubre de 2012, el Representante para Perú, Director para Chile y Uruguay del Fondo de Población de las Naciones Unidas – UNFPA informa a la Ofi cina de Cooperación Internacional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, que la referida institución fi nanciará la participación de la Titular del Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables para que asista a la mencionada asamblea; Que, mediante Decreto Legislativo ʋ 1098, se aprobó la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, la que en los literales a), b), c) y d) de su artículo 5 establece como ámbito de competencia del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, la promoción y fortalecimiento de la transversalización del enfoque de género en las instituciones públicas y privadas; la protección de los derechos de las mujeres; la promoción de los derechos de las mujeres con especial énfasis en: (i) Fortalecimiento de la ciudadanía y autonomía de las mujeres; (ii) Igualdad de oportunidades para las mujeres y (iii) Promoción de la ampliación de la participación de las mujeres en el ámbito público; y, la prevención, protección y atención de la violencia contra la mujer y la familia, promoviendo la recuperación de las personas afectadas; Que, en tal sentido y dada la importancia de la citada invitación para los objetivos y metas sectoriales, resulta conveniente autorizar el viaje de la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, siendo que su participación en el citado evento no irrogará gasto alguno al Tesoro Público; Que, asimismo, es necesario encargar la cartera de la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, en tanto dure la ausencia de su Titular;