NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2012 (05/09/2012)
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 5 de setiembre de 2012 474009 la Ley Nº 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024-2009 DE/SG del 19 de noviembre de 2009 que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Personal Militar y Civil FAP que conformarán la tripulación de la aeronave Boeing 737-528 FAP 356, que trasladará al Señor Presidente de la República y su Comitiva a la ciudad de Vladivostok - Federación Rusa, para que participen en la XX Cumbre de Líderes del Foro de Cooperación Económica Asia - Pacífico (APEC), del 06 al 10 de setiembre de 2012. TRIPULACION PRINCIPAL Mayor General FAP SEGUNDO BUENAVENTURA GAMBOA SANDOVAL Piloto NSA: O-9355676 DNI: 43338465 Comandante FAP MARCO ANTONIO APARICIO BACA Piloto NSA: O-9544187 DNI: 43412943 Comandante FAP CESAR AUGUSTO MACEDO GARCIA Piloto NSA: O-9556188 DNI: 02773543 Comandante FAP OSCAR GUILLERMO DELGADO GONZALES Piloto NSA: O-9573089 DNI: 07871146 Comandante FAP VICTOR ALFREDO VARGAS BLACIDO Piloto NSA: O-9589691 DNI: 43623935 Empleado Civil FAP LUIS ALFREDO MUÑOZ VIGNES Piloto NSA: C-P0128910 DNI: 05372957 Técnico Inspector FAP WILFREDO MARIANO PEREZ RONDAN Mecánico NSA: S-60529087 DNI: 09714481 Técnico de 2da. FAP ELVIS TEDDY GARCIA REATEGUI Mecánico NSA: S-60736293 DNI: 05349005 Empleada Civil FAP ROSA LIZ GONZALES RUIZ Hostess NSA: C-70941901 DNI: 06624283 Empleada Civil FAP JULIA GLADYS ORTEGA LYAUTEY Hostess NSA: C-7798480 DNI: 08729081 Empleada Civil FAP IVANNA TUESTA SANONI Hostess NSA: C-71361308 FAP 42046732 Empleada Civil FAP YELITZA MARIELA REYES LAUREANO Hostess NSA: C-78066810 DNI: 45560863 TRIPULACION ALTERNA Comandante FAP DAVID FERNANDO VELASQUEZ PORTELLA Piloto NSA: O-9579890 DNI: 43412386 Técnico Inspector FAP MARIO CRUZ PACHECO Mecánico NSA: S-60397183 DNI: 09712366 Empleada Civil FAP CLAUDIA MARCELA ORTEGA FIGUEROA Hostess NSA: C-71347907 DNI: 45555238 Empleada Civil FAP ELIZABETH MARIEL FIGUEROA PARRA Hostess NSA: C-71361208 DNI: 43659712 Artículo 2º.- La participación de los integrantes de la Tripulación Alterna queda supeditada solamente a la imposibilidad de participación por parte de los integrantes de la Tripulación Principal. Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2012, de acuerdo a los conceptos siguientes: Viáticos: US $ 260.00 x 05 días x 12 personas = US $ 15,600.00 ------------------------ TOTAL = US $ 15,600.00 Artículo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 5º.- El personal comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuarán la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM. Artículo 6º.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 7º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 837359-7 REQUISITO PARA PUBLICACIÏN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL