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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE ENERO DEL AÑO 2013 (24/01/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 25

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 24 de enero de 2013 486731 Alimentaria (PRONAA) del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social a las Municipalidades Distritales de San Martín de Porres y San Luis, del ámbito de Lima Metropolitana. Artículo 2.- Refrendo El presente decreto supremo será refrendado por la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés días del mes de enero del año dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República CAROLINA TRIVELLI AVILA Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 893189-2 Aprueban el Manual de Compras del modelo de cogestión para la atención del servicio alimentario del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 105-2013-MIDIS/PNAEQW Lima, 23 de enero de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2012-MIDIS se creó el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, como Programa Social del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS), con la fi nalidad de brindar un servicio alimentario de calidad, adecuado a los hábitos de consumo locales, cogestionado con la comunidad, sostenible y saludable, para niñas y niños del nivel de educación inicial a partir de los tres años de edad y del nivel de educación primaria de la educación básica en instituciones educativas públicas; Que, de acuerdo con lo establecido por la Octagésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, se autorizó al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, a través del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, a realizar transferencias de recursos fi nancieros a los comités u organizaciones que se constituyan para proveer los bienes y servicios de los Programas, a fi n de alcanzar los objetivos a cargo de los mismos; Que, asimismo, la Ley Nº 29951 estableció que los comités u organizaciones referidos en el párrafo precedente, serán reconocidos por el MIDIS, a través del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, rigiéndose por los procedimientos operativos, de compras, de rendición de cuentas y demás disposiciones complementarias que fueran necesarias, establecidos por el MIDIS y, supletoriamente, por las normas del ámbito del sector privado; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 001-2013- MIDIS se establecieron disposiciones generales para la transferencia de recursos fi nancieros a los comités u organizaciones que, de acuerdo con el modelo de cogestión, se constituyan para la provisión de bienes y servicios para la prestación del servicio alimentario del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, disponiendo que el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social aprobará, mediante resolución, los procedimientos generales para la conformación y el reconocimiento de los comités u organizaciones, así como los procedimientos operativos, de compras, de rendición de cuentas y demás disposiciones complementarias que sean necesarias, en un plazo máximo de veinte (20) días hábiles desde la entrada en vigencia de dicho Decreto Supremo; Que, mediante Resolución Ministerial N° 016- 2013-MIDIS se aprobó la Directiva N° 001-2013-MIDIS que establece los procedimientos generales para la operatividad del modelo de cogestión para la atención del servicio alimentario del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, cuyo numeral 5.2, respecto a la Fase de Compra del modelo de cogestión, señala que es un proceso realizado por el Comité de Compra y Qali Warma para la adquisición de productos y raciones, de acuerdo con lo dispuesto en dicha Directiva y en los procedimientos específi cos establecidos en el Manual de Compras que apruebe Qali Warma; Que, de acuerdo a lo establecido por el Decreto Supremo Nº 001-2013-MIDIS y por la Resolución Ministerial N° 016-2013-MIDIS, se ha diseñado un instrumento que contiene las disposiciones y lineamientos que deben observar los Comités de Compra en los procesos de compra de productos o raciones para la prestación del servicio alimentario del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma; Con la visación de la Unidad de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 008-2012-MIDIS, la Resolución Ministerial N° 174-2012-MIDIS y la Resolución Ministerial N° 229-2012- MIDIS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Manual de Compras del modelo de cogestión para la atención del servicio alimentario del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación del Manual de Compras en el portal institucional del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma (www.qaliwarma. gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución de Dirección Ejecutiva en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. GUISELLE M. ROMERO LORA Directora Ejecutiva Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma 893091-1 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Transferencia de Partidas a favor de los Pliegos Oficina Nacional de Procesos Electorales y Registro Nacional de Identificación y Estado Civil en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 DECRETO SUPREMO Nº 011-2013-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 se aprobó, entre otros, los presupuestos institucionales de los pliegos 032: Ofi cina Nacional de Procesos Electorales y 033: Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil; Que, por Resolución N° 1000-2012-JNE, publicada el 01 de noviembre de 2012, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, aprobó convocar a consulta popular de revocatoria del mandato de autoridades municipales de la Municipalidad Metropolitana de Lima, para el día 17 de marzo 2013; Que, mediante Ofi cios N°s. 001-2013-J/ONPE y 002- 2013-OGPP/ONPE, la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales-ONPE informa que los recursos considerados en el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) resultan insufi cientes para atender la consulta popular de revocatoria del mandato de autoridades municipales de la Municipalidad Metropolitana de Lima, por cuanto no permite cubrir los gastos relacionados con la capacitación tanto de los electores como de los miembros de mesa, los gastos de campaña publicitaria que permita difundir y motivar la participación de los actores electorales en este proceso, a través de los medios de comunicación masivos