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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 30 de octubre de 2012 477603 Artículo 2º.- Los gastos por concepto de viáticos que irrogó el cumplimiento de la presente comisión de servicios, serán cubiertos en un 50% por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 53774: Negociación de Acuerdos Migratorios, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y Apellidos 50% Viáticos por día US$ Número de días Total viáticos US$ Manuel Gerardo Talavera Espinar 100.00 02 200.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático deberá presentar ante el Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el seminario internacional. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 860062-4 Designan representantes titular y alterno ante el Grupo de Trabajo Multisectorial creado mediante R.M. Nº 248-2012-PCM RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1127/RE-2012 26 de octubre de 2012 VISTA: La Resolución Ministerial N° 248-2012-PCM, de fecha 28 de setiembre de 2012, que creó el Grupo de Trabajo Multisectorial que constituye la Sección Nacional Peruana de la Comisión Bilateral Peruano Boliviana para Erradicar el Contrabando Organizado en Productos Agropecuarios y Otros, de acuerdo a lo dispuesto en el “Acta del Encuentro Presidencial de Ilo” del año 2010, y el “Tratado General de Integración y Cooperación Económica y Social para la Conformación de un Mercado Común entre la República del Perú y la República de Bolivia” del año 2004; CONSIDERANDO: Que, el citado Grupo de Trabajo Multisectorial es presidido por el Ministerio de la Producción (PRODUCE) y tiene como funciones: a) Articular y coordinar información que resulte necesaria para cumplir los objetivos y requerimientos de la Comisión Bilateral Peruano Boliviana para Erradicar el Contrabando Organizado en Productos Agropecuarios y Otros; b) Proponer el desarrollo de temas a tratar en las reuniones de la mencionada Comisión Bilateral; y c) Informar los avances alcanzados, acciones y resultados al Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, el artículo 3° de la mencionada Resolución Ministerial señala que cada miembro del referido Grupo de Trabajo Multisectorial deberá contar con un representante titular y además, con un representante alterno; Que, la “I Reunión de la Comisión Bilateral Peruano Boliviana para Erradicar el Contrabando Organizado en Productos Agropecuarios y Otros”, se llevó a cabo el 6 de julio del año 2006 en la ciudad de Puno, la misma que contó con la participación de funcionarios de este Ministerio; Teniendo en cuenta el Memorándum (DPE) N° DPE0551/2012, de la Dirección General de Promoción Económica, de 22 de octubre de 2012; De conformidad con los artículos 7° y 13° inciso b) de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y su modifi catoria la Ley Nº 29318; los artículos 21° inciso l) y 62° del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº130-2003-RE y su modifi catoria el Decreto Supremo N°065-2009-RE; y la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Designar al Primer Secretario en el Servicio Diplomático de la República Víctor Alberto Altamirano Asmat, Jefe del Departamento de Países Andinos de la Dirección de Promoción Comercial de la Dirección General de Promoción Económica como el Representante Titular de esta Cancillería ante el citado Grupo de Trabajo Multisectorial. Artículo 2°.- Designar al Primer Secretario en el Servicio Diplomático de la República, Luis Felipe Isasi Ruiz- Eldredge, Jefe del Departamento Bolivia de la Dirección General de América, como el Representante Alterno ante el mencionado Grupo de Trabajo Multisectorial. Artículo 3°.- Remitir copia de la presente Resolución a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) que ejerce la Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo Multisectorial que constituye la Sección Nacional Peruana de la Comisión Bilateral Peruano Boliviana para Erradicar el Contrabando Organizado en Productos Agropecuarios y Otros. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 860062-5 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Aprueban transferencias financieras del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”, a favor de diversos organismos ejecutores RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 252-2012-TR Lima, 29 de octubre de 2012 VISTOS: El Informe N° 416-2012-TP/DE/UGPYTOS, de la Unidad Gerencial de Proyectos; los Memorandos N° 876-2012-DVMPEMPE/TP-OPPM, N° 317-2012- DVMPEMPE/TP-OPPM y N° 058-2012-DVMPEMPE/ TP-OPPM, de la Unidad Gerencial de Planifi cación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación; el Informe N° 483- 2012-TP/DE/UGAL, de la Unidad Gerencial de Asesoría Legal; el Ofi cio N° 1111-2012-MTPE/3/24.1, de la Directora Ejecutiva del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Decreto de Urgencia N° 130-2001, se crea el Programa de Emergencia Social Productivo Urbano “A Trabajar Urbano”, como una unidad ejecutora del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, siendo posteriormente modifi cada su denominación como Programa de Emergencia Social Productivo “Construyendo Perú”, que cuenta con autonomía administrativa, fi nanciera y presupuestal; Que, mediante Decreto Supremo N° 012-2011-TR, modifi cado por Decreto Supremo Nº 004-2012-TR, se creó el Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”, en adelante el Programa, sobre la base de la unidad ejecutora 005 - Programa de Emergencia Social Productivo “Construyendo Perú”, con el objeto de generar empleo y promover el empleo sostenido