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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 2 de febrero de 2013 487337 de la Unidad Ejecutora Nº 003 Ejército del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; Que, de conformidad con el Artículo 26° de la Ley N° 28359, Ley de Situación Militar de los Ofi ciales de las Fuerzas Armadas, modifi cado por la Ley N° 29598 y por el Decreto Legislativo N° 1143, el Ofi cial nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero está impedido de solicitar su pase a la situación de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo previsto en el Artículo 23° de la referida norma, más el tiempo compensatorio previsto en el mismo Artículo; y, conforme a su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 007-2005-DE/SG del 14 de febrero de 2005, modifi cado por el Decreto Supremo N° 010-2010-DE del 20 de Noviembre de 2010; Que, considerando la duración de la Misión de Estudios, el viaje al exterior por decisión del interesado se realizará en compañía de su señora esposa, ZAMORA DIAZ Daisy, identifi cada con DNI Nº 40292762 y su menor hija RONCAL ZAMORA Ana Flavia, identifi cada con DNI Nº 74441584; debiendo precisarse esta circunstancia en la presente resolución, para efectos de los trámites administrativos de salida del país de sus familiares directos; Que, el Programa de Instructor Invitado cubrirá el costo de los pasajes aéreos de ida y retorno para el Capitán EP RONCAL VILLEGAS Manuel Fernando, su esposa e hija; Que, el artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 778- 2008-DE/SG del 25 de julio de 2008, señala que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del personal militar y civil del Sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por servicios en el extranjero se hará por días reales y efectivos independientemente de la modalidad del viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004; Que, de conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM del 5 de junio de 2002; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo N° 024-2009-DE/SG del 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el señor General de Ejército Comandante General del Ejército, y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios al Capitán EP RONCAL VILLEGAS Manuel Fernando, identifi cado con DNI Nº 43268372 y CIP Nº 120972000, para participar como Instructor Invitado en el Curso de Liderazgo para Capitanes (2013 – 2015), a realizarse en el Instituto de Cooperación y Seguridad Hemisférica (WHINSEC), Ciudad de Columbus, Estado de Georgia, Estados Unidos de América, en el periodo comprendido del 01 de febrero de 2013 al 30 de enero de 2015. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa – Unidad Ejecutora: 003-Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2013, de acuerdo a los conceptos siguientes: Gastos de traslado – Ida (Equipaje, bagaje e instalación) US $. 2,500.00 x 2 compensaciones US $. 5,000.00 Compensación Extraordinaria Mensual Por Servicio en el Extranjero: US $. 2,500.00 x 11 meses x 1 persona (Feb a Dic. 2013) US $. 27,500.00 ----------------------- Total a pagar : US $. 32,500.00 Artículo 3º.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, será por días reales y efectivos en el exterior, conforme a lo dispuesto en el reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, y con cargo al respectivo presupuesto institucional del año fi scal correspondiente. Artículo 4º.- El pago de la presente Misión de Estudios correspondiente a los años posteriores, se efectuará con cargo al Presupuesto del Año Fiscal que corresponde. Artículo 5º.- El costo de los pasajes aéreos de ida y retorno será cubierto por el Programa de Instructor Invitado para el Capitán EP RONCAL VILLEGAS Manuel Fernando, su esposa e hija. Artículo 6º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 7º.- El citado Ofi cial revistará en la Ofi cina Administrativa del Cuartel General del Ejército del Perú, durante el periodo de tiempo que dure la Misión de Estudios. Artículo 8º.- El citado Ofi cial está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Artículo 9º.- El personal autorizado deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje realizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 10º.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 11º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 897330-13 ECONOMIA Y FINANZAS Ratifican acuerdo adoptado por PROINVERSIÓN sobre la incorporación al proceso de promoción de la inversión privada del proyecto “Obras de Cabecera y Conducción para el Abastecimiento de Agua Potable para Lima” RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 011-2013-EF Lima, 1 de febrero de 2013 CONSIDERANDO: Que, en sesión de Consejo Directivo de PROINVERSIÓN en sesión del 13 de diciembre de 2012, se acordó: a) incorporar al proceso de promoción de la inversión privada el proyecto “Obras de Cabecera y Conducción para el Abastecimiento de Agua Potable para Lima”, bajo los mecanismos y procedimientos establecidos en el Decreto Supremo N° 059-96-PCM, Decreto Legislativo N° 1012 y sus normas reglamentarias correspondientes; y b) encargar al Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Infraestructura y Servicios Públicos Sociales, Minería, Saneamiento, Irrigación y Asuntos Agrarios-PRO DESARROLLO, la conducción del indicado proceso de promoción; Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 5.2 del artículo 5º del Reglamento del Decreto Legislativo N°