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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE FEBRERO DEL AÑO 2013 (07/02/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 31

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 7 de febrero de 2013 487621 Con las visaciones del Jefe de la Ofi cina General de Recursos Humanos y del Jefe de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y el numeral 8) del artículo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia formulada por el señor JUAN CARLOS RUIZ RIVAS, al cargo de Asesor II, Nivel Remunerativo F-5, del Despacho Ministerial del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar, a partir de la fecha, a la señora JESSICA PATRICIA URRELLO LEYVA, en el cargo de Asesor II, Nivel Remunerativo F-5, del Despacho Ministerial del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Regístrese, comuníquese y publíquese. TERESA NANCY LAOS CÁCERES Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 898673-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Reclasifican jerarquía de las Rutas Departamentales o Regionales Nºs. PU- 110 y un Tramo de PU-109, asignándole el Código PE-34 L RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 063-2013 MTC/02 Lima, 4 de febrero de 2013 VISTO: El Memorándum N° 209-2013-MTC/14 de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles, sobre la reclasifi cación de las Rutas Departamentales o Regionales PU-110 y un Tramo de PU - 109, como parte integrante de la Red Vial Nacional; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 4° del Reglamento de Jerarquización Vial, aprobado por Decreto Supremo N° 017-2007- MTC y modifi cado por Decreto Supremo N° 006-2009- MTC, establece que el Sistema Nacional de Carreteras (SINAC) se jerarquiza en tres redes viales: Red Vial Nacional, Red Vial Departamental o Regional y Red Vial Vecinal o Rural, señalando que la Red Vial Nacional corresponde a las carreteras de interés nacional conformada por los principales ejes longitudinales y transversales, que constituyen la base del SINAC, que sirve como elemento receptor de las carreteras Departamentales y Vecinales; Que, el artículo 15° del citado Reglamento señala que el Clasifi cador de Rutas, es el documento ofi cial del SINAC; Que, según lo dispuesto en el artículo 9° del Reglamento mencionado, corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), a través de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles, efectuar la clasifi cación de las carreteras que conforman el SINAC, en aplicación de los criterios establecidos en su artículo 8°; estableciendo en su artículo 10° que las autoridades competentes establecidas en el artículo 6°, entre las cuales se encuentran los Gobiernos Regionales, podrán proponer de común acuerdo la reclasifi cación de las carreteras de cualquiera de las Redes Viales del SINAC, ubicadas en el ámbito de su jurisdicción, con el correspondiente sustento técnico y en concordancia con los criterios establecidos, la cual será aprobada por el MTC mediante Resolución Ministerial e incorporada al Clasifi cador de Rutas y al Registro Nacional de Carreteras (RENAC); Que, mediante el Decreto Supremo N° 036-2011-MTC se aprueba la actualización del Clasifi cador de Rutas del SINAC, en el cual se señala, entre otros, la trayectoria de la Ruta N° PU - 109 y la trayectoria de la Ruta N° PU – 110; Que, mediante Ofi cios N°s. 1622 y 2202-2012- GR-PUNO/PR el Presidente Regional del Gobierno Regional de Puno solicita la reclasifi cación defi nitiva de la ruta departamental en el Tramo: Desvío Pampilla - Ananea - Trapiche - Suches - Cojata - Vilque Chico, como ruta nacional, señalando que dicha reclasifi cación permitirá interconectar al país a través de la Carretera Interoceánica con el país de Bolivia; lo que generará una buena transitabilidad de vehículos de pasajeros y carga hacia los mercados internacionales, nacionales y regionales; además de permitir la comercialización de productos extraídos de nuestra selva, que conjuntamente con los proyectos productivos que vienen desarrollando se convertirá en un importante instrumento de inclusión social y desarrollo; Que, con Ofi cio N° 830-2012-MTC/14 el Director General de Caminos y Ferrocarriles, indica que según lo establecido en el Decreto Supremo N° 036-2011-MTC que aprueba la actualización del Clasifi cador de Rutas del SINAC, la carretera cuya reclasifi cación se solicita se encuentra conformada por dos rutas departamentales o regionales de Códigos N° PU-109 (Tramo) y N° PU-110; Que, mediante el Memorándum N° 133-2013- MTC/20 del Director Ejecutivo de PROVÍAS NACIONAL y del Informe N° 002-2013-MTC/20.7/BEH de la Unidad Gerencial de Conservación, se emite opinión favorable respecto a la reclasifi cación defi nitiva de la Ruta PU - 110 y reclasifi cación defi nitiva de un Tramo de la Ruta PU - 109, solicitada por el Gobierno Regional de Puno, señalando que cumplen con los criterios indicados en los numerales 3 y 4 del artículo 8° del Reglamento de Jerarquización Vial; Que, mediante documento del Visto, la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles da su conformidad al Informe Nº 028-2013-MTC/14.07 de la Dirección de Caminos, en el cual se señala que la reclasifi cación de la Carretera, conformada por las Rutas Departamentales o Regionales de Códigos N° PU-109 (Tramo) y N° PU- 110, cumple con los criterios de jerarquización vial para ser incorporada en la Red Vial Nacional, que establecen los numerales 3 y 4 del artículo 8° del Reglamento de Jerarquización Vial, que consisten en interconectar dos o más carreteras de la Red Vial Nacional, al estar uniendo la Ruta Nacional PE - 34 H y PE - 34 I, así como soportar regularmente el tránsito de larga distancia nacional o internacional de personas y/o mercancías, facilitando el intercambio comercial interno o del comercio exterior; quedando defi nidas su trayectoria de acuerdo al siguiente detalle: PE - 34 L Trayectoria: Emp. PE - 34 H (Chaquiminas) - Ananea - Pampablanca - Apacheta - Suches - Puñuni - Cojata - Huaychune - Sorocoto - Vilque Chico - Emp. PE - 34 I (Coasia). Como resultado de la conformación de dicha Ruta Nacional, la Ruta Departamental o Regional queda modifi cada en su trayectoria de la siguiente manera: Ruta N° PU - 109 Trayectoria: Emp. PE - 34 H (Yanahuaya) - Purumpata - San Lorenzo - Quiaca - Sina - Lusuni - Abra Iscaycruz - Abra Callahuanca - Emp. PE - 34 L (Suches). Que, en consecuencia, de acuerdo con lo actuado, debe disponerse la reclasifi cación de las Rutas Departamentales o Regionales solicitadas por el Gobierno Regional de Puno;