NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2012 (05/09/2012)
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 5 de setiembre de 2012 473996 propuesta de determinación del Área Urbana Continua y la implementación del Régimen de Gestión Común del Transporte entre ambas provincias: a) Dra. María Esperanza Jara Risco, Gerente de Transporte Urbano – Presidirá la Comisión Representante alterno: Dr. Hector Rubio Guerrero b) Dr. Humberto Valenzuela Gómez, Jefe del Proyecto Especial Corredores Complementarios del Instituto Metropolitano PROTRANSPORTE de Lima Representante alterno: Dra. Scelza Gisella Lamarca Sánchez c) Perfecto Victor Ramirez Cifuentes Presidente de la Comisión de Comercialización, Defensa del Consumidor y Transporte Urbano Representante alterno: Sigifredo Marcial Velasquez Ramos d) Sr. José Alberto Arce Mesías, Presidente del Consejo Directivo del Instituto Metropolitano de Planifi cación Representante alterno: Ing. Guillermo Tamayo Pinto, Director de Vialidad y Transporte del Instituto Metropolitano de Planifi cación. Artículo Quinto.- Los representantes de la Municipalidad Metropolitana de Lima tendrán las siguientes funciones: a) Proponer el Área Urbana Continua sobre la que se aplicará el Régimen de Gestión Común del Transporte en la provincia de Lima y la Provincia Constitucional del Callao, propuesta que se efectuará previa realización de las acciones conjuntas con los representantes de la Municipalidad Provincial del Callao para su determinación conforme a ley. b) Negociar con los representantes de la Municipalidad Provincial del Callao los términos del Acuerdo sobre el Régimen de Gestión Común del Transporte en la provincia de Lima y la Provincia Constitucional del Callao dentro del marco normativo vigente. c) Elevar la propuesta de Área Urbana Continua al despacho de la Alcaldía para su evaluación y trámite de aprobación ante el Concejo Metropolitano. d) Elevar la propuesta de Acuerdo de Régimen de Gestión Común al despacho de Alcaldía para su suscripción. e) Suscribir Actas de Reunión de Trabajo u otro documento de similar naturaleza que constituya el resumen de los temas tratados durante las reuniones sostenidas con los representantes de la Municipalidad Provincial del Callao y los acuerdos a los que arriben dentro del proceso de negociación. Cabe aclarar que este documento tiene carácter meramente operativo y de apoyo a las actividades que realice el Grupo de Trabajo en el marco de sus funciones. f) Informar periódicamente a la Alcaldesa y/o Gerente Municipal Metropolitano el desarrollo de las respectivas negociaciones. Artículo Sexto.- El Grupo de Trabajo se instalará dentro de los cinco (5) días hábiles de efectuada la designación de los representantes de la Municipalidad Provincial del Callao. Asimismo, el Grupo de Trabajo establecerá su Plan de Trabajo y su cronograma de actividades, debiendo entregar sus propuestas a más tardar a los 30 días calendario. Registre, publíquese y cúmplase. SUSANA VILLARÁN DE LA PUENTE Alcaldesa 835556-1 Autorizan la implementación de paraderos de transporte regular en tramos en la Vía Auxiliar Carretera Central, Av. Nicolás Ayllón, Av. Alfonso Ugarte, Av. Arica y Av. 9 de Diciembre GERENCIA DE TRANSPORTE URBANO SUBGERENCIA DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE RESOLUCIÓN DE SUBGERENCIA Nº 7535-2012-MML/GTU-SRT Lima, 1 de agosto del 2012 VISTO: El Informe Nº 318-2012-MML/GTU-SETT de fecha 20 de junio del 2012 emitido por la Subgerencia de Estudios de Tránsito y Transporte, respecto a la implementación de Paraderos de Transporte Público en vías que comprenden el recorrido del Corredor Complementario Nº 05, y; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al acápite 7.1 del inciso 7 del artículo 161º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, la Municipalidad Metropolitana de Lima goza de un régimen especial, de conformidad al Artículo 198º de la Constitución, teniendo en materia de transportes y comunicaciones funciones especiales, entre las que se encuentra “7.1) Planifi car, regular y gestionar el transporte público”; Que. la Ordenanza Nº 341-MML, en su artículo 7º establece que la Municipalidad Metropolitana de Lima tiene a su cargo la ejecución, mantenimiento, remodelación, señalización horizontal y vertical, semaforización, ornato, publicidad y mobiliario urbano de las vías expresas, arteriales y colectoras del sistema Vial Metropolitano, de los Intercambios Viales y de todas las Vías del Cercado de Lima; Que, el artículo 100º de la Ordenanza Nº 812- MML - Reglamento de Organizaciones y Funciones, establece que: “La Subgerencia de Estudios de Tránsito y Transporte es el órgano responsable de la formulación de estudios, proyectos, programas y planes estratégicos en materia de transporte, tránsito y viabilidad en la provincia de Lima; Que, el inciso 4 del artículo 103º de la Ordenanza Nº 812-MML, establece que: “Son funciones y atribuciones de la Subgerencia de Regulación de Transporte las siguientes: 4) Otorgar licencias, autorizaciones o permisos para el servicio de transporte público regular y no regular, pesado y de carga, dentro del ámbito de la provincia de Lima”; Que, el artículo 54º de la Ordenanza Nº 104-MML, establece que en todas las rutas los vehículos se detendrán o dejarán pasajeros, únicamente en los paraderos autorizados y señalizados por la autoridad administrativa; Que, el numeral 31 del artículo 5A de la Ordenanza Nº 1338-MML define al Paradero de Transporte Regular como “el punto de parada autorizado, provisto de mobiliario y/o señalización, localizado en las vías que forman parte del recorrido autorizado de una determinada ruta, utilizado para el embarque y desembarque de pasajeros”; Que, mediante el artículo Primero de la Resolución de Alcaldía Nº 367 de fecha 20 de setiembre de 2011, la Municipalidad Metropolitana de Lima encargó al Instituto Metropolitano Protransporte de Lima – PROTRANSPORTE, la ejecución de los estudios de demanda y pre-inversión de los denominados Corredores Complementarios detallados en la citada resolución, a fi n de determinar la viabilidad de los mismos; y de ser el caso proponer y sustentar ante el Concejo Metropolitano la aprobación correspondiente y modifi cación del marco legal vigente para su ejecución, implementación y operación; Que, el artículo 1º de la Resolución de Alcaldía Nº 148 de fecha 4 de mayo de 2012, incorpora dentro de los alcances de la Resolución de Alcaldía Nº 367 de fecha 20 de setiembre de 2011, como Corredor Complementario, el eje vial cuyo recorrido comprende: la Carretera Central, la Av. Nicolás Ayllon, la Av. Grau (Estación Central del Metropolitano), la Av. España, el Óvalo Bolognesi, la Av. Arica y la Av. Venezuela hasta el límite de la Provincia Constitucional del Callao, encargando al Instituto Metropolitano Protransporte de Lima – PROTRANSPORTE, la ejecución de los estudios de demanda y pre-inversión del Corredor Complementario antes detallado, a fi n de determinar la viabilidad del mismo conjuntamente con los demás Corredores Complementarios referidos en la Resolución de Alcaldía Nº 367, y de ser el caso proponer y sustentar ante el Concejo Metropolitano la aprobación correspondiente y modifi cación del marco legal vigente para su ejecución, implementación y operación; Que, mediante el Informe Nº 318-2012-MML/GTU- SETT de fecha 20 de junio del 2012, la Subgerencia de