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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE FEBRERO DEL AÑO 2013 (08/02/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 24

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 8 de febrero de 2013 487710 De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar el Documento Técnico: Plan Operativo Anual 2013 de la Unidad Ejecutora 001 – Administración Central del Ministerio de Salud, de acuerdo al anexo que forma parte de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Disponer que la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, a través de la Ofi cina de Planeamiento y Gestión Institucional, evalúe con periodicidad semestral el cumplimento de los resultados esperados, a través de los indicadores propuestos en el Documento Técnico: Plan Operativo Anual 2013 de la Unidad Ejecutora 001 – Administración Central del Ministerio de Salud. Artículo 3°.- Encargar a la Ofi cina General de Comunicaciones, la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Salud, en la dirección electrónica: http://www.minsa.gob.pe/ transparencia/normas.asp. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud 899315-1 Declaran la Alerta Verde en los establecimientos de salud a nivel nacional RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 065-2013/MINSA Lima, 6 de febrero del 2013 Visto el Expediente Nº 13-011294-001, que contiene el Informe Técnico Nº 05-2013-COE-OMDC-OGDN/MINSA, de la Ofi cina General de Defensa Nacional del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 517-2004/ MINSA se aprobó la Directiva Nº 036-2004-OGDN/ MINSA-V.01 “Declaratoria de Alertas en Situaciones de Emergencias y Desastres”, cuyo objeto es establecer los lineamientos y procedimientos para la aplicación de la Declaratoria de Alertas ante emergencias y desastres a nivel nacional; Que, la referida Directiva establece que la Alerta Verde es la situación de expectativa ante la posible ocurrencia de un evento adverso o destructivo, lo cual determina que las dependencias de salud efectúen las acciones preparativas; Que, con Decreto Supremo Nº 123-2012-PCM, se declararon días no laborables para los trabajadores del Sector Público a nivel nacional, durante el año 2013, entre otros, los días lunes 11 y martes 12 de febrero, a efecto de fomentar el desarrollo del turismo interno, el cual constituye un instrumento dinamizador de las economías locales y contribuye al conocimiento no sólo de los atractivos turísticos, sino de las distintas realidades de las poblaciones de nuestro país; Que, a través del Informe Técnico del visto, la Ofi cina General de Defensa Nacional señala que entre los días 9, 10, 11 y 12 de febrero del presente año, es previsible la presencia de determinadas situaciones, como son el desplazamiento a gran escala de ciudadanos a diferentes destinos turísticos del país, la congregación masiva de personas hacia los diferentes centros comerciales en cada localidad, el incremento de la ingesta de alimentos expedidos en forma comercial y a gran escala, la aglomeración de productos altamente infl amables, la alteración del orden y la tranquilidad pública a través de actos violentos, entre otros, que podrían desencadenar la ocurrencia de eventos adversos masivos, por lo que, recomienda a la Alta Dirección declarar en Alerta Verde los establecimientos de salud a nivel nacional a partir de las 20:00 horas del día viernes 8 de febrero hasta las 08:00 horas del día miércoles 13 de febrero del presente año; Que, ante dicha estimación del riesgo, resulta necesario adecuar la capacidad de respuesta del Sector Salud, a efecto de atender en forma oportuna y adecuada dichas situaciones; Estando a lo propuesto por la Ofi cina General de Defensa Nacional; Con las visaciones del Director General de la Ofi cina General de Defensa Nacional, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal I) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar la Alerta Verde en los establecimientos de salud a nivel nacional, a partir de las 20:00 horas del día viernes 8 de febrero hasta las 08:00 horas del día miércoles 13 de febrero del 2013. Artículo 2º.- Disponer que las Direcciones de Salud, las Direcciones Regionales de Salud o las que hagan sus veces, de conformidad a lo dispuesto en la Directiva Nº 036-2004-OGDN/MINSA-V.01, “Declaratoria de Alertas en Situaciones de Emergencias y Desastres”, aprobada con Resolución Ministerial Nº 517-2004/MINSA, puedan incrementar la alerta al nivel que corresponda, conforme al área comprometida a su jurisdicción. Artículo 3º.- Disponer que la Ofi cina General de Defensa Nacional, a través de las Direcciones de Salud y Direcciones Regionales de Salud o las que hagan sus veces, se encarguen de difundir, supervisar y evaluar la aplicación de la presente Resolución Ministerial. Artículo 4º.- Las acciones que se deriven de la aplicación de la presente Resolución Ministerial se sujetarán a las normas legales vigentes. Artículo 5º.- Encargar a la Ofi cina General de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Salud, en la dirección electrónica: http://www.minsa.gob. pe/transparencia/dge_normas.asp. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud 899315-2 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan a la empresa Percival S.A.C. como taller de conversión a gas natural vehicular en local ubicado en el distrito de Bellavista, Provincia Constitucional del Callao RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 048-2013-MTC/15 Lima, 3 de enero de 2013 VISTOS: Los Partes Diarios N°s. 133233 y 153338 presentados por la empresa PERCIVAL S.A.C., mediante los cuales solicita autorización para funcionar como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular – GNV, en el local ubicado en la Jr. Colina N° 1048 - Cercado, Distrito de Bellavista, Provincia Constitucional del Callao, y; CONSIDERANDO: Que, la Directiva Nº 001-2005-MTC/15, aprobada por Resolución Directoral Nº 3990-2005-MTC/15, modifi cada por las Resoluciones Directorales Nºs. 7150-2006-MTC/15 y 4284-2008-MTC/15 y elevada a rango de Decreto