Norma Legal Oficial del día 23 de abril del año 2013 (23/04/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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MORDAZA MORDAZA en el cargo de Juez Superior Titular de la Corte Superior de Justicia de Huaura; dandosele las MORDAZA por los servicios prestados a la Nacion. Articulo Segundo.- Transcribir la presente resolucion al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Huaura, Gerencia General del Poder Judicial y al interesado, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 927941-1 927941-2

El Peruano Martes 23 de MORDAZA de 2013

Justicia de MORDAZA, Gerencia General del Poder Judicial y al interesado, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente

Aceptan renuncia de Juez Titular del MORDAZA Juzgado Mixto de San MORDAZA de Lurigancho, Corte Superior de Justicia de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 034-2013-P-CE-PJ MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2013 VISTO: El Oficio N° 639-2013-P-CSJLI/PJ cursado por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, que remite la solicitud de renuncia presentada por el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez Titular del MORDAZA Juzgado Mixto de San MORDAZA de Lurigancho, Distrito Judicial de MORDAZA, con certificacion de firma ante la Secretaria de Presidencia de la mencionada sede judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA formula renuncia al cargo de Juez Titular del MORDAZA Juzgado Mixto de San MORDAZA de Lurigancho, Corte Superior de Justicia de MORDAZA, a partir del 1 de MORDAZA del ano en curso, nombrado por el Consejo Nacional de la Magistratura mediante Resolucion Administrativa N° 1862006-CNM, de fecha 26 de MORDAZA de 2006. Segundo. Que el cargo de Juez termina, entre otras causales, por renuncia desde que es aceptada, conforme lo establece el articulo 107°, numeral 3), de la Ley de la MORDAZA Judicial. Tercero. Que, sin perjuicio de lo expuesto precedentemente, es menester precisar que la aceptacion de la renuncia formulada por el recurrente no implica en modo alguno eximirlo de responsabilidad por cualquier hecho que pudiera ser materia de investigacion y que se hubiera producido durante el ejercicio de sus funciones como Juez de este Poder del Estado. En consecuencia: el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las facultades otorgadas mediante Resolucion Administrativa N° 066-2011-CE-PJ, de fecha 23 de febrero de 2011. RESUELVE: Articulo Primero.- Aceptar, a partir del 1 de MORDAZA del ano en curso, la renuncia formulada por el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA al cargo de Juez Titular del MORDAZA Juzgado Mixto de San MORDAZA de Lurigancho, Corte Superior de Justicia de Lima; sin perjuicio de lo expuesto en el tercer considerando de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Transcribir la presente resolucion al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, Gerencia General del Poder Judicial y al interesado para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 927941-3

Cesan por limite de edad a Juez Titular del Setimo Juzgado Penal de Chiclayo, actual Juez Superior Provisional de la Sala Penal Transitoria de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 033-2013-P-CE-PJ MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2013 VISTO: El Memorandum N° 005-2013-GPEJ-GG-PJ elaborado por el Gerente de Personal y Escalafon Judicial de la Gerencia General del Poder Judicial, con relacion al cese por limite de edad del doctor Cromwell Seclen Nunez del Arco, Juez Titular del Setimo Juzgado Penal de Chiclayo, quien actualmente se desempena como Juez Superior Provisional de la Sala Penal Transitoria de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque. CONSIDERANDO: Primero. Que por Resolucion Suprema N° 419-84JUS, de fecha 20 de noviembre de 1984, se nombro al doctor Cromwell Seclen Nunez del Arco, como Juez Titular del Setimo Juzgado de Instruccion de Chiclayo, Corte Superior de Justicia de Lambayeque. Segundo. Que el cargo de Juez termina, entre otras causales, por alcanzar la edad limite de setenta anos, conforme lo establece el articulo 107°, numeral 9), de la Ley de la MORDAZA Judicial. Tercero. Que, al respecto, del Memorandum N° 0052013-GPEJ-GG-PJ, elaborado por el Gerente de Personal y Escalafon Judicial de la Gerencia General del Poder Judicial, asi como de la fotocopia de la ficha del Registro de Identidad - RENIEC anexa, aparece que el nombrado juez nacio el 25 de MORDAZA de 1943. Por consiguiente, el 25 de MORDAZA del ano en curso cumplira setenta anos de edad; correspondiendo disponer su cese por limite de edad, de conformidad con lo previsto en la precitada normatividad. En consecuencia, el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las facultades otorgadas mediante Resolucion Administrativa N° 101-2011-CE-PJ, de fecha 16 de marzo de 2011. RESUELVE: Articulo Primero.- MORDAZA por limite de edad, a partir del dia 25 de MORDAZA del ano en curso, al doctor Cromwell Seclen Nunez del Arco en el cargo de Juez Titular del Setimo Juzgado Penal de Chiclayo, quien actualmente se desempena como Juez Superior Provisional de la Sala Penal Transitoria de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque; dandosele las MORDAZA por los servicios prestados a la Nacion. Articulo Segundo.- Transcribir la presente resolucion al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de

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