Norma Legal Oficial del día 27 de octubre del año 2012 (27/10/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 27 de octubre de 2012

sobre concesion temporal para desarrollar estudios relacionados con la actividad de generacion de energia electrica de la futura Central Eolica MORDAZA Caracoles, y la solicitud de transferencia de concesion, presentada a su favor por EMPRESA DE GENERACION ELECTRICA MARCONA S.A.; CONSIDERANDO: Que, en merito de la Resolucion Ministerial Nº 2672012-MEM/DM, publicada el 15 de junio de 2012, se otorgo a favor de SOWITEC ENERGIAS RENOVABLES DE PERU S.A. concesion temporal para desarrollar estudios relacionados con la actividad de generacion de energia electrica de la futura Central Eolica MORDAZA Caracoles; Que, mediante el documento presentado con fecha 19 de MORDAZA de 2012, bajo el Registro Nº 2214808, EMPRESA DE GENERACION ELECTRICA MARCONA S.A. solicito a la Direccion General de Electricidad se apruebe a su favor, la transferencia de la concesion temporal para desarrollar estudios relacionados con la actividad de generacion de energia electrica de la futura Central Eolica MORDAZA Caracoles; Que, como sustento de su solicitud, presento el Contrato de Transferencia de Concesion Temporal para realizar Estudios relacionados con la Actividad de Generacion Electrica suscrito el 18 de MORDAZA de 2012, mediante el cual SOWITEC ENERGIAS RENOVABLES DE PERU S.A. transfiere a favor de EMPRESA DE GENERACION ELECTRICA MARCONA S.A. la concesion temporal para desarrollar estudios relacionados con la actividad de generacion de energia electrica de la futura Central Eolica MORDAZA Caracoles; Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 1436 del Codigo Civil, la forma de la transmision, la capacidad de las partes intervinientes, los vicios del consentimiento y las relaciones entre los contratantes se definen en funcion del acto que sirve de base a la cesion y se sujetan a las disposiciones legales pertinentes; Que, luego de verificar que se ha producido una transferencia privada de la concesion temporal que nos ocupa, y estando a lo dispuesto por el articulo 1436 del Codigo Civil, procede aprobar la transferencia solicitada y tener como titular de la concesion a EMPRESA DE GENERACION ELECTRICA MARCONA S.A., quien debera incorporar en la Escritura Publica del citado Contrato de Transferencia de Derechos, el texto de la presente Resolucion Ministerial; Estando a lo expuesto de acuerdo con el Informe Nº 322-2012-DGE-DCE y conforme a lo dispuesto en los articulos 1435 y 1436 del Codigo Civil; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la transferencia de la concesion temporal para desarrollar estudios relacionados con la actividad de generacion de energia electrica de la futura Central Eolica MORDAZA Caracoles, que efectua SOWITEC ENERGIAS RENOVABLES DE PERU S.A. a favor de EMPRESA DE GENERACION ELECTRICA MARCONA S.A., por las razones y fundamentos legales expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Tener como titular de la concesion mencionada en el articulo precedente a EMPRESA DE GENERACION ELECTRICA MARCONA S.A. a partir del dia siguiente de publicada la presente Resolucion Ministerial. Articulo 3º.- El texto de la presente Resolucion Ministerial debera ser incorporado en la Escritura Publica del Contrato de Transferencia mencionado en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, sera publicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez y por cuenta del interesado, y entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese.

Otorgan concesion temporal a favor de Energia Renovable Peruana S.A. para desarrollar estudios relacionados con la generacion de energia electrica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 462-2012-MEM/DM MORDAZA, 19 de octubre de 2012 VISTO: El Expediente Nº 27314912 sobre otorgamiento de concesion temporal para realizar estudios relacionados con la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Eolica Parinas, presentado por ENERGIA RENOVABLE PERUANA S.A., persona juridica inscrita en la Partida Nº 12648617 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de Lima; CONSIDERANDO: Que, ENERGIA RENOVABLE PERUANA S.A., mediante documento con registro de ingreso Nº 2181493 de fecha 10 de MORDAZA de 2012, ha presentado solicitud sobre otorgamiento de concesion temporal para realizar estudios relacionados con la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Eolica Parinas, al MORDAZA de lo dispuesto por el articulo 30 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, los estudios mencionados en el considerando que antecede se desarrollaran en los distritos de Parinas y La MORDAZA, provincia de Talara, departamento de MORDAZA, en la MORDAZA comprendida dentro las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente; Que, mediante la Resolucion Directoral Nº 1522012 EM/DGE de fecha 04 de MORDAZA de 2012 se declaro improcedente la oposicion a la solicitud de concesion temporal presentada por CEMENTOS PACASMAYO S.A.A. con el documento con registro de ingreso Nº 2191387 de fecha 18 de MORDAZA de 2012; Que, mediante la Resolucion Vice Ministerial Nº 099/2012/MEM/VME de fecha 02 de agosto de 2012 se declaro infundado el recurso de apelacion interpuesto por CEMENTOS PACASMAYO S.A.A. contra la Resolucion Directoral senalada en el considerando precedente; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la empresa solicitante ha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, ha emitido el Informe Nº 337-2012-DGE-DCE; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 23 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, el articulo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas y el item CE02 del Anexo Nº 01 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 061-2006-EM; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar concesion temporal a favor de ENERGIA RENOVABLE PERUANA S.A., que se identificara con el codigo Nº 27314912, para desarrollar estudios a nivel de factibilidad relacionados a la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Eolica Parinas, para una capacidad instalada estimada de 200 MW, los cuales se realizaran en los distritos de Parinas y La MORDAZA, provincia de Talara, departamento de MORDAZA, por un plazo de veinticuatro (24) meses contados a partir de la vigencia de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los estudios se realizaran al MORDAZA de la presente concesion temporal, y comprenderan la MORDAZA delimitada por las siguientes coordenadas UTM (PSAD 56): VERTICE ESTE 466 900,29 469 889,29 474 308,80 NORTE 9 481 150,75 9 488 710,75 9 487 787,54

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 857812-1

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