Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE FEBRERO DEL AÑO 2013 (02/02/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 9

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 2 de febrero de 2013 487331 Autorizan ejecución de gastos por concepto de pasajes y viáticos que irrogue viaje a Alemania de Congresista de la República, para participar en la EXPOPERÚ ALEMANIA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 012-2013-MINCETUR/DM Lima, 18 de enero de 2013 Visto, el Ofi cio N°545-2012-2013-OM/CR, del Ofi cial Mayor (e) del Congreso de la República. CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR, viene llevando a cabo actividades de promoción a través del evento EXPOPERÚ, que tiene por fi nalidad difundir los destinos turísticos peruanos y nuestra oferta exportable, fomentar las exportaciones no tradicionales, impulsar la solución de obstáculos al comercio existentes, atraer la inversión extranjera y consolidar la presencia del Perú (a través de empresas, productos y servicios) en los mercados priorizados; Que, del 5 al 7 de febrero de 2013, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR llevará a cabo el evento “EXPOPERÚ” en las ciudades de Berlín y Hamburgo, República Federal de Alemania; Que, en dicho evento participará el Ministro de Comercio Exterior y Turismo y una delegación de funcionarios públicos, directivos de gremios empresariales peruanos y más de 25 empresas exportadoras; con un programa que comprende la realización de un Foro de Comercio e Inversiones, una exhibición de productos de exportación en la Feria Fruit Logística, donde el Perú es el País Invitado, además de la promoción de destinos turísticos; así como ruedas de prensa y entrevistas con prensa especializada en turismo, comercio e inversiones y reuniones de trabajo con autoridades públicas y privadas alemanas; Que, el Congreso de la República ha propuesto la asistencia a dicho evento de la señora Gladys Natalie Condori Jahuira, Congresista de la República y Secretaria de la Comisión de Comercio Exterior y Turismo, con el objetivo de colaborar con los fi nes específi cos de la EXPOPERU ALEMANIA, fomentando la promoción del comercio, las inversiones y el desarrollo del turismo; Que, el MINCETUR considera conveniente que la referida Congresista participe en la EXPOPERU ALEMANIA como parte de la delegación de la Entidad, coadyuvando al logro de los objetivos institucionales, por lo que los gastos por concepto de pasajes y viáticos que genere dicha participación, serán asumidos con cargo a los recursos presupuestarios del MINCETUR; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR y la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la ejecución de los gastos por los conceptos de pasajes y viáticos que irrogue el viaje a las ciudades de Berlín y Hamburgo, República Federal de Alemania, del 3 al 8 de febrero de 2013, de la señora Gladys Natalie Condori Jahuira, Congresista de la República, con el objeto de que participe en la EXPOPERU ALEMANIA, de acuerdo al detalle siguiente: Pasajes : US $ 3 491,80 Viáticos (US$ 260,00 x 5 días) : US $ 1 300,00 Artículo 2°.- Los gastos que se deriven del cumplimiento del artículo 1° de la presente Resolución Ministerial, serán realizados con cargo a los recursos presupuestarios autorizados para el Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. Articulo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, la señora Condori Jahuira presentará al Titular del Sector Comercio Exterior y Turismo la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4°.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LUIS SILVA MARTINOT Ministro de Comercio Exterior y Turismo 896660-1 DEFENSA Disponen que las Fuerzas Armadas asuman el control del Orden Interno en diversas provincias y distritos de los departamentos de Ayacucho, Huancavelica, Cusco y Junín, durante Estado de Emergencia a que se refiere el D.S. N° 010-2013-PCM RESOLUCIÓN SUPREMA N° 036-2013-DE/ Lima, 1 de febrero de 2013 CONSIDERANDO: Que, el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 010- 2013-PCM del 25 de enero de 2013, resuelve prorrogar por el término de sesenta (60) días calendario, a partir del 30 de enero de 2013, el Estado de Emergencia en las provincias de Huanta y La Mar del departamento de Ayacucho; en la provincia de Tayacaja del departamento de Huancavelica; en los distritos de Kimbiri, Pichari y Vilcabamba de la provincia de La Convención, del departamento del Cusco; en la provincia de Satipo; en los distritos de Andamarca y Comas, de la provincia de Concepción y, en los distritos de Santo Domingo de Acobamba y Pariahuanca, de la provincia de Huancayo, del departamento de Junín; Que, conforme a lo dispuesto por el numeral 1) del artículo 137º de la Constitución Política del Perú, durante el Estado de Emergencia las Fuerzas Armadas asumen el control del orden interno si así lo dispone el Presidente de la República; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1095 de 1 de setiembre de 2010, se estableció el marco legal que regula los principios, formas, condiciones y límites para el empleo y uso de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en cumplimiento de su función constitucional, mediante el empleo de su potencialidad y capacidad coercitiva para la protección de la sociedad, en defensa del Estado de Derecho y a fi n de asegurar la paz y el orden interno en el territorio nacional; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer que las Fuerzas Armadas asuman el control del Orden Interno en tanto dure el Estado de Emergencia en las provincias de Huanta y La Mar del departamento de Ayacucho; en la provincia de Tayacaja del departamento de Huancavelica; en los distritos de Kimbiri, Pichari y Vilcabamba de la provincia de La Convención, del departamento del Cusco; en la provincia de Satipo; en los distritos de Andamarca y Comas, de la provincia de Concepción y, en los distritos de Santo Domingo de Acobamba y Pariahuanca, de la provincia de Huancayo, del departamento de Junín. La Policía Nacional del Perú contribuirá al logro de dicho objetivo en los departamentos, provincias y distritos indicados en el párrafo anterior. Artículo 2º.- La intervención de las Fuerzas Armadas se efectuará conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1095, que establece las reglas de empleo y uso de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional.