Norma Legal Oficial del día 07 de febrero del año 2013 (07/02/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA, jueves 7 de febrero de 2013

NORMAS LEGALES

487629

senora MARITZA MORDAZA MORDAZA para prestar el servicio de radiodifusion comercial por television a traves del MORDAZA 14 de la banda UHF en la localidad de MORDAZA, del departamento de MORDAZA, en senal analogica y digital simultaneamente. Asimismo, senala que para la presente autorizacion corresponde asignar las caracteristicas tecnicas propuestas por la administrada, aprobadas mediante Resolucion Viceministerial Nº 5612009-MTC/03, asi como las derivadas de las normas tecnicas vigentes aplicables al servicio de radiodifusion por television; Que, en tal sentido, corresponde cumplir lo ordenado por el MORDAZA Juzgado Mixto de Wanchaq; De conformidad con la Constitucion Politica del Peru, el Codigo Procesal Constitucional ­ Ley Nº 28237, el Texto Unico Ordenado de la Ley organica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo N° 017-93-JUS, y en cumplimiento de la Resolucion N° 213 expedida por el MORDAZA Juzgado Mixto de Wanchaq y la Resolucion del Tribunal Constitucional de fecha 14 de setiembre 2012; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar, en cumplimiento del mandato judicial contenido en la Resolucion Nº 213 del 22 de enero de 2013, expedida por el MORDAZA Juzgado Mixto de Wanchaq, y de la Resolucion del 14 de setiembre de 2012, expedida por el Tribunal Constitucional, autorizacion a la senora MARITZA MORDAZA MORDAZA, por el plazo de diez (10) anos, para prestar el servicio de radiodifusion comercial por television a traves del MORDAZA 14 de la banda UHF en la localidad de MORDAZA, del departamento de MORDAZA, en senal analogica y digital simultaneamente. Articulo 2º.- La administrada prestara el servicio autorizado de acuerdo a las condiciones esenciales y caracteristicas tecnicas que se detallan a continuacion:
Condiciones Esenciales Modalidad MORDAZA : Radiodifusion por Television UHF : 14 (470 ­ 476 MHZ) Banda IV Frecuencia de video: 471.25 MHZ Frecuencia de audio: 475.75 MHZ Frecuencia central: 473+1/7 MHZ : Comercial

De acuerdo con lo establecido en el articulo 52º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, para el caso de los enlaces auxiliares se requiere de autorizacion previa otorgada por la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones. El plazo de la autorizacion y permiso concedidos se computara a partir de la fecha de notificacion de la presente Resolucion, la cual, ademas, sera publicada en el Diario Oficial "El Peruano". Articulo 3°.- En caso alguna infraestructura, utilizada para el despegue y aterrizaje de aeronaves, sea instalada con posterioridad a la entrada en vigencia de la presente autorizacion y la estacion radiodifusora se encuentre dentro de la Superficie Limitadoras de Obstaculos o su operacion genere interferencias a los sistemas de radionavegacion, la titular debera obtener el permiso respectivo de la Direccion General de Aeronautica Civil o reubicar la estacion, asi como adoptar las medidas correctivas a efectos de no ocasionar interferencias. Asimismo, si, con posterioridad al otorgamiento de la presente autorizacion, la estacion radiodifusora se encontrara dentro de las otras zonas de restriccion establecidas en el articulo 84º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, la titular debera obtener los permisos correspondientes y adoptar las medidas correctivas que correspondan. Articulo 4°.- La autorizacion que se otorga se inicia con un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses improrrogables, dentro del cual, la titular de la autorizacion debera cumplir con las obligaciones que a continuacion se indican: - Instalar los equipos requeridos para la prestacion del servicio conforme a las condiciones esenciales y a las caracteristicas tecnicas aprobadas en la presente autorizacion. - Realizar las respectivas pruebas de funcionamiento. La inspeccion tecnica correspondiente se efectuara de oficio hasta dentro de los ocho (08) meses siguientes al vencimiento del mencionado periodo de instalacion y prueba, verificandose en MORDAZA la correcta instalacion y operacion de la estacion, con equipamiento que permita una adecuada prestacion del servicio autorizado, asi como el cumplimiento de las condiciones esenciales y caracteristicas tecnicas indicadas en el articulo 2º de la presente Resolucion. Sin perjuicio de lo indicado, la titular podra solicitar la realizacion de la inspeccion tecnica MORDAZA del vencimiento del periodo de instalacion y prueba otorgado. En caso de incumplimiento de las obligaciones MORDAZA mencionadas, la autorizacion otorgada quedara sin efecto. De cumplir la titular con las obligaciones precedentemente indicadas y a merito del informe tecnico favorable, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones procedera a expedir la respectiva Licencia de Operacion. Articulo 5º.- La titular, dentro de los doce (12) meses de entrada en vigencia la autorizacion otorgada, en forma individual o conjunta, aprobara su Codigo de Etica y presentara MORDAZA del mismo a la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, o podra acogerse al Codigo de Etica aprobado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Articulo 6º.- La titular esta obligada a instalar y operar el servicio de radiodifusion autorizado, de acuerdo a las condiciones esenciales y caracteristicas tecnicas indicadas en el articulo 2º de la presente Resolucion, las cuales solo podran ser modificadas previa autorizacion de este Ministerio. En caso de aumento de potencia, este podra autorizarse hasta el MORDAZA establecido en el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias de la banda y localidad autorizadas. En caso de disminucion de potencia y/o modificacion de ubicacion de estudios, no obstante no requerirse de aprobacion previa, la titular se encuentra obligada a

Finalidad Caracteristicas Tecnicas Estandar ISDB-T (digital) Indicativo Original Network ID Codificacion

: NTSC-M (analogico)

: OBL-4J : 2557 (Hexadecimal) : Video: MPEG 4 (H.264) Audio: MPEG 4 AAC Emision NTSC-M : Video: 5M45C3F Audio: 50K0F3E MORDAZA Potencia Efectiva Radiada (e.r.p.) : 1000 KW (NTSC-M) 240 KW (ISDB-T) Mascara del espectro de transmision : Critica Ubicacion de la Estacion: Estudio y Planta Transmisora : Cerro La MORDAZA, distrito de San MORDAZA de Porres, provincia y departamento de Lima. : Longitud Oeste : 77º 04' 13.5'' Latitud Sur : 12º 01' 19.4'' : El area comprendida dentro del contorno de 74 dB V/m (NTSC-M) y 57 dB V/m (ISDB-T).

Coordenadas Geograficas MORDAZA de Servicio

La autorizacion otorgada incluye el permiso para instalar los equipos de radiodifusion correspondientes.

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