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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE ENERO DEL AÑO 2013 (24/01/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 18

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 24 de enero de 2013 486724 DEFENSA Autorizan viaje de personal militar y civil FAP a Chile, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 024-2013-DE/FAP Lima, 23 de enero de 2013 Visto la Papeleta de Trámite NC-60-SGFA-Nº 0196 del 16 de enero de 2013 del Secretario General de la Fuerza Aérea del Perú y el Ofi cio NC-60-G841-Nº 0106 del 14 de enero de 2013 del Comandante del Grupo Aéreo Nº 8 de la Fuerza Aérea del Perú. CONSIDERANDO: Que, es necesario autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio, del Personal Militar y Civil FAP que conformarán la tripulación de la aeronave Boeing 737-528 FAP Nº 356, que trasladará al Señor Presidente de la República y su Comitiva Ofi cial a la ciudad de Santiago de Chile - República de Chile, del 26 al 28 de enero de 2013; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2013, de la Unidad Ejecutora Nº 005 - Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 29951- Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; la Ley Nº 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024-2009 DE/SG del 19 de noviembre de 2009 que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio, del Personal Militar y Civil FAP que conformarán la tripulación de la aeronave Boeing 737-528 FAP Nº 356, que trasladará al Señor Presidente de la República y su Comitiva Ofi cial a la ciudad de Santiago de Chile - República de Chile, del 26 al 28 de enero de 2013: TRIPULACION PRINCIPAL Mayor General FAP SEGUNDO BUENAVENTURA Piloto GAMBOA SANDOVAL NSA: O-9355676 DNI: 43338465 Comandante FAP MARCO ANTONIO APARICIO BACA Piloto NSA: O-9544187 DNI: 43412943 Comandante FAP CESAR AUGUSTO MACEDO GARCIA Piloto NSA: O-9556188 DNI: 02773543 Comandante FAP VICTOR ALFREDO VARGAS BLACIDO Piloto NSA: O-9589691 DNI: 43623935 Técnico de 2da. FAP ELVIS TEDDY GARCIA REATEGUI Mecánico NSA: S-60736293 DNI: 05349005 Técnico de 2da. FAP ORLANDO VALENCIA MALDONADO Mecánico NSA: S-60738493 DNI: 09221031 Empleada Civil FAP ROSA LIZ GONZALES RUIZ Hostess NSA: C-70941901 DNI: 06624283 Empleada Civil FAP FIORELLA GUILIANA OLIVA BOSLEMAN Hostess NSA: C-71347807 DNI: 44934122 Empleado Civil FAP MOISES FORTUNATO HUAMAN GOMEZ Purser NSA: C-71212382 DNI: 06565750 Empleada Civil FAP MARIANA LOURDES CASTRO LOAYZA Hostess NSA: C-78129612 DNI: 09997179 TRIPULACION ALTERNA Comandante FAP CARLOS MANUEL ZAMORA CAVERO Copiloto NSA: O-9601791 DNI: 09393112 Empleado Civil FAP LUIS ALFREDO MUÑOZ VIGNES Piloto NSA: C-P0128910 DNI: 05372957 Técnico Inspector FAP MARIO CRUZ PACHECO Mecánico NSA: S-60397183 DNI: 09712366 Empleada Civil FAP CLAUDIA MARCELA ORTEGA FIGUEROA Hostess NSA: C-71347907 DNI: 45555238 Artículo 2º.- La participación de la Tripulación Alterna queda supeditada solamente a la imposibilidad de participación por parte de la Tripulación Principal. Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará el pago que corresponda, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2013, de acuerdo al concepto siguiente: Viáticos: US $ 200.00 x 03 días x 10 personas = US $ 6,000.00 TOTAL = US $ 6,000.00 Artículo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 5º.- El personal comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuarán la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM. Artículo 6º.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 7º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa y Encargado del Despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros 893189-4 Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra a Colombia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 025-2013-DE/ Lima, 23 de enero de 2013 Visto, el Ofi cio Nº 0129-JCCFFAA/D-3/EE del Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas de fecha 22 de enero de 2013; CONSIDERANDO: Que, como es de público conocimiento, en la República de Colombia se ha producido el secuestro de trabajadores de la empresa GEOEXPLORER, entre los que se encuentran, dos (02) ciudadanos peruanos que responden a los nombres de José Antonio MAMANI Saico y Javier Leandro OCHOA Aguilar, siendo dicho secuestro perpetrado por parte de terroristas del denominado Ejército de Liberación Nacional (ELN); Que, mediante el documento del Visto, el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, solicita al señor Ministro de Estado en el Despacho de Defensa, tenga a bien autorizar al Capitán de Navío AP José Enrique HERNANDEZ Samanez, Oficial de dicha