Norma Legal Oficial del día 01 de febrero del año 2013 (01/02/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano MORDAZA, viernes 1 de febrero de 2013

NORMAS LEGALES

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encargo de funciones conferido mediante la Resolucion de Superintendencia N° 126-2012-SUNASA/S del 21 de diciembre de 2012; Que, de conformidad con el articulo 29° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNASA, aprobado por Decreto Supremo N° 0092011-SA, la Intendencia de Estudios y Gestion de la Informacion y el Conocimiento es organo responsable de realizar investigaciones y gestionar proyectos de desarrollo del AUS en el MORDAZA de las competencias otorgadas a la SUNASA; elaborar y publicar estadisticas especializadas y proporcionar informacion al MINSA y otras entidades competentes, asi como generar conocimiento sobre las tendencias del AUS que sirva como mecanismo de alerta a los agentes del mismo; y el articulo 30° del citado Reglamento, establece las funciones de la Intendencia de Estudios y Gestion de la Informacion y el Conocimiento; Que, segun el Manual Clasificador de Cargos de la SUNASA, aprobado con Resolucion de Superintendencia N° 058-2011-SUNASA/CD del 28 de junio de 2011 y modificado por la Resolucion de Superintendencia N° 054-2012-SUNASA/CD del 14 de junio de 2012, en concordancia con el Manual de Organizacion y Funciones de la SUNASA, aprobado por Resolucion de Secretaria General N° 030-2012-SUNASA/SG del 12 de MORDAZA de 2012, el cargo de Intendente tiene la funcion general de planificar, organizar, dirigir y controlar los procesos relacionados a la unidad organica bajo su cargo, vigilando que se cumplan los lineamientos internos y supervisando que las areas, bajo su conduccion, ejerzan sus funciones en forma eficiente y eficaz; Con el visado del Secretario General, del Director General de la Oficina General de Administracion y de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, Estando a las facultades conferidas en los articulos 9° y literales c), p) y w) del articulo 10° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2011-SA, asi como a lo dispuesto por los articulos 3° y 6° de la Ley N° 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion del funcionarios publicos, corresponde emitir el presente acto de administracion. SE RESUELVE: Articulo 1°.- DESIGNAR al senor MORDAZA HAMBLETT MORDAZA MORDAZA en el cargo de confianza de Intendente de la Intendencia de Estudios y Gestion de la Informacion y el Conocimiento de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud ­ SUNASA, con efectividad a partir del dia 01 de febrero de 2013. Articulo 2°.- DAR POR CONCLUIDO el encargo conferido al senor MORDAZA MORDAZA TANTALEAN DEL MORDAZA, de las funciones de la Intendencia de Estudios y Gestion de la Informacion y el Conocimiento, mediante la Resolucion de Superintendencia N° 126-2012-SUNASA/S del 21 de diciembre de 2012, dandose las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 3°.- ENCARGAR a la Oficina General de Tecnologias de la Informacion y a la Oficina General de Imagen Institucional y Comunicaciones que, en cumplimiento de sus respectivas funciones, publiquen la presente Resolucion en la pagina web institucional. Asimismo, encargar a la Oficina General de Imagen Institucional y Comunicaciones, la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 4°.- DISPONER la notificacion de la presente Resolucion, a la persona designada, asi como a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, Oficina General de Administracion, Oficina General de Tecnologias de la Informacion y Oficina General de Imagen Institucional y Comunicaciones, para los fines correspondientes, en cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion, conforme a sus funciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DE MORDAZA PHILIPPS MORDAZA Superintendente 896530-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS
Disponen que la facultad sancionadora que se otorga a la SUNARP por Ley Nº 28024, sea ejercida por las Zonas Registrales
RESOLUCION DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS N° 025-2013-SUNARP/SN MORDAZA, 30 de enero de 2013 CONSIDERANDO: Que, por Ley de Gestion de Intereses en la Administracion Publica, Ley N° 28024, se creo el Registro Publico de Gestion de Intereses, incorporandolo al Sistema Nacional de los Registros Publicos; debiendo, cada MORDAZA Registral, organizar, administrar y garantizar el adecuado funcionamiento de dicho Registro; Que, en el articulo 14° del Reglamento de la Ley N° 28024, aprobado por Decreto Supremo N° 099-2003-PCM, se establecen los deberes de los Gestores de Intereses, entre los cuales se encuentra solicitar al Registro de Gestion de Intereses, la inscripcion de los actos de gestion realizados; precisandose, adicionalmente, en el articulo 41° del mismo texto normativo, que se considera infraccion de los deberes el solicitar la inscripcion de informes semestrales fuera del plazo; Que, en virtud del articulo 43° del Reglamento citado en el considerando anterior, la SUNARP es la autoridad competente para aplicar la sancion en los casos en que se verifique que el Gestor de Intereses solicito la inscripcion de la MORDAZA de los actos de gestion fuera de plazo, no solicito la inscripcion en el registro de la MORDAZA de los actos de gestion, solicito inscripcion de los informes semestrales fuera de plazo, no solicito la inscripcion en el registro de los informes semestrales, u omitio informacion que correspondia al informe semestral; Que, no habiendose determinado por Ley, el organo encargado dentro de la SUNARP de conocer el procedimiento administrativo sancionador contra de los Gestores de Intereses, corresponde, en atencion a la garantia del debido procedimiento, emitir el acto administrativo que determine el organo de emitir el pronunciamiento respectivo; Que, habiendo dispuesto el articulo 15° del Reglamento de la Ley N° 28024, que corresponde a las Zonas Registrales organizar, administrar y garantizar el adecuado funcionamiento del Registro Publico de Gestion de Intereses; asi como, poner a disposicion del publico el contenido de las partidas registrales electronicas y el archivo donde obran los actos de gestion de intereses que dieron merito a estas; y mantener actualizados los indices y partidas registrales electronicas del Registro, entre otras; debe determinarse que la ejecucion de la facultad sancionadora para las infracciones relacionadas con las inscripciones en el Registros Publico de Gestion de Intereses, estara a cargo de las Zonas Registrales; De conformidad al articulo 234° de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444; y al literal v) del articulo 7° del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolucion Suprema N° 135-2002-JUS; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer que la facultad sancionadora que se otorga a la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos por Ley N° 28024, Ley de la Gestion de Intereses en la Administracion Publica, sea ejercida por las Zonas Registrales de la SUNARP; correspondiendo a los Jefes de las mismas, conocer los procedimientos administrativos sancionadores por infracciones verificadas en el Registro de Gestion de Intereses de la MORDAZA Registral bajo su competencia. Articulo Segundo.- El procedimiento administrativo sancionador se desarrollara en el MORDAZA del Reglamento de la Ley N° 28024, aprobado por Resolucion Suprema N°

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