NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2012 (13/09/2012)
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 13 de setiembre de 2012 474359 ORGANISMOS EJECUTORES INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL Aprueban transferencias financieras de recursos a favor de diversas Municipalidades y Gobierno Regional, para la ejecución de actividades RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 195-2012-INDECI 30 de julio 2012 VISTOS: El Ofi cio Nº 153-2012-GRA/PR de fecha 21.MAR.2012 del Gobierno Regional de Arequipa, el Informe Técnico Nº 008-2012-INDECI/DNPE/EPEFT del 12.JUN.2012, el Informe Técnico Nº 008-2012- INDECI/14.0 del 12.JUN.2012, y el Memorándum Nº 432-2012-INDECI/14.0 del 30.JUL.2012 de la Dirección Nacional de Proyectos Especiales del INDECI, sus antecedentes, y; CONSIDERANDO: Que, la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29813, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, dispone que en la Reserva de Contingencia se ha incluido hasta la suma de S/. 50 000 000,00 (CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES) a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), para destinarla a las acciones que realice durante el Año Fiscal 2012, a fi n de brindar una respuesta oportuna ante desastres de gran magnitud, que permita mitigar los efectos dañinos por el inminente impacto de un fenómeno natural o antrópico declarado, determinado por el organismo público técnico-científi co competente, y rehabilitar la infraestructura pública existente. Además, en caso de ser necesario, para mitigar los efectos dañinos a la actividad agropecuaria altoandina, se considera una respuesta oportuna la provisión de forraje, alimentos para ganado, vacunas y vitaminas para animales; Que, mediante Resolución Directoral Nº 001-2012- EF/63.01, se aprobó la Directiva Nº 001-2012-EF/63.01, “Directiva que establece criterios y procedimientos para el uso de los recursos a que se refi ere la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29813, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012”; Que, el numeral 9.1 de la mencionada Directiva señala que ocurrido el desastre de gran magnitud o declarado ofi cialmente el peligro inminente del mismo por el organismo público técnico - científi co competente, las Entidades asignarán los recursos presupuestarios para la atención de las emergencias realizando las modifi caciones presupuestarias que correspondan, en el marco de las disposiciones legales vigentes y, sólo en el caso que no cuenten con la disponibilidad de recursos presupuestarios, el Titular de la Entidad solicitará al INDECI los recursos a que se refi ere la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29813, de acuerdo a lo establecido en la Directiva mencionada; Que, con el Ofi cio de Vistos, el Gobierno Regional de Arequipa remitió seis (06) Fichas Técnicas de Actividad de Emergencia, referidas a la solicitud para la “Adquisición de tubería de PVC de Diam. 14” para recuperar el servicio de conducción del agua de riego Q=60 l/s del canal Ambranja del Anexo de Paracolca, Distrito Tipan, colapsado en tramos críticos una longitud total de 250 ml, debido a Huaycos - Lloclla y derrumbes ocasionados por las intensas precipitaciones ocurridas el 13 de febrero del 2012”; para la “Adquisición de tubería de PVC de Diam. 14” para recuperar el servicio de conducción del agua de riego Q=50 l/s del canal Furia del Anexo de Tagre, Distrito Tipan, colapsado en dos tramos críticos de una longitud total de 150 ml, debido a Huaycos - Lloclla y derrumbes ocasionados por las intensas precipitaciones ocurridas el 13 de febrero del 2012”; para el “Alquiler de maquinaria para recuperar la transitabilidad de tramos críticos de la trocha carrozable del distrito de Tipan - anexo de Yacmes, provincia de Castilla, interrumpida en 06 tramos de longitud total de 1.05 Km, por efectos de Llocllas - Huaycos derrumbes y deslizamientos, provocado por las intensas precipitaciones ocurridas el día 13 de febrero del 2012”; para la “Adquisición de tubería de PVC de Diam.14” para recuperar el servicio de conducción del agua de riego Q=50 l/s del canal Patapedro del Anexo de Paracolca, Distrito de Tipan, colapsado en tramos críticos una longitud total de 210 ml, debido a Huaycos - Lloclla y derrumbes ocasionados por las intensas precipitaciones ocurridas el 13 de febrero del 2012”; para la “Adquisición de tubería de PVC de Diam.14” para recuperar el servicio de conducción del agua de riego Q=55 l/s del canal Coscota del Anexo de Paracolca, Distrito de Tipan; colapsado en tramos críticos una longitud total de 90 ml, debido a Huaycos - Lloclla y derrumbes ocasionados por las intensas precipitaciones ocurridas el 13 de febrero del 2012”; y para la “Adquisición de tubería de PVC de Diam.14” para recuperar el servicio de conducción del agua de riego Q=60 l/s del canal Sihuran anexo Yacmes, Distrito de Tipan; colapsado en tramos críticos una longitud total de 600 ml, debido a Huaycos - Lloclla y derrumbes ocasionados por las intensas precipitaciones ocurridas el 13 de febrero del 2012”; Que, conforme lo señalado en el numeral 11.4 del artículo 11º de la Directiva Nº 001-2012-EF/63.01, el INDECI evalúa las Fichas Técnicas de Actividad de Emergencia y, de ser procedente, las aprueba expresamente a través del Informe del Director Nacional del órgano de línea del INDECI. Adicionalmente, el INDECI elabora el Informe Técnico de Aprobación de las Fichas Técnicas de Actividad de Emergencia, el cual debe estar suscrito por los profesionales de los niveles jerárquicos que amerite la aprobación, incorporación y transferencia de los recursos correspondientes, y refrendado en todos sus términos por el Director Nacional del INDECI correspondiente; Que, asimismo el numeral 16.3 del artículo 16º de la citada Directiva, señala que la Entidad que ha recibido la transferencia fi nanciera del INDECI es responsable del adecuado uso de los recursos a que se refi ere la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29813, en virtud de los convenios que suscriban u otros documentos que sustenten las transferencias fi nancieras. Asimismo, la entidad que ha recibido la transferencia fi nanciera del INDECI, es responsable del cumplimiento de las metas físicas, liquidación, supervisión o inspección de los mismos; Que, de acuerdo al Informe Técnico Nº 008- 2012-INDECI/DNPE/EPEFT de Vistos, el Equipo de Profesionales, luego de la evaluación correspondiente describe la situación de nexo causalidad: magnitud de los daños, actividad requerida, componentes, metas, presupuesto, programación y calendario de ejecución; Según señalan en sus fi chas técnicas, a consecuencia de las intensas precipitaciones del 13 de febrero del 2012 en el distrito de Tipan generó deslizamientos de material provenientes de cerros adyacentes y huaycos destruyendo tramos de canales de riego interrumpiendo el servicio, y la acumulación de material de derrumbes sobre las plataforma de trochas carrozables dejando intransitable la vía, motivo por el cual se recomienda la adquisición de tuberías PVC para recuperar el servicio de conducción de agua de riego para los canales Sihuran, Ambraja, Patapedro, Furia y Coscota, y para la recuperación de la transitabilidad de la trocha carrozable Tipan - anexo de Yacmes mediante trabajos de corte de talud, limpieza y remoción de material de derrumbe, según lo señalado en las fi chas técnicas; Que, el Director Nacional de Proyectos Especiales del INDECI, mediante el Informe Técnico Nº 008-2012- INDECI/14.0 de Vistos, aprobó seis (06) Fichas Técnicas formuladas por el Gobierno Regional de Arequipa, hasta por la suma de S/. 167 645,00 (CIENTO SESENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES), los cuales serán transferidos fi nancieramente a favor de la Municipalidad Distrital de Tipan del Departamento de Arequipa, con cargo a la Reserva de Contingencia a que se refi ere la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29813, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, y cuyo plazo y modalidad