NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2012 (05/09/2012)
CANTIDAD DE PAGINAS: 88
TEXTO PAGINA: 76
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 5 de setiembre de 2012 473998 EJE UBICACIÓN SENTIDO E-O O-E AC DC AC DC Av. Arica (Tramo Av. Tingo Maria - Plaza Bolognesi) Jr. Chamaya 1 Jr. Napo 1 Jr. Aguarico 1 Jr. Loreto 1 1 Jr. General Varela 1 1 Jr. Iquique 1 Jr. Breña 1 LEYENDA Antes del cruce AC Después del cruce DC EJE UBICACIÓN SENTIDO E-O O-E AC DC AC DC Av. 9 de Diciembre Plaza Bolognesi 1 Jr. Washington 1 Av. Inca Garcilazo de la Vega 1 LEYENDA Antes del cruce AC Después del cruce DC Artículo 2º.- Los Paraderos Autorizados serán de tipo universal, de uso exclusivo para el embarque y/o desembarque de pasajeros y de obligatorio cumplimiento por todas las empresas autorizadas a prestar el servicio de transporte público en esas vías. Artículo 3º.- Los Paraderos Autorizados podrán ser identifi cados mediante la señalización horizontal y/o vertical respectiva, además por el mobiliario urbano (módulo), en cada una de las vías señaladas en la presente resolución. Artículo 4º.- La vigencia de los Paraderos Autorizados queda sujeta a cualquier variación que la autoridad administrativa considere técnicamente necesaria, para la implementación del nuevo Sistema Metropolitano de Transporte. Artículo 5º.- Las empresas, conductores y cobradores del Servicio de Transporte Público Regular de Pasajeros, deberán informar permanentemente a los usuarios, que el embarque y desembarque de pasajeros se realizará en los respectivos paraderos autorizados. Artículo 6º.- Encargar a la Subgerencia de Ingeniería de Tránsito los trabajos de mantenimiento y señalización de los Paraderos Autorizados de acuerdo a su competencia. Artículo 7º.- Encargar a la Subgerencia de Fiscalización del Transporte, la supervisión, fi scalización y cumplimiento de la presente Resolución; de ser el caso, deberá coordinar con la Policía Nacional del Perú encargada del control del tránsito, para que de acuerdo a su competencia y facultades, garantice el cumplimiento y respeto a los Paraderos Autorizados, una vez que éstos sean debidamente señalizados. Artículo 8º.- Dejar sin efecto cualquier disposición que se contraponga a la presente Resolución. Artículo 9º.- Disponer la publicación de la presente resolución en la página Web de la Gerencia de Transporte Urbano y en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 10º.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. PAVEL G. CORILLOCLLA TERBULLINO Subgerente Subgerencia de Regulación del Transporte Gerencia de Transporte Urbano 835554-1 MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO Aprueban implementación y cronograma de Ciclovías Recreativas en el distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 010-2012/MDC Carabayllo, 22 de Agosto del 2012 VISTO: El Acuerdo de Concejo Nº 064-2012/MDC, de fecha 23 de Julio del 2012, mediante el cual se Aprueba la implementación de la Ciclovía Recreativa en el distrito de Carabayllo, enmarcada dentro de las metas del Plan de Incentivos de la Mejora de Gestión y Modernización Municipal del año 2,012, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004- 2012-EF y se Autoriza al Señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones necesarias para la Implementación de la Ciclovía en el distrito de Carabayllo; y el Informe Nº 082-2012-IJPB-SGT-GSCV/MDC del Sub Gerente de Transporte quien a nombre del Equipo Técnico de la Comisión de Trabajo para el Cumplimiento de la Meta “Implementación de una Ciclovía en el distrito de Acuerdo a los criterios establecidos por el Ministerio de Salud” designado mediante Resolución de Alcaldía Nº 454-2012-A/ MDC para el cumplimiento de la citada Meta establecida por el Ministerio de Economía y Finanzas, hace de conocimiento las propuestas de la Inauguración, nombre y cronograma de dicho evento recreativo; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son Órganos de Gobierno Local, con personería jurídica de Derecho Público, que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido en el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, concordante con lo que establece el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Orgánica de Municipalidades; Que, por Resolución de Alcaldía Nº 454-2012- A/MDC se Designó el Equipo Técnico de Trabajo del Distrito de Carabayllo, para el cumplimiento de la Meta “IMPLEMENTACIÓN DE UNA CICLOVÍA EN EL DISTRITO DE ACUERDO A LOS CRITERIOS ESTABLECIDOS POR EL MINISTERIO DE SALUD” en el Marco del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal para el Año Fiscal 2012, cuya composición se encuentra integrada por representantes de la Municipalidad, la Policía Nacional del Perú, el Establecimiento de Salud y las Organizaciones Deportivas, Culturales o Educativas de la Comunidad; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 064-2012/MDC, se Aprobó la implementación de la Ciclovía Recreativa en el distrito de Carabayllo, enmarcada dentro de las metas del Plan de Incentivos de la Mejora de Gestión y Modernización Municipal del año 2,012, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2012-EF, autorizándose al Señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones necesarias para la Implementación de la Ciclovía en el distrito de Carabayllo; Que, según Informe Nº 082-2012-IJPB-SGT-GSCV/MDC el Sub Gerente de Transporte, a nombre del Equipo Técnico de la Comisión de Trabajo para el Cumplimiento de la Meta “Implementación de una Ciclovía en el distrito de Acuerdo a los criterios establecidos por el Ministerio de Salud” hace de conocimiento las propuestas de la Inauguración, nombre y cronograma de dicho evento recreativo siguiendo con lo dispuesto en el INSTRUCTIVO, por lo que solicita la autorización o reconocimiento de las vías locales (circuito de recorrido) a utilizarse para la implementación de la Ciclovía Recreativa Dominical propuesta, las cuales se detallan en el anexo del informe, que se utilizarán exclusivamente para el cumplimiento de tal fi n; Estando a lo dispuesto en el Artículo segundo del Acuerdo de Concejo Nº 064-2012/MDC y en uso de las facultades conferidas al señor Alcalde mediante el Artículo