Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE OCTUBRE DEL AÑO 2012 (27/10/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 40

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 27 de octubre de 2012 477354 fi n de que la Unidad Ejecutora reporte mensualmente los avances hasta la culminación de la Actividad, los mismos que serán remitidos al INDECI. Artículo 5º.- La Unidad Ejecutora benefi ciada deberá sujetarse a las obligaciones y procedimientos establecidos en la Directiva Nº 001-2012-EF/63.01, aprobada por Resolución Directoral Nº 001-2012- EF/63.01 y sus normas complementarias sobre la materia, para la ejecución de Actividades de Emergencia, autorizada por el Ministerio de Economía y Finanzas con Decreto Supremo Nº 189-2012-EF, cuyo incumplimiento derivará en las responsabilidades y acciones legales a las que hubiere lugar. Artículo 6º.- Encargar a la Dirección Nacional de Logística la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 7º.- Encargar a la Ofi cina de Estadística y Telemática disponer la Publicación de la presente Resolución y sus Anexos en el Portal Institucional (www. indeci.gob.pe). Artículo 8º.- Disponer que la Secretaría General e Imagen Institucional registre la presente Resolución en el Archivo General del INDECI, y remita copia autenticada por Fedatario al Gobierno Regional de Amazonas, a la Municipalidad Distrital de Jamalca, Provincia de Utcubamba del Departamento de Amazonas, a la Sub Jefatura, a las Ofi cinas de Asesoría Jurídica, de Planifi cación y Presupuesto y de Administración y a la Dirección Nacional de Proyectos Especiales, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. ALFREDO E. MURGUEYTIO ESPINOZA Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil 858832-8 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 260-2012-INDECI 28 de setiembre 2012 VISTOS: Los Ofi cios Nº 308-2012-SEDERECI/PRES de fecha 24.ABR.2012 y Nº 480-2012-SEDERECI/PRES de fecha 21.JUN.2012 del Gobierno Regional de Ayacucho, el Informe Técnico Nº 035-2012-INDECI/DNPE/EPEFT del 03.AGO.2012, el Informe Técnico Nº 035-2012- INDECI/14.0 del 07.AGO.2012, y el Memorándum Nº 620-2012-INDECI/14.0 del 28.SET.2012 de la Dirección Nacional de Proyectos Especiales del INDECI, sus antecedentes, y; CONSIDERANDO: Que, la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29813, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, señala que en la Reserva de Contingencia se ha incluido hasta la suma de S/. 50 000 000,00 (CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES), a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, para destinarla a realizar acciones durante el Año Fiscal 2012, a fi n de brindar una respuesta oportuna ante desastres de gran magnitud, que permita mitigar los efectos dañinos por el inminente impacto de un fenómeno natural o antrópico, declarado por el organismo público técnico-científi co competente, y rehabilitar la infraestructura pública existente; Que, mediante Resolución Directoral Nº 001-2012- EF/63.01, se aprobó la Directiva Nº 001-2012-EF/63.01, “Directiva que establece criterios y procedimientos para el uso de los recursos a que se refi ere la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29813, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012”; Que, el numeral 9.1 de la mencionada Directiva señala que ocurrido el desastre de gran magnitud o declarado ofi cialmente el peligro inminente del mismo por el organismo público técnico - científi co competente, las Entidades asignarán los recursos presupuestarios para la atención de las emergencias realizando las modifi caciones presupuestarias que correspondan, en el marco de las disposiciones legales vigentes y, sólo en el caso que no cuenten con la disponibilidad de recursos presupuestarios, el Titular de la Entidad solicitará al INDECI los recursos a que se refi ere la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29813, de acuerdo a lo establecido en la Directiva mencionada; Que, con los Ofi cios Vistos, el Gobierno Regional de Ayacucho remitió una (01) Ficha Técnica de Actividad de Emergencia, referida a la solicitud para el alquiler de maquinaria pesada (Tractor Oruga, Cargador Frontal y Volquetes), para realizar trabajos de recuperación de la transitabilidad vehicular de la carretera el Ingenio a Otoca interrumpido en varios tramos por derrumbes y deslizamientos ocasionado por las lluvias intensas ocurrido los días 10,11 y 12 de febrero del 2012; Que, conforme lo señalado en el numeral 11.4 del artículo 11º de la Directiva Nº 001-2012-EF/63.01, el INDECI evalúa las Fichas Técnicas de Actividad de Emergencia y, de ser procedente, las aprueba expresamente a través del Informe del Director Nacional del órgano de línea del INDECI. Adicionalmente, el INDECI elabora el Informe Técnico de Aprobación de las Fichas Técnicas de Actividad de Emergencia, el cual debe estar suscrito por los profesionales de los niveles jerárquicos que amerite la aprobación, incorporación y transferencia de los recursos correspondientes, y refrendado en todos sus términos por el Director Nacional del INDECI correspondiente; Que, asimismo el numeral 16.3 del artículo 16º de la citada Directiva, señala que la Entidad que ha recibido la transferencia fi nanciera del INDECI es responsable del adecuado uso de los recursos a que se refi ere la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29813, en virtud de los convenios que suscriban u otros documentos que sustenten las transferencias fi nancieras. Asimismo, la entidad que ha recibido la transferencia fi nanciera del INDECI, es responsable del cumplimiento de las metas físicas, liquidación, supervisión o inspección de los mismos; Que, de acuerdo al Informe Técnico Nº 035- 2012-INDECI/DNPE/EPEFT de Vistos, el Equipo de Profesionales, luego de la evaluación correspondiente describe la situación de nexo causalidad: magnitud de lo daños, actividad requerida, componentes, metas, presupuesto, programación y calendario de ejecución, según señala en la ficha técnica que las lluvias intensas y continuas ocurridas del 10 al 12 de febrero del 2012 han ocasionado deslizamientos y derrumbes de los taludes en diferentes tramos de la carretera de penetración de El Ingenio al Distrito de Otoca, dejando interrumpida dicha vía de comunicación e incomunicando la capital distrital de Otoca con sus 16 anexos y otros 8 anexos del Distrito de San Pedro de Palco, motivo por el cual proponen efectuar trabajos de carácter temporal, mediante el alquiler de maquinaria pesada; Que, el Director Nacional de Proyectos Especiales del INDECI, mediante el Informe Técnico Nº 035-2012- INDECI/14.0 de Vistos, aprobó una (01) Ficha Técnica formulada por el Gobierno Regional de Ayacucho, hasta por la suma de S/. 32 690,00 (TREINTA Y DOS MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES), los cuales serán transferidos fi nancieramente a favor de la Municipalidad Distrital de Otoca, Provincia de Lucanas del Departamento de Ayacucho, con cargo a la Reserva de Contingencia a que se refi ere la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29813, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, y cuyo plazo y modalidad de ejecución se encuentra detallado en el Anexo Nº 1 adjunto a la presente Resolución; Que, en el marco de lo dispuesto en la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29813, mediante el Decreto Supremo Nº 189-2012-EF se autorizó una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, hasta por la suma de S/. 4 050 845,00 (CUATRO MILLONES CINCUENTA MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES), en la Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios; Que, de conformidad con el artículo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modifi cado por la Tercera Disposición Final de la Ley Nº 28652, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, las Transferencias Financieras que realiza, entre otros, el INDECI para la atención de desastres se aprueban por Resolución del Titular del Pliego, las mismas