Norma Legal Oficial del día 04 de diciembre del año 2013 (04/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no MORDAZA privativas a su funcion, siempre que la normatividad lo autorice; Que, en ese MORDAZA, el articulo 9 de la Ley N° 29357 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores dispone, entre otros aspectos, que la Ministra ejerce la titularidad del pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, pudiendo desconcentrar las facultades y atribuciones que no MORDAZA privativas a su funcion. Asimismo, el literal u) del articulo 7 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado mediante Decreto Supremo N° 135-2010-RE, establece que la Ministra de Relaciones Exteriores puede delegar las facultades y atribuciones que no MORDAZA privativas a su funcion de Ministra de Estado, de acuerdo a lo establecido en la Ley Organica del Poder Ejecutivo; Que, de conformidad con el articulo 11 de la referida Ley Nº 29357 y con el articulo 10 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, el Secretario General es la mas alta autoridad administrativa del Ministerio; Que, el articulo 5 del Decreto Legislativo Nº 1017 ­ Ley de Contrataciones del Estado, establece que el Titular de la Entidad puede delegar, mediante resolucion, la autoridad que dicha MORDAZA le otorga; Que, de otro lado, el articulo 74 de la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que la titularidad y el ejercicio de competencia asignada a los organos administrativos se desconcentra en otros jerarquicamente dependientes de aquellos, siguiendo los criterios establecidos en dicha Ley, por lo que es necesario establecer niveles de desconcentracion de los procesos decisorios en el Ministerio de Relaciones Exteriores, delegando en los titulares de la Secretaria General y de la Oficina General de Administracion, las facultades en materia de gestion administrativa y de contrataciones del Estado a que se refiere la presente resolucion, a la luz de la normativa legal anteriormente citada; Con los visados de la Secretaria General, de la Oficina General de Administracion, y de la Oficina General de Asuntos Legales; De conformidad con la Ley N° 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29357, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General; y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado mediante Decreto Supremo N° 135-2010-RE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- De la delegacion al titular de la Secretaria General Delegar en el Secretario General del Ministerio de Relaciones Exteriores, las siguientes facultades: 1.1. EN MATERIA NORMATIVA Aprobar directivas, planes, manuales, asi como todo documento normativo que regule los actos de administracion interna, elaboracion de documentos de gestion, tramites internos, lineamientos tecnicos-normativos y metodologicos, orientados a optimizar los procedimientos administrativos de caracter interno a cargo de todas las unidades organicas del Ministerio de Relaciones Exteriores. 1.2. EN MATERIA DE CONTRATACIONES DEL ESTADO a) Aprobar el Plan Anual de Contrataciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, asi como sus modificatorias. b) Autorizar los procesos de estandarizacion. c) Resolver los recursos de apelacion interpuestos contra los actos dictados durante el desarrollo de procesos de seleccion correspondientes a Adjudicacion Directa Selectiva y Adjudicacion de Menor Cuantia, desde la convocatoria hasta aquellos emitidos MORDAZA de la celebracion del contrato. 1.3. EN MATERIA ADMINISTRATIVA a) Resolver los recursos administrativos interpuestos ante los organos dependientes del Ministerio de

El Peruano Miercoles 4 de diciembre de 2013

Relaciones Exteriores, en aquellos procedimientos en los que este constituya MORDAZA instancia. b) Constituir Comisiones, grupos de trabajo y/o similares, al interior de la Entidad, asi como disponer la modificacion de la conformacion de los mismos, de ser el caso. c) Suscribir Convenios de Gestion y de Cooperacion Interinstitucional en materias de su competencia y sus respectivas adendas, con excepcion de aquellos que por MORDAZA expresa deben ser suscritos por el Titular de la Entidad. Articulo 2.- De la delegacion al titular de la Oficina General de Administracion Delegar en el (la) Jefe (a) de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Relaciones Exteriores, las siguientes facultades: 2.1 EN MATERIA DE CONTRATACIONES DEL ESTADO a) Aprobar las Bases de los procesos de seleccion correspondientes a Licitacion Publica, Concurso Publico, Adjudicacion Directa Publica, Adjudicacion Directa Selectiva y Adjudicacion de Menor Cuantia que realice el Ministerio de Relaciones Exteriores, asi como las Adjudicaciones de Menor Cuantia derivadas de la declaratoria de desierto de los procesos de seleccion MORDAZA mencionados; y las bases correspondientes a las exoneraciones que se aprueben. b) Designar a los miembros integrantes de los Comites Especiales, que tendran a su cargo la organizacion, conduccion y ejecucion de los procesos de seleccion que convoque la Entidad; asi como disponer la modificacion de la conformacion de los mismos, en los procesos de seleccion correspondientes a Licitacion Publica, Concurso Publico, Adjudicacion Directa Publica, Adjudicacion Directiva Selectiva, Adjudicacion de Menor Cuantia y Adjudicacion de Menor Cuantia derivada de la declaratoria de desierto de los procesos de seleccion MORDAZA mencionados. c) Aprobar la asignacion suficiente de recursos para el otorgamiento de la Buena Pro para la contratacion de obras, cuando las propuestas economicas superen el valor referencial hasta el limite de diez por ciento (10%), debiendose verificar que la propuesta economica no afecte la declaratoria de viabilidad del proyecto. d) Aprobar la ejecucion de prestaciones adicionales o la reduccion de las mismas, siempre que se cuente con la asignacion presupuestaria suficiente, MORDAZA hasta por el veinticinco por ciento (25%) del monto del contrato original, que tengan como objeto la contratacion de bienes y servicios, para el caso de procesos de seleccion correspondientes a Licitacion Publica, Concurso Publico, Adjudicacion Directa Publica, Adjudicacion Directa Selectiva y Adjudicacion de Menor Cuantia, asi como Adjudicacion de Menor Cuantia derivada de la declaratoria de desierto de los procesos de seleccion MORDAZA mencionados, de conformidad con la normativa de contratacion publica. e) Aprobar los Expedientes de Contratacion correspondientes a Licitacion Publica, Concurso Publico, Adjudicacion Directa Publica, Adjudicacion Directa Selectiva, y Adjudicaciones de Menor Cuantia para la contratacion de bienes, servicios y/u obras, que realice el Ministerio de Relaciones Exteriores, asi como Adjudicaciones de Menor Cuantia derivadas de las declaratoria de desierto de los procesos MORDAZA indicados. f) Aprobar los Expedientes Tecnicos de las obras que realice la Unidad Ejecutora 000045 - Ministerio de Relaciones Exteriores, por administracion directa o a traves de la contratacion de terceros, en el MORDAZA de la normatividad legal vigente sobre la materia. g) Autorizar la participacion de expertos independientes en los Comites Especiales, para el caso de procesos de seleccion correspondientes a Licitacion Publica, Concursos Publico, Adjudicacion Directa Publica, Adjudicacion Directa Selectiva y Adjudicacion de Menor Cuantia. h) Suscribir los contratos y adendas que se deriven de los procesos de seleccion de Licitacion Publica, Concurso Publico, Adjudicacion Directa Publica, Adjudicacion Directa Selectiva, Adjudicacion de Menor Cuantia y Adjudicacion de Menor Cuantia derivada de la declaratoria de desierto de los procesos de seleccion MORDAZA mencionados; y las exoneraciones.

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