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NORMAS LEGALES www.elperuano.com.pe FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR Lima, miércoles 13 de febrero de 2013 487955 Año XXX - Nº 12360 AÑO DE LA INVERSIÓN PARA EL DESARROLLO RURAL Y LA SEGURIDAD ALIMENTARIA PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS D.S. N° 019-2013-PCM.- Decreto Supremo que declara el Estado de Emergencia en la provincia de Arequipa, el distrito de Tomepampa de la provincia de La Unión y el distrito de Acarí de la provincia de Caravelí, en el departamento de Arequipa. 487956 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES R.M. N° 078-2013 MTC/02.- Clasifi can jerarquía de carretera como Ruta Departamental o Regional correspondiente a la Red Vial Departamental o Regional a cargo del Gobierno Regional de Arequipa, asignándosele el Código AR - 123 487957 RR.VMS. N°s. 057 y 058-2013-MTC/03.- Otorgan autorizaciones a personas naturales para prestar servicio de radiodifusión sonora comercial en localidades de los departamentos de Cajamarca y Lambayeque 487957 R.VM. N° 060-2013-MTC/03.- Declaran aprobada solicitud y reconocen a la Empresa de Radio Difusión Castillo y Asociados S.R.L. como titular de autorización otorgada mediante R.VM. N° 300-2003-MTC/03 487962 ORGANOS AUTONOMOS ANR - CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES Res. N° 474-2012-CONAFU.- Aprueban Reglamento de Ratifi cación y Promoción de Docentes Ordinarios para Universidades Públicas bajo competencia del CONAFU y Tabla de Califi cación para el Proceso de Promoción y Ratifi cación de Docentes Ordinarios en Universidades Públicas bajo competencia del CONAFU 487963 MINISTERIO PUBLICO RR. N°s. 407 y 408-2013-MP-FN.- Dan por concluidas designaciones y designan fi scales en los Distritos Judiciales de Piura, Cajamarca, Cañete y Junín 487969 Fe de Erratas Res. N° 317-2013-MP-FN 487970 Fe de Erratas Res. N° 351-2013-MP-FN 487970 Sumario FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectifi cación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión rectifi cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectifi carse. 4. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL