Norma Legal Oficial del día 13 de febrero del año 2013 (13/02/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano MORDAZA, miercoles 13 de febrero de 2013

NORMAS LEGALES

487957

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Clasifican jerarquia de carretera como Ruta Departamental o Regional correspondiente a la Red Vial Departamental o Regional a cargo del Gobierno Regional de MORDAZA, asignandosele el Codigo AR-123
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 078-2013 MTC/02 MORDAZA, 8 de febrero de 2013 VISTOS: El Oficio Nº 035-2013/GRA/GGR, del Gobierno Regional de Arequipa; el Memorandum Nº 310-2013MTC/14 de la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles referidos a la clasificacion de la Carretera denominada "Arequipa ­ La Joya"; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 15º del Reglamento de Jerarquizacion Vial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2007-MTC y modificado por Decreto Supremo Nº 006-2009-MTC, en adelante el Reglamento, senala que el Clasificador de Rutas es el documento oficial del Sistema Nacional de Carreteras - SINAC, clasificadas en Red Vial Nacional, Red Vial Departamental o Regional y Red Vial Vecinal o Rural, que incluye el Codigo de Ruta y su definicion segun puntos o lugares principales que conecta; precisando, ademas, que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones es el responsable de elaborar la actualizacion del Clasificador de Rutas que se aprobara mediante Decreto Supremo y que las modificaciones seran aprobadas por Resolucion Ministerial de este Ministerio; Que, mediante Decreto Supremo Nº 036-2011-MTC, se aprobo la actualizacion del Clasificador de Rutas del SINAC; Que, de acuerdo a los numerales 6.1 y 6.2 del articulo 6º del Reglamento, el Gobierno Nacional, como ente normativo, es la autoridad competente para la jerarquizacion del Sistema Nacional de Carreteras; asimismo, las autoridades competentes para la aplicacion del Reglamento, de conformidad a los niveles de Gobierno que corresponden a la organizacion del Estado, son el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, por el Gobierno Nacional, a cargo de la Red Vial Nacional; los Gobiernos Regionales, a cargo de su respectiva Red Vial Departamental o Regional; y, los Gobiernos Locales, a cargo de su respectiva Red Vial Vecinal o Rural; Que, asimismo, el articulo 9º del Reglamento, establece que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a traves de la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles, efectuar la Clasificacion de las Carreteras que conforman el SINAC, en aplicacion a los criterios establecidos en el articulo 8º del Reglamento, considerando para tales efectos la informacion que proporcionen las autoridades competentes a que se refiere el articulo 6º del Reglamento; Que, mediante el Oficio Nº 035-2013/GRA/GGR de fecha de recepcion 23 de enero del 2013, el Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA, solicita la Clasificacion de la Carretera denominada "Arequipa ­ La Joya", para dotarla de una adecuada infraestructura vial en condiciones de transitabilidad y con la finalidad de interconectar las provincias de MORDAZA e Islay, y facilitar su interrelacion vial con el circuito MORDAZA, Condesuyos y La Union respectivamente; Que, mediante Informe Nº 040-2013-MTC/14.07 de fecha 01 de febrero de 2013, la Direccion de Caminos de la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles,

considera procedente la Clasificacion de la Carretera: Emp. PE ­ 1S (Dv. Reparticion) ­ Dv. Variante Uchumayo ­ Emp. PE-34 A (Zamacola) como Ruta Departamental o Regional, en razon que cumpliria el criterio de jerarquizacion vial del SINAC establecido en el numeral 4) del literal b) del articulo 8º del Reglamento que establece que son parte de la Red Vial Departamental o Regional, las carreteras que interconectan capitales de distritos pertenecientes a mas de una provincia o permiten la conformacion de circuitos con otras carreteras departamentales o nacionales; Que, mediante Memorandum Nº 310-2013-MTC/14, el Director General de la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles en atencion al Informe Nº 040-2013MTC/14.07 de la Direccion de Caminos, considera procedente la Clasificacion de la carretera: Emp. PE-1S (Dv. Reparticion) ­ Dv. Variante Uchumayo - Emp. PE34 A (Zamacola), como parte integrante de la Red Vial Departamental o Regional asignandole el Codigo AR123; Que, en consecuencia, estando a lo opinado por la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles y a lo solicitado por el Gobierno Regional de MORDAZA, resulta necesario modificar el Clasificador de Rutas, a fin de clasificar la carretera: Trayectoria: Emp. PE-1S (Dv. Reparticion) ­ Dv. Variante Uchumayo - Emp. PE34 A (Zamacola), como parte integrante de la Red Vial Departamental o Regional; De conformidad con lo dispuesto en los Decretos Supremos Nº 017-2007-MTC, Nº 006-2009-MTC y Nº 036-2011-MTC, asi como el Decreto Supremo Nº 0212007-MTC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Clasificar la jerarquia de la carretera: Emp. PE-1S (Dv. Reparticion) ­ Dv. Variante Uchumayo - Emp. PE-34 A (Zamacola), como Ruta Departamental o Regional correspondiente a la Red Vial Departamental o Regional a cargo del Gobierno Regional de MORDAZA, asignandosele el Codigo AR-123, la misma que adoptara la siguiente Trayectoria: Ruta Nº AR-123 Trayectoria: Emp. PE-1S (Dv. Reparticion) ­ Dv. Variante Uchumayo - Emp. PE-34 A (Zamacola). Articulo 2º.- La Direccion General de Caminos y Ferrocarriles debera actualizar el Mapa Vial incorporando las modificaciones dispuestas por el articulo primero de la presente Resolucion, en el Clasificador de Rutas del Sistema Nacional de Carreteras ­ SINAC. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 900171-1

Otorgan autorizaciones a personas naturales para prestar servicio de radiodifusion sonora comercial en localidades de los departamentos de MORDAZA y MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 057-2013-MTC/03 MORDAZA, 5 de febrero del 2013 VISTO, el Expediente Nº 2011-058610 presentado por el senor NERIO MORDAZA VELASCO, sobre otorgamiento de autorizacion para la prestacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia

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