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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE ENERO DEL AÑO 2013 (24/01/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 9

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 24 de enero de 2013 486715 “Mancomunidad Municipal Vicús-Valle del Alto Piura”; ratifi cando el contenido del Acta de Constitución y el Estatuto, y la designación del Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General; Que, acorde con el Informe N° 001-2013–PCM/SD-OGI- VQA, se concluye que en la elaboración de los documentos del acto constitutivo se ha cumplido con el procedimiento establecido en el artículo 11º del Reglamento de la Ley y en el artículo 6° del Reglamento del Registro; debiendo procederse a la emisión de la Resolución de Secretaría de Descentralización, que dispone la inscripción de la constitución de la “Mancomunidad Municipal Vicús-Valle del Alto Piura”, en el Registro de Mancomunidades Municipales; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29029 de la Mancomunidad Municipal, modifi cada por la Ley N° 29341; el Decreto Supremo N° 046-2010-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228- 2010-PCM/SD, que aprueba el Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; y en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Formalización de Inscripción de la Mancomunidad Municipal Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales a la “Mancomunidad Municipal Vicús-Valle del Alto Piura”; integrada por las Municipalidades Distritales de La Matanza, Morropón y Buenos Aires de la Provincia de Morropón en el Departamento de Piura; reconociéndosele, a partir de dicho acto, la condición de persona jurídica de derecho público, como entidad pública. Artículo 2º.- Reconocimiento del Consejo Directivo Reconocer al Consejo Directivo de la “Mancomunidad Municipal Vicús-Valle del Alto Piura”, como sigue: - Presidente: Sr. Nelson Mío Reyes, Alcalde de la Municipalidad Distrital de La Matanza. - Director: Sr. Elvis Edgardo Jiménez Chinchay, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Buenos Aires. - Director: Sr. Modesto Eulogio Palacios Garabito, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Morropón Artículo 3º.- Registro de Anexos Inscribir el Informe Técnico de Viabilidad, el Estatuto, el Acta de Constitución y las Ordenanzas Municipales que aprueban la Constitución de la “Mancomunidad Municipal Vicús-Valle del Alto Piura”, en el Registro de Mancomunidades Municipales. Artículo 4º.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución de Secretaría de Descentralización en el Diario Ofi cial El Peruano, y en la página web de la Presidencia del Consejo de Ministros: http://www.descentralizacion.gob.pe. Artículo 5º.- Vigencia La presente Resolución rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSA MADELEINE FLORIÁN CEDRÓN Secretaria de Descentralización 892629-2 Declaran aptas a las Municipalidades de Jesús María y del Rímac para acceder a la transferencia del Programa de Complementación Alimentaria - PCA del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social - MIDIS RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº 010-2013-PCM/SD Lima, 21 de enero de 2013 VISTOS: Los ofi cios Nº 116-2012-MDJM-GDH y Nº 002-2013- GM-MDR, y el Informe Nº 002-2013-PCM-SD/OMC, de la Ofi cina de Transferencia, Monitoreo y Evaluación de Competencias de la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros, y; CONSIDERANDO: Que, el Programa de Complementación Alimentaria- PCA, a cargo del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social-MIDIS, tiene como objetivo otorgar un complemento alimentario a la población en situación de pobreza y/ o pobreza extrema y grupos sociales en situación de vulnerabilidad; Que, en el marco del proceso de descentralización del Estado peruano, el Programa de Complementación Alimentaria-PCA, se transfi rió durante el periodo 2003- 2007, a ciento noventa y cuatro (194) gobiernos locales provinciales, exceptuando a la Provincia de Lima; Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 240-2010-PCM/SD, se aprueba la Directiva Nº 004-2010-PCM/SD “Normas Específi cas para la Verifi cación y Efectivización del Proceso de Transferencia del Programa de Complementación Alimentaria del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social-MIMDES a los Gobiernos Locales Distritales de la Provincia de Lima”, con lo cual se da inicio al proceso de transferencia del mencionado programa a los gobiernos locales distritales del ámbito de la Provincia de Lima; Que, mediante Ley Nº 29792 se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social-MIDIS, y se determina su ámbito de competencias en relación a las materias de desarrollo social, superación de la pobreza, promoción de la equidad social y protección social de poblaciones vulnerables y/o en riesgo o abandono; Que, en la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29792, se dispone la adscripción, de entre otros programas sociales, del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria-PRONAA, a cargo del Programa de Complementación Alimentaria-PCA; Que, mediante Decreto Supremo Nº 103-2011-PCM, se establecen medidas para continuar las transferencias pendientes de funciones, fondos, programas, proyectos, empresas, activos y otros organismos del Gobierno Nacional a los Gobiernos Regionales y Locales, programados hasta el año 2010; Que, mediante Decreto Supremo Nº 007-2012- MIDIS, se dispone la extinción del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria-PRONAA al 31 de diciembre de 2012 respecto a la ejecución de sus prestaciones, y al 31 de marzo de 2013 para el cierre contable, fi nanciero y presupuestal; Que, con Resolución Ministerial Nº 163-2012-MIDIS, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, en el marco de sus competencias, atribuidas mediante Ley Nº 29792 y Decreto Supremo Nº 011-2012-MIDIS, queda facultado para establecer los lineamientos y estrategias para la adecuada gestión del Programa de Complementación Alimentaria-PCA; Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 074-2012-PCM/SD, se dispone que toda referencia al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social-MIMDES en la Directiva Nº 004-2010-PCM/SD “Normas Específi cas para la Verifi cación y Efectivización del Proceso de Transferencia del Programa de Complementación Alimentaria-PCA del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social-MIMDES a los Gobiernos Locales Distritales de la Provincia de Lima”; debe entenderse como referida al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social-MIDIS; Que, asimismo mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 002-2013-PCM/SD, se precisa que toda referencia al Programa Nacional de Asistencia Alimentaria-PRONAA en la Directiva Nº 004-2010- PCM/SD “Normas Específi cas para la Verifi cación y Efectivización del Proceso de Transferencia del Programa de Complementación Alimentaria – PCA del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES a los Gobiernos Locales Distritales de la Provincia de Lima”, deberá entenderse como referida al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social-MIDIS, como ente rector en materia de desarrollo e inclusión social;