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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE AGOSTO DEL AÑO 2013 (14/08/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 9

El Peruano Miércoles 14 de agosto de 2013 501083 y estables, para favorecer el aprovechamiento sostenible de los ecosistemas forestales y los demás componentes del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre de la Nación, lo que incluye las plantaciones forestales y los sistemas de producción agroforestal. El Estado, para este propósito, reconoce la prioridad de contar con una gestión pública efi ciente, efectiva, democrática, participativa, transparente, solidaria e inclusiva, que ofrezca igualdad de oportunidades a todos los usuarios y revalore el importante papel desempeñado por las mujeres en el manejo y cuidado de nuestros bosques. Asimismo, destaca la importancia de fortalecer los factores de competitividad, en el marco de la responsabilidad social y ambiental y la promoción de la participación ciudadana, a través de un adecuado marco de gobernanza forestal y de fauna silvestre. En este contexto, se presenta la Política Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, como un instrumento fundamental para guiar de manera clara y con visión de largo plazo la gestión forestal y de fauna silvestre del Perú. Esta Política es el resultado de un complejo y fructífero proceso de diálogo y concertación, llevado a cabo entre los meses de Noviembre del 2009 y Junio del 2010, luego actualizado y revisado durante los años 2012 y 2013, como parte del Proceso de Fortalecimiento de Sector Forestal y de Fauna Silvestre. La Política Nacional Forestal y de Fauna Silvestre es, en suma, el producto de un valioso e inédito esfuerzo para armonizar las aspiraciones y expectativas de una gran diversidad de actores: pobladores de los bosques; usuarios forestales; organizaciones indígenas; gremios empresariales; instituciones académicas y organismos no gubernamentales de desarrollo; autoridades sectoriales; gobiernos regionales y gobiernos locales; con el interés común de la Nación, que el Estado Peruano está obligado a garantizar para nuestras generaciones presentes y venideras. Marco Normativo1 La Constitución Política del Perú2 señala que los recursos renovables y no renovables son patrimonio de la Nación, que el Estado es soberano en su aprovechamiento y que por ley orgánica se fi ja las condiciones de su utilización. Asimismo, promueve el uso sostenible de sus recursos naturales y señala la obligación de conservación de la diversidad biológica y de las áreas naturales protegidas. El Acuerdo Nacional3 recoge compromisos explícitos respecto a: integrar la política nacional ambiental con las políticas económicas, sociales, culturales y de ordenamiento territorial; institucionalizar la gestión ambiental, pública y privada, para proteger la diversidad biológica y facilitar el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales –con referencia explícita a los recursos forestales-; e impulsar el desarrollo agrario y rural del país, lo que incluye a la agricultura, ganadería, acuicultura, agroindustria y el aprovechamiento forestal sostenible. La Política Nacional del Ambiente4 resalta la importancia de los bosques en el Perú, lo que incluye su papel en la mitigación y adaptación al cambio climático. Los Lineamientos de Política referidos a Bosques incluido en el Eje de Política 1 sobre Conservación y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y de la diversidad biológica establece: impulsar la gestión sostenible e integrada de los bosques; prevenir la reducción y degradación de bosques y sus recursos; conservar e incrementar la cobertura boscosa – con su biodiversidad y servicios ambientales - y la capacidad productiva del ecosistema; privilegiar el aprovechamiento integral de los recursos del bosque; fomentar la reforestación; fortalecer el control y vigilancia con participación comunitaria y ciudadana; y evitar la deforestación de los bosques naturales. La Ley Orgánica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales5, en tanto es norma de desarrollo constitucional, defi ne las condiciones para el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales; precisa cómo el manejo racional toma en cuenta la capacidad de renovación de estos recursos, evita su sobreexplotación y los repone cualitativa y cuantitativamente. En este marco, la Ley Forestal y de Fauna Silvestre defi ne el alcance de la normatividad forestal, así como el patrimonio y los recursos forestales y de fauna silvestre, al tiempo que desarrolla los criterios y establece mandatos para su ordenamiento, su otorgamiento a particulares y su aprovechamiento sostenible. La Política Nacional Forestal y de Fauna Silvestre es una política del Estado que involucra a todos sus niveles de gobierno y actores públicos y privados, siendo de obligatorio cumplimiento para los gobiernos regionales. Se inscribe en el marco legal y de políticas públicas descrito, así como en el conjunto de normas y políticas sectoriales, regionales y locales aprobadas y vigentes por el Estado Peruano. Asimismo, respeta los tratados, acuerdos y convenios internacionales ratifi cados por el Perú, relacionados con el patrimonio forestal y de fauna silvestre de la Nación, los derechos colectivos de los pueblos indígenas, los derechos humanos y la equidad de género. Principios de la gestión forestal y de fauna silvestre La Política Nacional Forestal y de Fauna Silvestre adopta los principios contenidos en la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley Nº 29158, la Ley Orgánica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales, Ley Nº 26821 y la Ley Forestal y de Fauna Silvestre, Ley Nº 29763, en concordancia con la Política Nacional del Ambiente, D.S. Nº 012-2009-MINAM y las normas referidas a los derechos de los Pueblos Indígenas. Destacan los siguientes principios: 1. Gobernanza forestal: La gestión forestal y de fauna silvestre, busca la armonización de las políticas, y el fortalecimiento de institucionalidad, normas, procedimientos, herramientas e información, de manera tal que sea posible la participación efectiva, descentralizada, integrada, informada y equitativa de los diversos actores públicos y privados en la toma de decisiones, el acceso a benefi cios, el manejo de confl ictos y la construcción de consensos, sobre la base de responsabilidades claramente defi nidas, seguridad jurídica, transparencia y rendición de cuentas. 2. Enfoque intersectorial: El desarrollo pleno del sector forestal depende de una efi ciente coordinación y cooperación intersectorial, interinstitucional e interdisciplinaria, que es necesario fomentar y desarrollar en todos los niveles de gobierno, como condición fundamental para que la Política Nacional Forestal y de Fauna Silvestre pueda implementarse a plenitud. 3. Sostenibilidad en el aprovechamiento del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre de la Nación: Las políticas, normas, instrumentos y acciones relacionados con el Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre de la Nación, que promueve el Estado en sus tres niveles de gobierno, deberán estar orientadas a lograr un desarrollo sostenible que integre las dimensiones económica, social y ambiental, así como el logro de objetivos específi cos y lineamientos expresados en la Política Nacional Forestal y de Fauna Silvestre. 4. Enfoque ecosistémico: La gestión del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre de la Nación se rige por el enfoque ecosistémico, en el marco del Convenio sobre la Diversidad Biológica, entendido como una estrategia para el manejo integrado de las tierras, aguas y recursos vivos, que promueve la conservación y uso sostenible de un modo equitativo. Busca comprender y gestionar los ecosistemas forestales y otros ecosistemas de vegetación silvestre, a través de procesos de manejo adaptativo que consideren: los factores ambientales, ecológicos, económicos, socioculturales, la cosmovisión indígena, la zonifi cación ecológica económica y el ordenamiento territorial. Se reconoce la importancia de los ecosistemas silvestres como espacio de vida, hábitat de la fauna y fuente de agua, así como por su contribución a la seguridad alimentaria y bienestar de la población rural que depende de ellos. 5. Competitividad y productividad: Las acciones públicas en materia forestal y de fauna silvestre deben contribuir a mejorar la competitividad del país, en el marco del desarrollo socioeconómico y la protección del interés público. La diversifi cación de los bienes y servicios del bosque, a través del manejo, transformación industrial, conservación y ecoturismo, debe tender a lograr mayor rentabilidad y distribución de benefi cios, promoviendo 1 En el Anexo 1 Base Legal detallan las principales normas vinculadas a la gestión forestal y de fauna silvestre. 2 Artículos 66 al 69 3 Política Nº 19. Desarrollo sostenible y gestión ambiental y Política Nº 23. Política de desarrollo agrario y rural 4 Aprobada por Decreto Supremo Nº 012-2009-MINAM, publicada el 23 de Mayo del 2009 5 Aprobada por Ley Nº 26821, publicado el 26 de junio de 1997