Norma Legal Oficial del día 24 de febrero del año 2013 (24/02/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 24 de febrero de 2013

NORMAS LEGALES

488535

Articulo 4.- La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de la Produccion, actuara como Secretaria Tecnica de la Comision, prestando asistencia tecnica y logistica que asegure el cumplimiento adecuado de las funciones de la referida Comision. Articulo 5.- Los miembros de la Comision podran designar a su representante mediante comunicacion dirigida a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, en un plazo MORDAZA de tres (3) dias habiles contados desde la notificacion de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 6.- La Comision conformada por el articulo 1 de la presente Resolucion Ministerial se instalara en un plazo no mayor de diez (10) dias utiles contados desde la fecha de su publicacion. Articulo 7.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion Ministerial en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion (http://www.produce.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA TRIVENO CHAN JAN Ministra de la Produccion 904553-5

VISTOS: El Memorando Nº 02439-2012-PRODUCE/ DVMYPE-I del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, el Memorando Nº 503-2013-PRODUCE/ DVMYPE-I/DGPR de la Direccion General de Politicas y Regulacion, el Informe Nº 007-2012-PRODUCE/ DVMYPE-I/DGPR-DIRE de la Direccion de Regulacion y el Informe N° 018-2013-PRODUCE/OGAJ-igonzalez de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 1047, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, senala que este Sector es competente para regular las actividades industriales manufactureras, asignandole competencia exclusiva en materia de normalizacion industrial, y otorgandole funciones especificas para aprobar las disposiciones normativas que le correspondan; Que, los literales b), g) y q) del articulo 91º de la Resolucion Ministerial Nº 343-2012-PRODUCE, Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, establece como funciones de la Direccion de Regulacion de la Direccion General de Politicas y Regulacion, la de formular los reglamentos tecnicos pertinentes para los productos de la industria manufacturera, en el MORDAZA de los acuerdos internacionales, fiscalizar su cumplimiento de acuerdo a la normatividad vigente y expedir las respectivas constancias de cumplimiento; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 149-2005-EF se dictaron disposiciones reglamentarias al Acuerdo sobre Obstaculos Tecnicos al Comercio en el ambito de bienes y al Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios, en el ambito de servicios, de la Organizacion Mundial del Comercio; Que, conforme al articulo 7º del citado Decreto Supremo, mediante Resolucion Ministerial del sector correspondiente, los proyectos de Reglamentos Tecnicos y las medidas adoptadas que afecten el comercio de bienes y servicios, deberan publicarse en el Diario Oficial El Peruano o en la pagina web del sector que los elabore. Asimismo, dicho dispositivo legal precisa que, tratandose

Disponen publicar el proyecto de "Reglamento Tecnico sobre Recipientes para Almacenamiento de Gas Licuado de Petroleo (GLP) utilizado como Combustible para Vehiculos Automotores" en el MORDAZA institucional del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 085-2013-PRODUCE MORDAZA, 22 de febrero de 2013

DIARIO OFICIAL

REQUISITOS PARA PUBLICACI N EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicacion de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos juridicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administracion, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentacion por publicar se recibira en la Direccion del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicacion debera adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su firma ante el Diario Oficial. 2.- Junto a toda disposicion, con o sin anexo, que contenga mas de una pagina, se adjuntara un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposicion que contenga anexos, las entidades deberan tomar en cuenta lo establecido en el articulo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 4.- Toda disposicion y/o sus anexos que contengan tablas, deberan estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justificar; si incluyen graficos, su MORDAZA sera en extension PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposicion, con o sin anexos, que en total excediera de 6 paginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electronico sera considerado MORDAZA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicacion, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicacion se suspendera. 6.- Las cotizaciones se enviaran al correo electronico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en caso de tener mas de 1 pagina o de incluir MORDAZA se cotizara con originales. Las cotizaciones tendran una vigencia de dos meses o segun el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCION

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