Norma Legal Oficial del día 05 de junio del año 2013 (05/06/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano Miercoles 5 de junio de 2013

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De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura y su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG; SE RESUELVE: Articulo 1.- Encargar a la Direccion General de Infraestructura Hidraulica, en tanto se modifique el Reglamento de Organizacion y Funciones de este Ministerio aprobado por Decreto Supremo Nº 0312008-AG, el ejercicio de la rectoria en materia de saneamiento fisico legal y formalizacion de la propiedad agraria, comprendiendo las tierras de las Comunidades Campesinas y Nativas, establecida en el Decreto Supremo Nº 001-2013-AG. Articulo 2.- Publicar la presente Resolucion Ministerial en el Diario Oficial El Peruano, en el MORDAZA Electronico del Estado Peruano: www.peru.gob.pe y en el MORDAZA Electronico del Ministerio de Agricultura www.minag.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Agricultura 946191-2

Encargan a la Direccion General de Infraestructura Hidraulica el ejercicio de la rectoria en materia de saneamiento fisico legal y formalizacion de la propiedad agraria establecida en el D.S. Nº 001-2013-AG
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0200-2013-AG MORDAZA, 4 de junio de 2013 VISTO: El Oficio General de designacion materia de agraria; y, Nº 0502-2013-AG/DGIH-DG, de la Direccion Infraestructura Hidraulica, proponiendo la del organo encargado de la rectoria en saneamiento fisico legal de la propiedad

CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el numeral 22.2 del articulo 22 de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, los Ministerios disenan, establecen, ejecutan y supervisan politicas nacionales y sectoriales, asumiendo la rectoria respecto de ellas; Que, concordando con dicha MORDAZA, el numeral 3.1 del articulo 3 del Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, prescribe que este tiene por objeto disenar, establecer, ejecutar y supervisar la Politica Nacional Agraria, asumiendo la rectoria respecto a MORDAZA, de acuerdo con las atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Peru; Que, el numeral 4.1 del articulo 4 de dicha Ley, reitera que el Ministerio de Agricultura es el organo rector del Sector Agrario y es el que establece la Politica Nacional Agraria, la cual es de obligatorio cumplimiento en todos los niveles de gobierno; precisandose en el numeral 4.2 que el Sector Agrario comprende las tierras de uso MORDAZA, de pastoreo, las tierras forestales, las eriazas con aptitud agraria, los recursos forestales y su aprovechamiento; la MORDAZA y fauna; los recursos hidricos; la infraestructura agraria; las actividades de produccion, de transformacion y de comercializacion de cultivos y de crianzas; y los servicios y actividades vinculados a la actividad agraria como la sanidad, la investigacion, la capacitacion, la extension y la transferencia de tecnologia agraria, conforme a la Politica Nacional Agraria y a lo establecido en la Constitucion Politica del Peru, demas leyes vigentes y su Reglamento de Organizacion y Funciones; Que, por Decreto Supremo Nº 001-2013-AG, se ha establecido que el Ministerio de Agricultura es el ente rector de la Politica Nacional Agraria que comprende las tierras de uso MORDAZA, de pastoreo, las tierras forestales, las eriazas con aptitud agraria, los recursos forestales y su aprovechamiento; desarrolla la politica nacional que define los objetivos prioritarios, los lineamientos, los contenidos y los estandares nacionales de cumplimiento en materia de propiedad agraria, incluido el saneamiento fisico legal y formalizacion de la propiedad agraria, comprendiendo las tierras de las Comunidades Campesinas y Nativas; Que, acorde con lo dispuesto en el referido Decreto Supremo y, en tanto se modifique el instrumento tecnico normativo de gestion institucional de este Ministerio, es necesario determinar al organo de linea del Ministerio de Agricultura que se encargara del ejercicio de la rectoria en materia de saneamiento fisico legal y formalizacion de la propiedad agraria establecida en el Decreto Supremo Nº 001-2013-AG; Que, el articulo 3 del Decreto Supremo en mencion, establece que mediante Resolucion Ministerial del Ministerio de Agricultura se aprobaran las disposiciones que MORDAZA necesarias para implementar lo regulado en el;

Encargan funciones de Sub Director de la Unidad de Planeamiento de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Autoridad Nacional del Agua
RESOLUCION JEFATURAL Nº 227-2013-ANA MORDAZA, 04 de junio de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante el articulo 3º de la Resolucion Jefatural Nº 226-2013-ANA, se encargo temporalmente al senor MORDAZA MORDAZA Piscoya MORDAZA, las funciones de la Unidad de Planeamiento de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Autoridad Nacional; Que, se ha dispuesto dejar sin efecto la mencionada encargatura temporal y encargar a un MORDAZA profesional tales funciones; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que Regula la Participacion del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designacion de Funcionarios Publicos y el Decreto Supremo Nº 006-2010-AG, que aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) de la Autoridad Nacional del Agua. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Encargar, a partir del dia 06 de junio de 2013, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, las funciones de Sub Director de la Unidad de Planeamiento de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Autoridad Nacional del Agua. Articulo 2º.- Dar por concluida, a partir del dia 06 de junio de 2013, la encargatura temporal de funciones en la Unidad de Planeamiento de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Autoridad Nacional del Agua, conferida al senor MORDAZA MORDAZA PISCOYA MORDAZA, dejando sin efecto a partir de dicha fecha el articulo 3º de la Resolucion Jefatural Nº 226-2013-ANA. Registrese, comuniquese y publiquese, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Autoridad Nacional del Agua 946023-1

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