Norma Legal Oficial del día 04 de diciembre del año 2013 (04/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano Miercoles 4 de diciembre de 2013

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US$ US$ US$ 2,300.00 1,890.00 4,190.00 Que, segun el Informe Legal Nº 933-2013-ANA-OAJ/ JMDCF, la precitada resolucion incurre en error respecto a la denominacion de la administracion local de agua materia de delimitacion, por lo que resulta necesario proceder a su enmienda; Con el visto de la Oficina de Asesoria Juridica y de la Secretaria General, en uso de las atribuciones conferidas en el articulo 11 del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2010-AG; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Enmendar la Resolucion Jefatural Nº 4192013-ANA, en el extremo que la denominacion correcta de la administracion local de agua materia de delimitacion es "Administracion Local de Agua Mala Omas Canete" y no como erroneamente aparece en la precitada resolucion. Articulo 2º.- Precisar que toda referencia a "Administracion Local de Agua Canete Mala" debera entenderse como "Administracion Local de Agua Mala Omas Canete". Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Autoridad Nacional del Agua 1023335-2 RESOLUCION JEFATURAL Nº 522-2013-ANA MORDAZA, 2 de diciembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 422-2013ANA se aprobo la delimitacion del ambito territorial de la "Administracion Local de Agua Barranca"; Que, segun el Informe Legal Nº 934-2013-ANA-OAJ/ JMDCF, la precitada resolucion incurre en error respecto a la denominacion de la administracion local de agua materia de delimitacion, por lo que resulta necesario proceder a su enmienda; Con el visto de la Oficina de Asesoria Juridica y de la Secretaria General, en uso de las atribuciones conferidas en el articulo 11 del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2010-AG; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Enmendar la Resolucion Jefatural Nº 4222013-ANA, en el extremo que la denominacion correcta de la Administracion Local de Agua materia de delimitacion es "Administracion Local de Agua Barranca" y no como erroneamente aparece en la precitada resolucion. Articulo 2º.- Precisar que toda referencia a "Administracion Local de Agua Supe Pativilca Fortaleza" debera entenderse como "Administracion Local de Agua Barranca". Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Autoridad Nacional del Agua 1023335-3 RESOLUCION JEFATURAL Nº 523-2013-ANA MORDAZA, 2 de diciembre de 2013 CONSIDERANDO:

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pasajes (incluye TUUA) Viaticos Total

Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje autorizado, los mencionados funcionarios deberan presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendicion de cuentas por los viaticos entregados. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA, ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominacion. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Agricultura y Riego. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Agricultura y Riego 1023401-3

Enmiendan las RR.JJ. Nºs. 417, 419, 422 y 414-2013-ANA, en lo relativo a denominaciones de Administraciones Locales de Agua
RESOLUCION JEFATURAL Nº 520-2013-ANA MORDAZA, 2 de diciembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 417-2013ANA se aprobo la delimitacion del ambito territorial de la "Administracion Local de Agua Motupe Olmos La Leche"; Que, segun el Informe Legal Nº 932-2013-ANA-OAJ/ JMDCF, la precitada resolucion incurre en error respecto a la denominacion de la administracion local de agua materia de delimitacion, por lo que resulta necesario proceder a su enmienda; Con el visto de la Oficina de Asesoria Juridica y de la Secretaria General, en uso de las atribuciones conferidas en el articulo 11 del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2010-AG; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Enmendar la Resolucion Jefatural Nº 4172013-ANA, en el extremo que la denominacion correcta de la administracion local de agua materia de delimitacion es "Administracion Local de Agua Motupe Olmos La Leche" y no como erroneamente aparece en la precitada resolucion. Articulo 2º.- Precisar que toda referencia a "Administracion Local de Agua Motupe Olmos" debera entenderse como "Administracion Local de Agua Motupe Olmos La Leche". Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Autoridad Nacional del Agua 1023335-1 RESOLUCION JEFATURAL Nº 521-2013-ANA MORDAZA, 2 de diciembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 419-2013ANA se aprobo la delimitacion del ambito territorial de la "Administracion Local de Agua Mala Omas Canete";

Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 414-2013ANA se aprobo la delimitacion del ambito territorial de la "Administracion Local de Agua Ocona Pausa"; Que, segun el Informe Legal Nº 931-2013-ANA-OAJ/ JMDCF, la precitada resolucion incurre en error respecto a la denominacion de la administracion local de agua materia de delimitacion, por lo que resulta necesario proceder a su enmienda; Con el visto de la Oficina de Asesoria Juridica y de la Secretaria General, en uso de las atribuciones conferidas

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