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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 26 de octubre de 2012 477217 las referidas Áreas Naturales Protegidas, debiendo coordinar acciones para su gestión con el personal encargado de las mismas. Artículo 13º.- Desafectación de parte de la superfi cie de la Zona Reservada Desafectar la superfi cie de ciento cincuenta y nueve mil quinientas trece hectáreas con cinco mil cuatrocientos metros cuadrados (159 513,54 ha) de la Zona Reservada Güeppí, la misma que no ha sido objeto de categorización y que se precisa en mapa anexo al presente Decreto Supremo. Artículo 14º.- Del fi nanciamiento La aplicación de lo establecido en el presente Decreto Supremo se fi nancia con cargo al presupuesto institucional del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP, en el marco de las leyes anuales de presupuesto y de conformidad con la normatividad vigente. Artículo 15º.- De la publicación El presente Decreto Supremo y sus anexos serán publicados en el Diario Ofi cial El Peruano, así como en el Portal Electrónico del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SERNANP: www. sernanp.gob.pe. Artículo 16º.- Refrendo y Vigencia El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro del Ambiente y entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticinco días del mes de octubre del año dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República MANUEL PULGAR - VIDAL OTALORA Ministro del Ambiente Memoria Descriptiva Nombre : Parque Nacional Gueppi- Sekime Superfi cie : 203 628,51 ha Límite : La demarcación de los límites se realizó en base a la Carta Nacional de escala 1/100,000, preparada y publicada por el IGN, utilizando la siguiente información: Nombre Código Datum Río Güeppí 01-l WGS84 Güeppí 01-m WGS84 Santa Teresa 01-n WGS84 Pantoja 02-m WGS84 Río Angusilla 02-n WGS84 Ubicación política : Se realizó en base a la información elaborada por el Instituto Nacional de Estadística e Informática-INEI. Distrito Provincia Departamento Torres Causana Maynas Loreto Teniente Manuel Maynas Loreto Clavero Norte: Partiendo desde el punto extremo oeste más septentrional en el límite internacional Perú – Ecuador, el límite continúa en dirección este, hasta un punto ubicado en el río Güeppí desde donde continúa mediante una línea recta en dirección sureste hasta el punto Nº 1; desde ahí el límite continúa mediante línea recta en dirección sureste hasta llegar al punto Nº 2, prosiguiendo mediante línea recta en dirección noreste hasta llegar al punto Nº 3, el que continúa mediante línea recta en dirección sureste hasta llegar al punto Nº 4, para continuar mediante línea recta en dirección sur hasta llegar al punto Nº 5, prosiguiendo mediante línea recta en dirección sureste hasta llegar al punto Nº 6, para continuar mediante línea recta en dirección noreste hasta llegar al punto Nº 7 ubicado en las nacientes de la Qda. Agua Blanquilla, la cual recorre aguas abajo hasta alcanzar el punto Nº 8 ubicado en la desembocadura de la Qda. Aguas Blancas. Este: Desde el último punto mencionado, el límite recorre aguas arriba de la Qda. Aguas Blancas hasta alcanzar el punto Nº 9, para luego proseguir mediante línea recta en dirección suroeste hasta alcanzar las nacientes de una quebrada sin nombre la cual recorre aguas abajo hasta su desembocadura en el río Angusilla, para luego cruzarlo y mediante una línea recta en dirección suroeste, alcanzar las nacientes de una quebrada sin nombre recorriéndola aguas abajo hasta alcanzar el punto Nº 10, para continuar mediante una línea recta de dirección sureste hasta llegar al punto Nº 11, prosiguiendo por la convergencia de dos quebradas sin nombre; desde esta última ubicación, el límite continúa recorriendo aguas abajo hasta su desembocadura en el río Huririma. Sur: Prosiguiendo desde el último lugar mencionado el límite recorre el río Ancusilla aguas arriba hasta llegar al punto Nº 12, para continuar hasta la naciente de esta quebrada sin nombre, prosiguiendo mediante línea recta en dirección oeste, hasta alcanzar el río Lagartococha, límite internacional Perú - Ecuador. Oeste: Continuando por el río Lagartococha y el río Gueppi, límite internacional Perú – Ecuador, se prosigue aguas arriba hasta encontrar el punto inicial de la presente memoria descriptiva. LISTADO DE PUNTOS PUNTOS ESTE NORTE 1 462253.8671 9981127.3036 2 465995.9836 9980534.9585 3 468182.6455 9981112.4465 4 469547.8101 9980284.0133 5 469477.8016 9979455.5800 6 471484.7103 9978778.8318 7 473452.0000 9980600.0000 8 502590.8436 9966692.6664 9 501076.0000 9964795.0000 10 512414.4549 9939154.2108 11 510847.3216 9936138.6220 12 477736.2900 9942904.2300 La versión ofi cial impresa y digital de los límites se encuentra en el expediente de categorización que sustenta el presente Decreto Supremo, el cual se ubica en el acervo documentario del SERNANP; dicho expediente en lo sucesivo constituye el principal documento al que se deberá recurrir en materia de ordenamiento territorial a todo nivel.