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El Peruano Martes 23 de abril de 2013 493352 General de Ejército Ricardo Homero MONCADA NOVOA, DNI Nº 43589739, Comandante General del Ejército y del Embajador Mario Juvenal LÓPEZ CHÁVARRI, DNI Nº 07773194, Director General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa, como parte de la delegación que acompañará y asesorará al señor Ministro de Defensa durante su Visita Ofi cial a la ciudad de Praga en la República Checa. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa – Administración General, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes: Lima – Praga (Conexión Paris) y Praga - Lima (Conexión París-Bogotá): US $ 5,106.26 x 2 personas (Incluye TUUA) US$ 10,212.52 Viáticos: US$ 260.00 x 2 personas x 4 días US$ 2,080.00 --------------------- TOTAL: US$ 12,292.52 Artículo 3º.- El personal comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuarán la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el Artículo 6° del Decreto Supremo N° 047- 2002-PCM. Artículo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni los nombres de los participantes. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 928403-3 EDUCACION Encargan funciones de Jefe de la Unidad de Cooperación Financiera No Reembolsable de la Oficina de Cooperación Internacional RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0194-2013-ED Lima, 22 de abril de 2013 CONSIDERANDO: Que, con Resolución Ministerial N° 0520-2012-ED, se designó al señor José Ernesto Olano Vargas, como Jefe de la Unidad de Cooperación Financiera No Reembolsable de la Ofi cina de Cooperación Internacional, dependiente del Viceministerio de Gestión Institucional del Ministerio de Educación; Que, se ha visto por conveniente dar por concluida la designación del señor José Ernesto Olano Vargas; Que, en consecuencia, resulta necesario encargar las funciones de Jefe de la Unidad de Cooperación Financiera No Reembolsable de la Ofi cina de Cooperación Internacional, a fi n de garantizar la continuidad del servicio; De conformidad con lo previsto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modifi cado por la Ley Nº 26510; y en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2012-ED; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación del señor JOSÉ ERNESTO OLANO VARGAS, como Jefe de la Unidad de Cooperación Financiera No Reembolsable de la Ofi cina de Cooperación Internacional, dependiente del Viceministerio de Gestión Institucional del Ministerio de Educación. Artículo 2.- Encargar las funciones de Jefe de la Unidad de Cooperación Financiera No Reembolsable de la Ofi cina de Cooperación Internacional, dependiente del Viceministerio de Gestión Institucional del Ministerio de Educación, a la señora MAGALY MALENA VASQUEZ ZAPATA, Asesora del Viceministerio de Gestión Institucional, en adición a sus funciones y en tanto se designe al titular del referido cargo. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS O’BRIEN Ministra de Educación 928157-1 ENERGIA Y MINAS Modifican R.M. N° 578-2006-MEM/ DM que impuso servidumbre de acueductos y obras hidroeléctricas para la futura Central Hidroeléctrica Tarucani, ubicada en el departamento de Arequipa RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 147-2013-MEM/DM Lima, 16 de abril de 2013 VISTO: El Expediente Nº 11126202 organizado por la concesionaria Tarucani Generating Company S.A., persona jurídica inscrita en la Partida N° 11006523 del Registro de Personas Jurídicas de la Ofi cina Registral Regional de Arequipa, sobre solicitud de modifi cación de la servidumbre de acueductos y obras hidroeléctricas de las Obras de Toma de Agua de la futura Central Hidroeléctrica Tarucani; CONSIDERANDO: Que, en mérito de la Resolución Suprema N° 125-2001- EM, publicada el 21 de julio de 2001, Tarucani Generating Company S.A. es titular de la concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la futura Central Hidroeléctrica Tarucani; Que, mediante el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 578-2006-MEM/DM, publicada el 08 de diciembre de 2006, se impuso la servidumbre permanente de acueductos, obras hidroeléctricas y de tránsito para la Central Hidroeléctrica Tarucani, ubicada en el distrito de Lluta, provincia de Caylloma, departamento de Arequipa; Que, mediante documento presentado al Ministerio de Energía y Minas con fecha 14 de setiembre de 2012, Tarucani Generating Company S.A. solicitó la modifi cación de la servidumbre de acueductos y obras hidroeléctricas de las Obras de Toma de Agua de la futura Central, impuesta sobre predios de propiedad pública; Que, del contenido de su solicitud, se desprende que la referida modifi cación implica la ampliación del área de servidumbre de acueductos y obras hidroeléctricas de la mencionada instalación en 1 589,06 metros cuadrados, adicionalmente al área ya establecida;