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El Peruano Miércoles 4 de diciembre de 2013 508291 i) Cancelar los procesos de selección correspondientes a Licitación Pública, Concurso Público, Adjudicación Directa Pública, Adjudicación Directiva Selectiva, Adjudicación de Menor Cuantía, y Adjudicación de Menor Cuantía derivada de la declaratoria de desierto de los procesos de selección antes mencionados. j) Autorizar las ampliaciones de plazo solicitadas por los contratistas, en el marco de lo dispuesto en la normativa de contratación pública. k) Aprobar las contrataciones complementarias de bienes y servicios, en el caso de contratos derivados de Licitación Pública, Concurso Público, Adjudicación Directa Pública, Adjudicación Directa Selectiva y Adjudicación de Menor Cuantía, así como de Adjudicación de Menor Cuantía derivada de la declaratoria de desierto de los procesos de selección antes mencionados. l) Resolver los contratos derivados de procesos de selección por Licitación Pública, Concurso Público, Adjudicación Directa Pública, Adjudicación Directa Selectiva, Adjudicación de Menor Cuantía y Adjudicación de Menor Cuantía derivada de la declaratoria de desierto de los procesos de selección antes mencionados. m) Representar a la Entidad ante el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE y ante el Tribunal de Contrataciones del Estado, en los procedimientos, trámites y gestiones que se realicen ante dichas instancias, de acuerdo con la normativa de contratación pública. El ejercicio de las facultades a las que se refi eren los literales a), b) y e), será efectuado utilizando los formatos que para el efecto sean aprobados por el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE. 2.2. EN MATERIA ADMINISTRATIVA a) Aprobar las solicitudes de baja y alta de bienes inmuebles y demás actos administrativos de disposición que deriven de los mismos. b) Suscribir contratos de carácter administrativo en representación del Ministerio de Relaciones Exteriores, en el marco de sus competencias, así como aquellos relacionados con la disposición de bienes muebles o inmuebles, en concordancia con la normativa del Sistema Nacional de Bienes Estatales. c) Representar al Ministerio de Relaciones Exteriores, ante las diferentes entidades públicas para realizar cualquier tipo de acto y/o actividad que resulten necesarias para el mejor desarrollo de las funciones del Ministerio, entre las que se encuentran la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT, el Servicio de Administración Tributaria de Lima – SAT, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, el Banco de la Nación, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – SUNARP y sus ofi cinas de las Zonas Registrales, el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE y las Municipalidades. d) Suscribir Convenios de Gestión y de Cooperación Interinstitucional relativos a la administración de bienes inmuebles, así como efectuar los trámites que se deriven de los mismos. e) Emitir los actos administrativos y efectuar los trámites correspondientes a la disposición, adquisición y administración de bienes estatales, inclusive los referidos a la autorización y aceptación de donaciones de bienes muebles e inmuebles a favor de entidades públicas cuando corresponda, conforme a la Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA, así como efectuar los trámites que se deriven de los mismos; y presentar ante la entidad pública propietaria y/o ante la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, los expedientes técnicos que se requieran para promover los actos de disposición. f) Expedir resoluciones sobre acciones administrativas para el castigo de las cuentas incobrables: Castigo Directo y Castigo Indirecto, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en el Instructivo N° 3 “Provisión y Castigo de las Cuentas Incobrables”, aprobado mediante Resolución de Contaduría N° 067-97-EF-93.01 y sus modifi catorias. g) Suscribir en representación del Ministerio de Relaciones Exteriores, la documentación que debe ser remitida a la Contraloría General de la República, en el marco de los dispuesto en la Resolución de Contraloría N° 063-2007-CG, Aprueban Reglamento de las Sociedades de Auditoría conformantes del Sistema Nacional de Control, lo cual incluye la suscripción de los contratos con las Sociedad de Auditoría conformantes del Sistema Nacional de Control. Artículo 3º.- Del alcance de la delegación La delegación de facultades, así como la asignación de responsabilidades a que se refi ere la presente resolución, comprende las atribuciones de decidir y resolver, pero no exime de la obligación de cumplir con los requisitos legales establecidos para cada caso. Artículo 4º.- De las actuaciones realizadas Los funcionarios a quienes se les delega las facultades indicadas en la presente resolución, están obligados a dar cuenta al Despacho Ministerial de Relaciones Exteriores, respecto de las actuaciones realizadas en el marco de las delegaciones otorgadas. Artículo 5º.- De la transcripción de la resolución Transcríbase la presente resolución ministerial a la Secretaría General y a los titulares de los órganos y unidades orgánicas del Ministerio de Relaciones Exteriores, para su conocimiento, cumplimiento y difusión. Artículo 6º.- De la vigencia Disponer que la presente resolución entre en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario ofi cial El Peruano. Artículo 7º.- De la derogación Deróguese la Resolución Ministerial Nº 0508-2012/ RE, de 16 de mayo de 2012. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDA RIVAS FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores 1023329-2 SALUD Designan Jefe de Equipo de la Secretaría General del Ministerio de Salud RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 766-2013/MINSA Lima, 29 de noviembre del 2013 Visto, el Expediente N° 13-116663-001, que contiene la Carta S/N, de fecha 11 de noviembre de 2013, presentada por el Abogado Luis Alberto Porturas Castro; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 041-2013-SA, de fecha 21 de setiembre de 2013, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal del Ministerio de Salud, en el cual, el cargo de Jefe de Equipo de la Secretaría General, se encuentra califi cado como Directivo Superior de Libre Designación; Que, con Resolución Ministerial Nº 677-2012/MINSA, de fecha 13 de agosto de 2012, se designó, entre otros, al Abogado Luis Alberto Porturas Castro, en el cargo de Jefe de Equipo, Nivel F-3, de la Secretaría General del Ministerio de Salud, disponiendo que el citado profesional prestará servicios en la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos; Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 008-2013/ MINSA, de fecha 4 de enero de 2013, se designó, entre otros, al Médico Cirujano Carlos Edie Vicente Cubillas, en el cargo de Supervisor II de la Dirección de Atención Integral y Calidad en Salud de la Dirección Ejecutiva de Salud de las Personas de la Dirección de Salud IV Lima Este del Ministerio de Salud; Que, con el documento de visto, el Abogado Luis Alberto Porturas Castro, formula renuncia al cargo que fuera designado mediante Resolución Ministerial Nº 677- 2012/MINSA;