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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE JUNIO DEL AÑO 2013 (05/06/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 3

El Peruano Miércoles 5 de junio de 2013 496505 OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES R.J. N° 131-2013-J/ONPE.- Designan Coordinadores de Local de Votación, titulares y accesitarios, de las Ofi cinas Descentralizadas de Procesos Electorales para las Nuevas Elecciones Municipales y Segunda Consulta Popular de Revocatoria de Mandato de Autoridades Municipales 2013 496556 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Res. N° 3162-2013.- Autorizan a la Financiera Universal S.A. el cierre de agencias ubicadas en el departamento de Lima 496556 Res. N° 3211-2013.- Autorizan la inscripción de la empresa M & S Asesores y Corredores de Seguros S.A.C. en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros 496557 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Directiva N° 001-006-00000016.- Procedimiento de Notifi cación de Actos Administrativos emitidos por el SAT 496557 MUNICIPALIDAD DE PUNTA HERMOSA Ordenanza N° 242-2013-MDPH.- Declaran zona de riesgo geológico la Zona Este del distrito de Punta Hermosa y suspenden toda actividad administrativa o constructiva en área afectada. 496568 Ordenanza N° 243-2013-MDPH.- Derogan Artículo 10° de la Ordenanza Municipal N° 224-2012-MDPH 496568 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Acuerdo N° 041.- Declaran de interés local las peticiones de cambio de zonifi cación solicitadas por empresas respecto a terrenos ubicados en el distrito 496569 SEPARATA ESPECIAL ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES Res. N° 074-2013-CD/OSIPTEL y Res. Nº 255-2013- GG/OSIPTEL.- Confi rman sanción de multa de 51 UIT impuesta a Supercable Televisión S.R.Ltda. por incumplimiento de medida correctiva 496488 PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA LEY Nº 30031 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República; Ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE DECLARA A LA PROVINCIA DE MELGAR, DEL DEPARTAMENTO DE PUNO, COMO CAPITAL GANADERA DEL PERÚ Artículo único. Declárase a la provincia de Melgar, del departamento de Puno, como Capital Ganadera del Perú. Comuníquese al señor Presidente Constitucional de la República para su promulgación. En Lima, a los quince días del mes de mayo de dos mil trece. VÍCTOR ISLA ROJAS Presidente del Congreso de la República MARCO TULIO FALCONÍ PICARDO Primer Vicepresidente del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cuatro días del mes de junio del año dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros 946194-1 LEY Nº 30032 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República Ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE ADICIONA EL CAPÍTULO VIII A LA LEY 28189, LEY GENERAL DE DONACIÓN Y TRASPLANTE DE ÓRGANOS Y/O TEJIDOS HUMANOS, Y CREA EL REGISTRO NACIONAL DE DONACIÓN RENAL CRUZADA Artículo único. Objeto de la Ley Adiciónase a la Ley 28189, Ley General de Donación y Trasplante de Órganos y/o Tejidos Humanos, el Capítulo VIII, referido al Registro Nacional de Donación Renal Cruzada, en los términos siguientes: “CAPÍTULO VIII REGISTRO NACIONAL DE DONACIÓN RENAL CRUZADA Artículo 17°.- Registro Nacional de Donación Renal Cruzada Créase el Registro Nacional de Donación Renal Cruzada con el objeto de facilitar el trasplante