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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 30 de octubre de 2012 477590 de Asesoría Jurídica del Instituto Nacional de Innovación Agraria – INIA, cargo considerado como de confi anza. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARTURO FLOREZ MARTINEZ Jefe Instituto Nacional de Innovación Agraria 859855-1 Aprueban Lineamientos generales de tarifas por la utilización de la infraestructura hidráulica mayor y menor, y por monitoreo y gestión de uso de aguas subterráneas RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 419-2012-ANA Lima, 29 de octubre de 2012 VISTO: El Informe Técnico Nº 026-2012-ANA-DARH/REA de la Dirección de Administración de Recursos Hídricos; y, CONSIDERANDO: Que, según el numeral 4 del artículo 15º de la Ley de Recursos Hídricos, Ley Nº 29338, la Autoridad Nacional del Agua aprueba las tarifas por los servicios de suministro de agua a propuesta de los operadores de infraestructura hidráulica; Que, el numeral 191.1 del artículo 191º del reglamento de la precitada ley aprobado por Decreto Supremo Nº 01- 2010-AG, establece que los operadores de infraestructura hidráulica, presentarán a la Autoridad Nacional del Agua, la propuesta de la tarifa por la utilización de la infraestructura hidráulica, conforme con los lineamientos técnicos y económicos establecidos por dicha Autoridad, y en los plazos que ésta indique; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 671-2011- ANA se dispuso la prepublicación del proyecto de norma “Lineamientos generales de tarifas por la utilización de la infraestructura hidráulica mayor y menor, y por monitoreo y gestión de uso de aguas subterráneas”, a fi n que los interesados remitan sus opiniones y sugerencias; Que, la Dirección de Administración de Recursos Hídricos de la Autoridad Nacional del Agua con el Informe del visto, señala que se ha recepcionado aportes y sugerencias de los sectores públicos, personas naturales y jurídicas vinculadas a la materia, los cuales se han consolidado en el documento fi nal, estando expedito para su aprobación; Que, el citado proyecto de norma tiene por fi nalidad regular los procesos de determinación, aprobación y supervisión de las tarifas por la utilización de la infraestructura hidráulica mayor y menor y por monitoreo y gestión de aguas subterráneas; Que, de acuerdo con lo expuesto, resulta pertinente aprobar los “Lineamientos generales de tarifas por la utilización de la infraestructura hidráulica mayor y menor, y por monitoreo y gestión de uso de aguas subterráneas”, a fi n de que los operadores de infraestructura hidráulica y de monitoreo y gestión de aguas subterráneas cuenten con instrumentos y herramientas de gestión que garanticen el cálculo real del valor de la tarifa que permita cubrir los costos de operación y mantenimiento de la infraestructura hidráulica, así como para que esta Autoridad ejerza un adecuado seguimiento y control del cumplimiento de las normas en materia de tarifas; y, En uso de las funciones conferidas a este Despacho por la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos, su Reglamento aprobado por D.S Nº 001-2010-AG y el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por D.S Nº 006-2010-AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobación de lineamientos Aprobar los “Lineamientos generales de tarifas por la utilización de la infraestructura hidráulica mayor y menor, y por monitoreo y gestión de uso de aguas subterráneas”, que constan de cuatro (04) títulos, dieciocho (18) artículos, tres (03) Disposiciones Complementarias Finales, tres (03) Disposiciones Complementarias Transitorias y cinco (05) anexos. Artículo 2º.- Publicación de Lineamientos Disponer la publicación de los lineamientos aprobados en el artículo precedente conjuntamente con sus anexos en el portal electrónico institucional, www.ana.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. HUGO EDUARDO JARA FACUNDO Jefe Autoridad Nacional del Agua 860057-1 DEFENSA Autorizan el ingreso al territorio peruano de personal militar de los Estados Unidos de América RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1207-2012-DE/SG Lima, 26 de octubre de 2012 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nº 808 del 10 de octubre de 2012, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, con Ofi cio Nº 21723/DIE/D-7/03.04.06 del 22 de octubre de 2012, el Director de Inteligencia del Ejército emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de los Estados Unidos de América; Que, el referido personal militar ingresará a territorio de la República, del 5 al 16 de noviembre de 2012, a fi n de realizar coordinaciones con la Ofi cina de Asuntos Internacionales y la Dirección de Inteligencia del Ejército del Perú; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorización y consentímiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por el Ejército del Perú; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modifi cada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, al personal militar de los Estados Unidos de América detallado a continuación, del 5 al 16 de noviembre de 2012, a fi n que realicen coordinaciones con la Ofi cina de Asuntos Internacionales y la Dirección de Inteligencia del Ejército del Perú. 1. Teniente Coronel Cecil MAC PHERSON 2. Capitán Juan LOZADA-LEONI