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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE FEBRERO DEL AÑO 2013 (07/02/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 9

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 7 de febrero de 2013 487599 Incorporan representantes en la Conformación de “Mesa de Trabajo para el Desarrollo del distrito de Kañaris, provincia de Ferreñafe, departamento de Lambayeque” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 034-2013-PCM 06 de febrero de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 002-2013- PCM del 08 de enero de 2012, se conformó el Grupo de Trabajo denominado “Mesa de Trabajo para el Desarrollo del distrito de Kañaris, provincia de Ferreñafe, departamento de Lambayeque”, con la fi nalidad de promover el desarrollo integral del distrito de Kañaris, provincia de Ferreñafe, departamento de Lambayeque, y apoyar en la implementación de los proyectos de desarrollo y ejecución de obras que presenten las autoridades distrital y provincial; Que, el pleno de la Mesa de Trabajo, en su sesión de fecha 02 de febrero de 2013, realizada en la ciudad de Ferreñafe, departamento de Lambayeque, acordó incorporar al citado Grupo de Trabajo a nuevos integrantes, representantes de los gobiernos locales, organizaciones sociales y del gobierno nacional; Que, por lo indicado, resulta necesario incorporar a los nuevos integrantes en la conformación de la “Mesa de Trabajo para el Desarrollo del distrito de Kañaris, provincia de Ferreñafe, departamento de Lambayeque”; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo N° 063- 2007-PCM y modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Incorpórese representantes en la Conformación de “Mesa de Trabajo para el Desarrollo del distrito de Kañaris, provincia de Ferreñafe, departamento de Lambayeque” Incorpórese a los representantes de las siguientes instituciones, en la “Mesa de Trabajo para el Desarrollo del distrito de Kañaris, provincia de Ferreñafe, departamento de Lambayeque”, conformada mediante Resolución Ministerial 002-2013-PCM: - Un (1) representante del Ministerio del Ambiente; - Un (1) representante del Ministerio de Cultura; - Un (1) representante del Ministerio de Economía y Finanzas; - Un (1) representante de la Municipalidad distrital de Incahuasi; - Un (1) representante de la Municipalidad distrital de Salas; - Un (1) representante de la Asociación de Productores Ecológicos de la Comunidad Campesina San Juan de Cañarís; - Un (1) representante de la Asociación Frente de Defensa de Kañarís; - Un (1) representante del Comité Especial de Posesionarios de la Zona alta de la Comunidad Campesina San Juan de Cañarís; - Un (1) representante de la Junta de Usuarios Sub Distrito de Riego Motupe; - Dos (2) representantes de las Comunidades Campesinas del distrito de Incahuasi; y, - Un (1) representante de la empresa Cañariaco Copper Perú S.A. Artículo 2º.- Designación de Representantes Los nuevos integrantes que se incorporan a la “Mesa de Trabajo para el Desarrollo del distrito de Kañarís, provincia de Ferreñafe, departamento de Lambayeque”, a que hace referencia el artículo 1° de la presente Resolución Ministerial, deberán contar con un representante alterno, siendo ambos representantes, titular y alterno, designados mediante resolución del titular de la Entidad a la que pertenecen o mediante documento ofi cial en caso de instituciones privadas, dentro de segundo día hábil contados a partir del día siguiente de publicada la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros 899063-1 AGRICULTURA Autorizan trámite de importación y la inspección fitosanitaria de granos de maíz, granos de soya y derivados originarios y procedentes de Bolivia y Brasil, en el Puesto de Control de Matarani y que ingresen al país por los Puestos de Control de Desaguadero e Iñapari RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0006-2013-AG-SENASA-DSV 25 de enero de 2013 VISTO: El Informe-0031-2012-AG-SENASA-DSV-SCV- GMOSTAJO, de fecha 27 de diciembre de 2012, en que se recomienda autorizar el trámite de importación y la inspección fi tosanitaria de granos de maíz y soya originarios y procedentes de Bolivia y granos de maíz originarios y procedentes de Brasil, en el Puesto de Control de Matarani (Arequipa), y que ingresen al país por los Puestos de Control de Desaguadero (Puno) e Iñapari (Madre de Dios), y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 12ºdel Decreto Legistalivo Nº 1059, Ley General de Sanidad Agraria, el Ingreso al país, como importación, tránsito internacional o cualquier otro régimen aduanero, de plantas y productos vegetales, animales y productos de origen animal, insumos agrarios, organismos benéfi cos, materiales de empaque, embalaje y acondicionamiento, cualquier otro material capaz de introducir o propagar plagas y enfermedades, así como los medios utilizados para transportarlos, se sujetarán a las disposiciones que establezca, en el ámbito de su competencia, la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria; Que, de conformidad con el Artículo 12º del Decreto Supremo Nº 018-2008-AG, Reglamento de la Ley General de Sanidad Agraria, el ingreso al pais, como importación, tránsito internacional o cualquier otro régimen aduanero, de plantas y productos vegetales, animales y productos de origen animal, y otros productos reglamentados, se sujetará a las disposiciones que establezca el SENASA, en el ámbito de su competencia. La regulación del ingreso al pais de productos reglamentados involucrará el cumplimiento de requisitos fi to o zoosanitarios específi cos. El ingreso al país de productos no reglamentados será libre. Además, el SENASA debe asegurar la sanidad agraria de los productos reglamentados que ingresan al territorio nacional y, al mismo tiempo, favorecer el libre comercio, evitando crear obstáculos innecesarios al inlercambio comercial internacional; Que, el Título II del Decreto Supremo Nº 032-2003- AG, Reglamento de Cuarentena Vegetal, precisa el procedimiento a seguir para la importación de plantas, productos vegetales y otros artículos reglamentados;