Norma Legal Oficial del día 12 de enero del año 2013 (12/01/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, sabado 12 de enero de 2013

NORMAS LEGALES

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otros instrumentos de naturaleza analoga, incluidas sus adendas, celebrados con otra entidad o entre el Ministerio del Ambiente y organismos internacionales. c) Suscribir contratos de consultoria derivados de Convenios de Cooperacion Tecnica Internacional No Reembolsable u otros instrumentos de naturaleza analoga. d) Conformar comisiones o comites al interior de la entidad no regulados por la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. e) Oficializar el encargo de funciones de los organos de Apoyo, de Linea y de Asesoramiento del Ministerio del Ambiente, cuando el titular del cargo se encuentre ausente por motivos acreditados. f) Designar a los titulares y suplentes de las cuentas bancarias de la Unidad Ejecutora del Ministerio del Ambiente de acuerdo a la normatividad aprobada por la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico. g) Autorizar la elaboracion de expedientes tecnicos o estudios definitivos y la ejecucion de los Proyectos de Inversion Publica (PIP) declarados viables. h) Representar al Ministerio del Ambiente ante cualquier MORDAZA de autoridades y/o dependencias administrativas para iniciar y proseguir procedimientos, formular solicitudes y/o presentar escritos de caracter administrativo, desistirse, participar en cualquier MORDAZA de audiencias administrativas e interponer recursos administrativos de impugnacion. i) Aprobar y modificar el horario de recepcion de documentos por tramite documentario. 1.3. Facultades que se ejercen de conformidad a la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, para lo siguiente: a) Aprobar el Plan Anual de Contrataciones, asi como sus modificaciones. b) Aprobar la reserva del valor referencial. c) Autorizar los procesos de estandarizacion. d) Aprobar la asignacion suficiente de recursos para efectuar el otorgamiento de la buena pro a las propuestas que superen el valor referencial en procesos de seleccion para la ejecucion de obras, hasta el limite MORDAZA previsto por la Ley. e) Resolver los recursos de apelacion interpuestos en procesos de seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva y Adjudicacion de Menor Cuantia, de conformidad con lo establecido en el articulo 104º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. f) Aprobar la cancelacion de los procesos de seleccion. 1.4. Facultades que se ejercen de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 276 ­ Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico y su Reglamento; el Texto Unico Ordenado de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-97-TR y su Reglamento; y, el Decreto Legislativo Nº 1057 que regula el Regimen Laboral Especial de Contratacion Administrativa de Servicios y su Reglamento, para lo siguiente: a) Autorizar la convocatoria a Concurso Publico de Meritos para la contratacion de personal sujeto al Regimen Laboral del Decreto Legislativo Nº 276 y al Regimen Laboral de la Actividad Privada. b) Aprobar el requerimiento de contratacion de personal sujeto al Regimen Laboral Especial de Contratacion Administrativa de Servicios - CAS. c) Aprobar la cancelacion de los procesos que se convoquen para la contratacion de personal sujeto al Regimen Laboral del Decreto Legislativo Nº 276 y al Regimen Laboral de la Actividad Privada. d) Aprobar la cancelacion de los procesos de contratacion de personal sujeto al Regimen Laboral Especial de Contratacion Administrativa de Servicios CAS. Articulo 2º.- Delegacion de facultades a la Oficina General de Administracion Delegar en el funcionario a cargo de la Oficina General de Administracion del Ministerio del Ambiente para el Ano Fiscal 2013, las siguientes facultades y atribuciones:

2.1. Facultades de representacion para lo siguiente: a) Suscribir contratos bancarios y financieros celebrados por la Entidad. b) Suscribir Convenios, Adendas y similares que tengan vinculacion directa con el Sistema de Gestion de Recursos Humanos. 2.2. Facultades que se ejercen de conformidad a la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, para lo siguiente: a) Aprobar y custodiar los expedientes de contratacion para la realizacion de los procesos de seleccion. b) Aprobar y custodiar el Expediente Tecnico para el caso de obras. c) Aprobar las bases de los procesos de seleccion. d) Designar a los miembros integrantes de los Comites Especiales, Comites Especiales Permanentes y Comites Especiales Ad hoc. e) Autorizar la ejecucion de prestaciones adicionales en el caso de bienes y servicios hasta por el MORDAZA permitido por Ley. f) Autorizar la reduccion de prestaciones en el caso de bienes, servicios y obras hasta por el MORDAZA permitido por Ley. g) Celebrar contratos derivados de los procesos de seleccion para la adquisicion de bienes y la contratacion de servicios y obras, incluida la suscripcion de ordenes de compra y servicios, asi como suscribir adendas para su modificacion. h) Celebrar contratos complementarios de bienes y servicios. i) Resolver las solicitudes de ampliacion del plazo contractual. j) Aprobar la resolucion de los contratos por caso fortuito o fuerza mayor, asi como el incumplimiento de los mismos cuando sea imputable por el contratista. k) Aprobar, suscribir u observar las liquidaciones de obras que se presenten a la Entidad. l) Suscribir Convenios de cooperacion, gestion u otros de naturaleza analoga, celebrado entre el MINAM y otras Entidades, para contratar bienes, servicios u obras propios de la funcion que por ley les corresponde, y ademas no se persignan fines de lucro; de conformidad con lo previsto en el literal s) del numeral 3.3 del articulo 3º de la Ley de Contrataciones del Estado. m) Suscribir Convenios interinstitucionales para encargar los procesos de seleccion a entidades publicas y privadas, nacionales o internacionales, u organismos internacionales, asi como aprobar el expediente de contratacion y las bases en calidad de entidad encargante. 2.3. Facultades que se ejercen de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 276 ­ Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico y su Reglamento; el Texto Unico Ordenado de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral aprobado por Decreto Supremo Nº 003-97-TR y su Reglamento; y, el Decreto Legislativo Nº 1057 que regula el Regimen Laboral Especial de Contratacion Administrativa de Servicios y su Reglamento, para lo siguiente: a) Conducir los Concursos Publicos para la contratacion de personal sujeto al Regimen Laboral Especial de Contratacion Administrativa de Servicios - CAS. b) Suscribir, ampliar, prorrogar y renovar los contratos que se celebren al MORDAZA del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico y su Reglamento; al MORDAZA del T.U.O. de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral aprobado por Decreto Supremo Nº 003-97-TR y su Reglamento; y, al MORDAZA del Decreto Legislativo Nº 1057 que regula el Regimen Laboral Especial de Contratacion Administrativa de Servicios y su Reglamento. c) Suscribir Convenios de Practicas Preprofesionales y Profesionales. d) Disponer el cese de la relacion laboral sujeta al regimen laboral de la actividad privada.

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