Norma Legal Oficial del día 27 de octubre del año 2012 (27/10/2012)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 60

477374
CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES
VISTOS:

El Peruano MORDAZA, sabado 27 de octubre de 2012

Que, la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos ­ SUNARP es el organo rector del Sistema Nacional de los Registros Publicos, siendo una de sus funciones normar la inscripcion y publicidad de los actos y contratos en los Registros que integran el Sistema; Que, mediante Resolucion del Superintendente Nacional de los Registros Publicos Nº 106-2012-SUNARP/SN, de fecha 08 de MORDAZA de 2012, se aprobo el Reglamento de Inscripciones de Bienes vinculados a la Pequena Mineria y Mineria Artesanal en el Registro de Bienes Muebles; Que, en el mencionado Reglamento se determino que la SUNARP dictara las disposiciones complementarias para la implementacion del codigo alfanumerico, la tarjeta de identificacion del bien mueble, el formato de inmatriculacion, asi como los formularios de solicitud de inscripcion y de publicidad registral; Que, en ese sentido, mediante Resolucion del Superintendente Nacional de los Registros Publicos Nº 192-2012-SUNARP/SN, de fecha 20 de MORDAZA de 2012, se dispuso la estructura que tendria el codigo alfanumerico; Que, en el Informe de vistos, la Gerencia Registral de la Sede Central de la SUNARP senala que, en coordinacion con la Gerencia de Informatica de la Sede Central de la SUNARP, se propone modificar el contenido del codigo alfanumerico para una mejor operatividad del sistema, asi como comprension de los usuarios que realizaran la fiscalizacion de los bienes muebles vinculados a la pequena mineria y mineria artesanal; Con la visacion de la Gerencia Registral, la Gerencia de Informatica, la Gerencia Legal, y la Gerencia General; todas de la Sede Central de la SUNARP. Estando a lo acordado y de conformidad con lo dispuesto en el literal v) del articulo 7° del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolucion Suprema N° 1352002-JUS; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer la modificacion del articulo primero de la Resolucion del Superintendente Nacional de los Registros Publicos Nº 192-2012-SUNARP/SN en los siguientes terminos: "Articulo Primero.- Disponer que el `Codigo Alfanumerico' tenga el siguiente contenido: el numero de la partida registral del bien inscrito en el Registro de Bienes Muebles, la letra "M" cuando se trate de codigo alfanumerico multiple; la denominacion de la concesion o concesiones inscritas en el Registro de Derechos Mineros; y el distrito en donde se ubica la mencionada concesion o concesiones". Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Informatica de la Sede Central de la SUNARP la inmediata implementacion de lo senalado en el articulo primero de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SOLARI ZERPA Superintendente Nacional de los Registros Publicos SUNARP 859097-1

El Oficio N° 1642-2012-EF/10.01 cursado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rubio, Ministro de Economia y Finanzas; y el Oficio N° 2556-2012-GG-PJ, cursado por el Gerente General del Poder Judicial, elevando el Informe N° 286-2012-SEP-GP-GG-PJ, elaborado por la Supervision de Estudios y Proyectos de la Gerencia de Planificacion. CONSIDERANDO: Primero. Que, el senor Ministro de Economia y Finanzas solicita a la Presidencia del Poder Judicial se evalue una propuesta orientada a la creacion de Juzgados y MORDAZA en lo Contencioso Administrativo con sub especialidad en temas tributarios, aduaneros y del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual (INDECOPI); asi como la creacion de un Juzgado Especializado en lo Constitucional, teniendo en cuenta el elevado numero de procesos que se tramitan en la Corte Superior de Justicia de MORDAZA sobre dichas materias. Segundo. Que los Juzgados con competencia en materia contencioso administrativo se instauraron a nivel de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA en el ano 2002, como consecuencia de la dacion de la Ley N° 27584, Ley del MORDAZA Contencioso Administrativo (actualmente regulado por el Texto Unico Ordenado aprobado mediante Decreto Supremo N° 013-2008-JUS). Tercero. Que mediante Resolucion Administrativa N° 176-2002-CE-PJ, del 19 de noviembre de 2002, se crearon el Primer y MORDAZA Juzgados Especializados en lo Contencioso Administrativo, y posteriormente, por Resolucion Administrativa N° 123-2004-CE-PJ, del 16 de junio de 2004, se crearon el Tercer y MORDAZA Juzgados de la misma especialidad. Luego, mediante Resolucion Administrativa Nº 064-2006-CE-PJ, del 17 de MORDAZA de 2006, se crearon los Juzgados MORDAZA, MORDAZA, Setimo y Octavo, y a traves de la Resolucion Administrativa Nº 105-2006-CE-PJ, del 10 de agosto de 2006, se crearon los Juzgados Noveno y Decimo. Finalmente, a traves de las Resoluciones Administrativas Nº 148-2007-CE-PJ y Nº 319-2008-CE-PJ, de fechas 11 de MORDAZA de 2007 y 17 de diciembre de 2008, respectivamente, se crearon los Juzgados Undecimo a Decimo Setimo en lo Contencioso Administrativo, respectivamente, para atender la creciente carga procesal que se venia acumulando a lo largo del tiempo. Cuarto. Que entre los temas sometidos a controversia de mas alta incidencia que se ha venido reportando, son los concernientes a las materias tributaria, aduanera y del INDECOPI, lo cual conlleva a que se adopten las medidas del caso para brindar un tramite mas celere a dichas causas, y asi evitar la dilacion innecesaria de las mismas, hecho que tambien coadyuvara a que los demas procesos se atiendan con prontitud. Quinto. Que de los informes estadisticos emitidos por las areas correspondientes, se observa que en asuntos referidos a cuestiones tributarias y aduaneras la carga procesal es superior a los 3,000 mil expedientes, lo cual aunado a la complejidad de las materias, justifica la creacion de seis (6) Juzgados Especializados en lo Contencioso Administrativo con esa subespecialidad para atender los mencionados casos. Mientras que los procesos referidos a la impugnacion de decisiones del INDECOPI, que suman mas de 2,500 expedientes, justifica la creacion de tres (3) Juzgados con dicha sub especialidad. Sexto. Que como correlato de ello, tambien se hace necesaria la creacion de las respectivas instancias superiores para atender todos esos procesos, habiendose propuesto dos (2) MORDAZA Superiores Especializadas en lo Contencioso Administrativo, para atender los temas referidos a materia tributaria y aduanera, y una (1) Sala Superior para temas del INDECOPI, sin perjuicio se redefinir, mas adelante, sus competencias, teniendo en cuenta la variacion de la carga procesal, propendiendo asi a una distribucion equitativa de la misma entre los organos jurisdiccionales del mismo nivel. Setimo. Que siendo asi, los organos jurisdiccionales a crearse asumiran la carga existente en las materias MORDAZA anotadas, en tanto se encuentren en tramite o pendientes de sentenciar, mientras que los expedientes en ejecucion se mantendran bajo la competencia del Juzgado que los

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Crean diversos organos jurisdiccionales en la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y dictan disposiciones complementarias
RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 206-2012-CE-PJ MORDAZA, 24 de octubre de 2012.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.