Norma Legal Oficial del día 23 de abril del año 2013 (23/04/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 4

493350
y las entidades competentes a efectos de garantizar el cumplimiento efectivo de las condenas penales por delitos de corrupcion a traves de la repatriacion de fondos y el pago integro de la reparacion civil. 2.18. Registro Nacional de la Corrupcion.Se sistematizara, sobre la base de los registros de la corrupcion creados por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, informacion estadistica sobre los casos de corrupcion que comprenda todas las fases del MORDAZA penal, desde la denuncia ingresada al Ministerio Publico hasta la decision final. 2.19. Propuestas legislativas para el fortalecimiento de medidas contra la impunidad.Se impulsaran propuestas legales para contar con un MORDAZA normativo coherente que impida que los que cometen actos de corrupcion queden impunes, y los que son condenados sin haber cumplido con el pago integro de la reparacion civil regresen a trabajar en el Estado. 2.20. Planes anticorrupcion sectoriales.Se elaboraran planes anticorrupcion en las entidades del Poder Ejecutivo que contengan medidas de prevencion y sancion de la corrupcion, teniendo en cuenta los procesos de mayor vulnerabilidad a la corrupcion y los casos de corrupcion que afecta a cada uno de ellos. Articulo 3º.- Monitoreo del cumplimiento de la Estrategia Anticorrupcion del Poder Ejecutivo La Coordinacion General de la Comision de Alto Nivel Anticorrupcion, adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros, se encargara de realizar el seguimiento y la supervision del cumplimiento de la Estrategia Anticorrupcion del Poder Ejecutivo, para cuyo efecto debera coordinar con las entidades del Poder Ejecutivo responsables de la ejecucion de las actividades contenidas en esta Estrategia. Articulo 4º.- Financiamiento La implementacion de las acciones previstas en el MORDAZA de lo dispuesto en la presente MORDAZA se financia con cargo al Presupuesto Institucional autorizado de los pliegos correspondientes, para los fines establecidos en el mismo, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Publico y conforme a las disposiciones legales vigentes. Articulo 5º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Justicia y Derechos Humanos. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintidos dias del mes de MORDAZA del ano dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros EDA A. MORDAZA FRANCHINI Ministra de Justicia y Derechos Humanos 928403-1

El Peruano Martes 23 de MORDAZA de 2013

de una Delegacion del Ministerio de Salud al Ministerio de Salud del Brasil, del 24 al 25 de MORDAZA de 2013; Que, la referida visita permitira afianzar las relaciones de ambos Ministerios de Salud en torno a una agenda de cooperacion que contempla la visita al Ministerio de Salud de Brasil, ubicado en la MORDAZA de Brasilia, asi como la visita a la Fundacion MORDAZA Cruz-Fiocruz y al Instituto Suramericano de Gobierno en Salud, ubicados en la MORDAZA de Rio de Janeiro, Republica Federativa del Brasil; Que, mediante Nota Informativa N° 059-2013-OGCI/ MINSA de fecha 4 de febrero de 2013, el Director General de la Oficina General de Cooperacion Internacional del Ministerio de Salud informa sobre la realizacion de la referida visita e invita a la senora Ministra de Salud a presidir la Delegacion del Ministerio de Salud que viajara a la Republica Federativa del Brasil para participar del evento MORDAZA mencionado; Que, con Memorando Nº 939-2013-OGA/MINSA, la Oficina General de Administracion del Ministerio de Salud, informa que el viaje de la Senora Ministra de Salud a las ciudades de Brasilia y Rio de Janeiro, Republica Federativa del Brasil, para que participe en la referida visita, cuenta con la disponibilidad presupuestal correspondiente en la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios, Meta 459 de la Unidad Ejecutora Nº 001-Administracion Central, del Pliego 011 del Ministerio de Salud; Que, en tal sentido, resulta necesario autorizar la participacion de la Senora Ministra de Salud para que participe en la referida visita a realizarse en las ciudades de Brasilia y Rio de Janeiro, Republica Federativa del Brasil, del 24 al 25 de MORDAZA de 2013; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 127º de la Constitucion Politica del Peru; en la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013; en la Ley N° 27619, Ley que regula los viajes al exterior de los Servidores y Funcionarios Publicos, y su modificatoria, y en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las Normas Reglamentarias sobre Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje de la senora MORDAZA Musme MORDAZA De Habich MORDAZA, Ministra de Estado en la Cartera de Salud, a las ciudades de Brasilia y Rio de Janeiro, Republica Federativa del Brasil, del 23 al 26 de MORDAZA de 2013, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion Suprema. Articulo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion Suprema seran cubiertos con cargo a la Unidad Ejecutora 001, del Pliego 011, Ministerio de Salud, conforme al siguiente detalle:
- Pasaje en tarifa economica (incluido TUUA) - Viaticos x 3 dias (c/dia $ 200.00, incluidos gastos de instalacion) TOTAL : US$ 1,899.24 : US$ 600.00 -------------------: US$ 2,499.24

Autorizan viaje de la Ministra de Salud a Brasil y encargan su Despacho a la Ministra de Trabajo y Promocion del Empleo
RESOLUCION SUPREMA Nº 138-2013-PCM MORDAZA, 22 de MORDAZA del 2013 CONSIDERANDO: Que, en las ciudades de Brasilia y Rio de Janeiro, Republica Federativa del Brasil, se llevara a cabo la Visita

Articulo 3º.- Encargar la Cartera de Salud a la senora MORDAZA MORDAZA Laos MORDAZA, Ministra de Estado en la Cartera de Trabajo y Promocion del Empleo, del 24 al 25 de MORDAZA de 2013. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA DE HABICH MORDAZA Ministra de Salud 928403-2

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.