Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE OCTUBRE DEL AÑO 2012 (27/10/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 55

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 27 de octubre de 2012 477369 Unidad Ejecutora 003 Ucayali – Contamana, Provincia de Ucayali del Departamento de Loreto, a la Sub Jefatura, a las Ofi cinas de Asesoría Jurídica, de Planifi cación y Presupuesto y de Administración y a la Dirección Nacional de Proyectos Especiales, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. ALFREDO E. MURGUEYTIO ESPINOZA Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil 858832-19 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 273-2012-INDECI 4 de octubre de 2012 VISTOS: El Ofi cio Nº 2111-2012-EF/63.01 del fecha 18.JUL.2012, y el Informe Nº 523-2012-EF/63.01 del 18.JUL.2012, de la Dirección General de Política de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas, el Ofi cio Nº 3111-2012/INDECI/4.0 del 16.AGO.2012 y el Memorándum Nº 644-2012-INDECI/14.0 del 04.OCT.2012 de la Dirección Nacional de Proyectos Especiales del INDECI, sus antecedentes, y; CONSIDERANDO: Que, la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29813, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, señala que en la Reserva de Contingencia se ha incluido hasta la suma de S/. 50 000 000,00 (CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES), a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, para destinarla a realizar acciones durante el Año Fiscal 2012, a fi n de brindar una respuesta oportuna ante desastres de gran magnitud, que permita mitigar los efectos dañinos por el inminente impacto de un fenómeno natural o antrópico, declarado por el organismo público técnico-científi co competente, y rehabilitar la infraestructura pública existente; Que, asimismo la mencionada Disposición exceptúa de la declaración de viabilidad y autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas para aplicar un procedimiento simplifi cado para determinar la elegibilidad, a propuesta de la Dirección General de Política de Inversiones, como requisito previo para la ejecución de los proyectos de inversión pública que apruebe la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, mediante Resolución Directoral Nº 001-2012- EF/63.01, se aprobó la Directiva Nº 001-2012-EF/63.01, “Directiva que establece criterios y procedimientos para el uso de los recursos a que se refi ere la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29813, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012”; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 069-2012-EF/15, se aprobó la Directiva Nº 002-2012-EF/63.01, “Directiva del Procedimiento Simplifi cado para determinar la Elegibilidad de los Proyectos de Inversión Pública de Emergencia ante la presencia de Desastres de Gran Magnitud”; Que, el numeral 9.1 de la Directiva Nº 001-2012- EF/63.01, señala que ocurrido el desastre de gran magnitud o declarado ofi cialmente el peligro inminente del mismo por el organismo público técnico científi co competente, las Entidades asignarán los recursos presupuestarios para la atención de las emergencias realizando las modifi caciones presupuestarias que correspondan, en el marco de las disposiciones legales vigentes y, sólo en el caso que no cuenten con la disponibilidad de recursos presupuestarios, el Titular de la Entidad solicitará al INDECI los recursos a que se refi ere la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29813, de acuerdo a lo establecido en la Directiva mencionada; Que, a través del Ofi cio Nº 2111-2012-EF/63.01 y el Informe Nº 523-2012-EF/63.01 de Vistos, la Dirección General de Política de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas, declaró elegible y aprobó cuatro (04) Fichas Técnicas de Proyectos de Inversión Pública – PIP de Emergencia, solicitadas por el Gobierno Regional de Apurímac, denominadas “Rehabilitación del Canal Illanya ubicado en el Distrito de Abancay, Región Apurímac por intensas lluvias ocurridas en marzo del 2012”; “Rehabilitación del Canal Paltaypata ubicado en el Distrito de Abancay, Provincia de Abancay, Región Apurímac, por intensas lluvias ocurridas en marzo del 2012”; “Rehabilitación del canal San Gabriel ubicado en el Distrito de Abancay, Provincia de Abancay, Región Apurímac, por intensas lluvias ocurrida en marzo del 2012”; y, “Rehabilitación del Canal Pachachaca B., ubicado en el Distrito Abancay, Provincia de Abancay, Región de Apurímac, por intensas lluvias ocurridas en marzo del 2012”; por el monto total de S/.108 660,00 (CIENTO OCHO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES), señalando además que será fi nanciado con recursos de la Reserva de Contingencia, establecidos en la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29813 - Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; Que, mediante el Ofi cio Nº 3111-2012/INDECI/4.0, el Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI, solicita al Ministerio de Economía y Finanzas la aprobación del Decreto Supremo que permitirá atender el requerimiento solicitado por el Gobierno Regional de Apurímac; Que, en el marco de lo dispuesto en la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29813, mediante el Decreto Supremo Nº 189-2012-EF se autorizó una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, hasta por la suma de S/. 4 050 845,00 (CUATRO MILLONES CINCUENTA MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES) en la Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios, para la ejecución de diversos proyectos de inversión pública, considerándose entre otros, la suma de S/.108 660,00 (CIENTO OCHO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES), para la Unidad Ejecutora 004 Pro Desarrollo Apurímac, Provincia de Abancay del Departamento de Apurímac; Que, de conformidad con el artículo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modifi cado por la Tercera Disposición Final de la Ley Nº 28652, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, las Transferencias Financieras que realiza, entre otros, el INDECI para la atención de desastres se aprueban por Resolución del Titular del Pliego, las mismas que serán obligatoriamente publicadas en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, es necesario aprobar la Transferencia Financiera de Recursos a favor de la Unidad Ejecutora 004 Pro Desarrollo Apurímac, Provincia de Abancay del Departamento de Apurímac, con cargo a los recursos provenientes de la Reserva de Contingencia transferidos al Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI mediante Decreto Supremo Nº 189-2012-EF, hasta por la suma de S/.108 660,00 (CIENTO OCHO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES), para la ejecución de cuatro (04) Proyectos de Inversión Pública – PIP de Emergencia señalados en el Anexo Nº 01 adjunto a la presente Resolución; De conformidad con la Ley Nº 29813 – Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y sus normas modifi catorias, el Decreto de Urgencia Nº 008-2012 y las Directivas Nº 001-2012-EF/63.01, “Directiva que establece criterios y procedimientos para el uso de los recursos a que se refi ere la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29813, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012”, aprobada por Resolución Directoral Nº 001-2012-EF/63.01 y Nº 002- 2012-EF/63.01, “Directiva del Procedimiento Simplifi cado para determinar la Elegibilidad de los Proyectos de Inversión Pública de Emergencia ante la presencia de Desastres de Gran Magnitud”; aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 069-2012-EF/15; Con la visación de la Sub Jefatura y de las Ofi cinas de Asesoría Jurídica, de Planifi cación y Presupuesto y de Administración y de la Dirección Nacional de Proyectos Especiales; y; En uso de las atribuciones conferidas en el Reglamento de Organización y Funciones del INDECI, aprobado por Decreto Supremo Nº 059-2001-PCM, modifi cado por Decretos Supremos Nºs 005-2003-PCM y 095-2005-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar, por las razones señaladas en la parte considerativa de la presente Resolución, la