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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE OCTUBRE DEL AÑO 2012 (30/10/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 15

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 30 de octubre de 2012 477601 Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 860062-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1118/RE-2012 Lima, 26 de octubre de 2012 CONSIDERANDO: Que, en la Reunión Extraordinaria de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno de la Unión de Naciones Suramericanas (UNASUR) del 28 de julio del 2011 se suscribió la Declaración: “Compromiso de la UNASUR Contra la Desigualdad” y se instruyó al Consejo Suramericano de Desarrollo Social a estructurar y coordinar el Plan de Acción del Consejo y la Agenda de Acciones Sociales Prioritarias para su evaluación y posible adopción en la VI Reunión Ordinaria del Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno, el 30 de noviembre de 2012, en la ciudad de Lima; Que, la Instancia Ejecutiva del Consejo Suramericano de Desarrollo Social solicitó a los Grupos de Trabajo y Técnico que conforman este Consejo que en sus reuniones examinen las conclusiones y recomendaciones de la Reunión Técnica de los Funcionarios y Expertos de Alto Nivel en Políticas Sociales y Desarrollo Humano, realizada en la ciudad del Cusco, Departamento del Cusco, del 02 al 03 de agosto de 2012, con miras a la elaboración de la Agenda de Acciones Sociales Prioritarias de UNASUR; Que el Grupo de Trabajo de Seguridad Alimentaria y Lucha contra el Hambre y la Desnutrición del Consejo Suramericano de Desarrollo Social realizará su II Reunión, en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, del 25 al 26 de octubre del 2012; Teniendo en cuenta el Mensaje L-QUITO20121980, de 05 de octubre de 2012; los Memoranda (UNS) N° UNS0306/2012, de la Dirección de UNASUR y Mecanismos de Coordinación Sudamericanos, de 18 de octubre de 2012; y (OPR) N° OPR0691/2012, de la Ofi cina de Programación y Presupuesto, de 22 de octubre de 2012, que otorga certifi cación de crédito presupuestario al presente viaje; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modifi cada por la Ley Nº 28807, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM; la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento y modifi catorias; la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; y el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Consejero en el Servicio Diplomático de la República Mario Hernán Bustamante Reátegui, funcionario destacado a la Embajada del Perú en la República del Ecuador quien ejerce labores en la Secretaría General de la Unión de Naciones Suramericanas (UNASUR), a la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, del 25 al 26 de octubre del 2012, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2°.- Los gastos por concepto de viáticos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 01281: REQUISITOS PARA PUBLICACIÏN EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Ofi cial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su fi rma ante el Diario Ofi cial. 2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justifi car; si incluyen gráfi cos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. 6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en caso de tener más de 1 página o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL