Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE AGOSTO DEL AÑO 2013 (14/08/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 17

El Peruano Miércoles 14 de agosto de 2013 501091 Visto; el Memorando N° 335-2013-MINAM-VMGA de 01 de agosto de 2013, del Viceministerio de Gestión Ambiental; el Informe N° 040-2013-MINAM-VMGA-DGECCA de 26 de julio de 2013, de la Dirección General de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental; el Informe N° 00006-2013- LSARMIENTO-DGECCA/MINAM de 22 de julio de 2013, del Especialista en Participación Ciudadana de la Dirección General de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental; y demás antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, el Premio Nacional de Ciudadanía Ambiental es promovido y convocado por el Ministerio del Ambiente - MINAM y el Grupo Técnico Nacional de Ciudadanía Ambiental, para reconocer anualmente las buenas ideas, la creatividad, las experiencias, los proyectos u otras prácticas favorables al ambiente, llevados adelante por personas, grupos, organizaciones, empresas, entre otros actores de la sociedad civil; Que, el “Premio Nacional de Ciudadanía Ambiental 2013” tuvo como objetivo identifi car, reconocer y difundir la creatividad, el compromiso y los mejores desempeños ambientales de la ciudadanía e inducir su réplica en benefi cio del ambiente y la mejor calidad de vida, así como la construcción de una sociedad sostenible, competitiva, inclusiva y con identidad; Que, en las Bases del citado Premio Nacional se consignaron siete (7) Categorías: I) Comunicación; II) Econegocios y Biocomercio; III) Educación Ambiental Comunitaria; IV) Expresiones Artísticas; V) Participación Comunitaria Ambiental; VI) Tradiciones Ambientales Populares; y, VII) Voluntariado Ambiental; estableciéndose, asimismo, el mecanismo y Cronograma de presentación de las postulaciones; Que, el Jurado Califi cador, integrado por representantes de la Defensoría del Pueblo, la Pontifi cia Universidad Católica del Perú, el Instituto de Investigación y Capacitación Municipal (INICAM); el Concilio Nacional Evangélico del Perú, la Comisión Episcopal de Acción Social (CEAS), la Asociación Nacional de Centros de Investigación, Promoción Social y Desarrollo (ANC), Mota Engil Perú y el Ministerio del Ambiente; como resultado del proceso de evaluación y califi cación llevado a cabo, ha determinado a los ganadores de las mencionadas Categorías; Que, en ese sentido, y con el propósito de continuar incentivando las iniciativas sobre creatividad, el compromiso y los mejores desempeños ambientales, corresponde ofi cializar el reconocimiento público a los ganadores en cada Categoría mediante la emisión de la presente resolución; Con el visado del Viceministerio de Gestión Ambiental, la Secretaría General, y la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente y el Decreto Supremo Nº 007-2008-MINAM, que aprueba su Reglamento de Organización y Funciones. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Reconocer y felicitar a los ganadores del “Premio Nacional de Ciudadanía Ambiental 2013”, promovido y convocado por el Ministerio del Ambiente - MINAM y el Grupo Técnico Nacional de Ciudadanía Ambiental, de acuerdo a las siguientes Categorías: CATEGORÍA GANADOR INICIATIVA I COMUNICACIÓN Alberto Genaro Navarro Merino Piura Producción de informes radiales sobre el árbol emblemático del Norte “ALGARROBO” para promover su conservación, abordando su importancia económica, ecológica, cultural, ambiental y científi ca. II ECONEGOCIOS Y BIOCOMERCIO Asociación Biohuerto Ecológico San Martín de Porras Lambayeque Transformación de un terreno arenal en biohuerto ecológico y hoy comercializan productos orgánicos en mercados y ferias. ECOPURÚS Púrus – Ucayali Manejo de rodales semilleros de caoba y su comercialización a través de la recolección de semillas y cultivos de árboles de caoba para el repoblamiento de sus bosques. III EDUCACIÓN AMBIENTAL COMUNITARIA Centro Amazónico de Educación Ambiental e Investigación- ACEER Madre de Dios Generación de conocimientos y valoración de los recursos naturales de los bosques amazónicos a través del uso de títeres representados por animales de la región, quienes narran sus vivencias y difi cultades. CATEGORÍA GANADOR INICIATIVA IV EXPRESIONES ARTÍSTICAS NOMADAS Lima, Ancash, Madre de Dios, Loreto, Tumbes y Ucayali Creación de un nuevo espacio de comunicación y refl exión dedicado al ambiente en zonas que sufren de abandono social y cultural a través del cine y audiovisual en las calles. V PARTICIPACIÓN COMUNITARIA AMBIENTAL Asociación de Trabajadores de Lombricultura 1° de Mayo San Juan de Lurigancho-Lima Fortalecimiento de capacidades y conocimientos en tres comunidades, en la aplicación y gestión de prácticas ambientales sostenibles y un mejor uso de espacios y reaprovechamiento de los recursos comunitarios. VI TRADICIONES AMBIENTALES POPULARES Comunidad Nativa Puerto Prado Nauta-Loreto Revalorización de conocimientos y usos tradicionales a través de la puesta en valor de la lengua Kukama y la organización comunal para el desarrollo de actividades de aprovechamiento sostenible de sus recursos. VII VOLUNTARIADO AMBIENTAL Grupo Comando Ecológico Huacho y Pachacámac-Lima Movilización de la población civil y organizaciones públicas y privadas para la conservación de las Lomas de Lachay y Lúcumo, mediante la reforestación con especies nativas que eviten la degradación del ecosistema y el cambio de uso. Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal de Transparencia del Ministerio del Ambiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL PULGAR-VIDAL OTÁLORA Ministro del Ambiente 974551-2 Designan representante alterna del Ministerio ante Comisión Técnica Multisectorial constituida mediante la Ley Nº 29662 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 235-2013-MINAM Lima, 12 de agosto de 2013 Visto; el Memorando Nº 336-2013-VMGA-MINAM de 01 de agosto de 2013, del Viceministerio de Gestión Ambiental del Ministerio del Ambiente, y demás antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, a través del artículo 3º de la Ley Nº 29662, Ley que prohíbe el asbesto anfíboles y regula el uso del asbesto crisotilo, se constituye la Comisión Técnica Multisectorial encargada de velar permanentemente por su cumplimiento y proponer las normas reglamentarias pertinentes, en concordancia con el Convenio 162 y la Recomendación 172 de la Organización Internacional del Trabajo (OlT), así como estudiar y, de ser el caso, proponer la eliminación progresiva del asbesto crisotilo y el tiempo de su ejecución; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 105- 2012-MINAM de 19 de abril de 2012, se designó a los representantes titular y alterno del Ministerio del Ambiente ante la referida Comisión Técnica Multisectorial; Que, mediante Informe Técnico Nº 487-2013-DGCA- VMGA/MINAM de 25 de julio de 2013, e Informe Nº 108-2013-DGCA-VMGA/MINAM de 26 de julio de 2013, se comunica el cambio de representante alterno del Ministerio del Ambiente ante la referida Comisión Técnica Multisectorial, por lo que, estando a lo señalado, resulta necesario designar al nuevo representante; Con el visado del Viceministerio de Gestión Ambiental, la Secretaría General y la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29662, Ley que prohíbe el asbesto anfíboles y regula el uso del asbesto crisotilo; el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2008-MINAM;