Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE JUNIO DEL AÑO 2013 (09/06/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 42

El Peruano Domingo 9 de junio de 2013 496904 CONSIDERANDO: Que, conforme con lo establecido en el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, modifi cada por la Ley Nº 27680 “Ley de Reforma Constitucional”, concordante con lo prescrito en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades”, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, y que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el inciso 3) del artículo 9º y el artículo 26º de la Ley 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades”, establece como atribución del Concejo Municipal el Adoptar el Régimen de Organización Interior y Funcionamiento del Gobierno Local, administración municipal que debe adoptar una estructura gerencial sustentándose en principios de programación, dirección, ejecución, supervisión, control concurrente y posterior; Que, el artículo 28º de la norma acotada, establece la estructura básica de los Gobiernos Locales, la misma que comprende en el ámbito administrativo a la Gerencia Municipal, el órgano de auditoría interna, la procuraduría pública municipal, la ofi cina de asesoría jurídica y la ofi cina de planeamiento y presupuesto; determinando que los demás órganos de línea, apoyo y asesoría se establece conforme lo determine cada Gobierno Local; Que, el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, aprueba los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF, por parte de las Entidades de la Administración Pública, el mismo que en su artículo 34º, establece que el Reglamento de Organización y Funciones - ROF, para el caso de las municipalidades deberá aprobarse mediante Ordenanza Municipal; Que, el proyecto del nuevo Reglamento de Organización y Funciones y su Organigrama Estructural, propuesto por la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto e Informática, considera los criterios y parámetros legales que permitirán el cumplimiento de los fi nes de la Corporación con mayor efi ciencia y un mejor nivel de atención hacia los ciudadanos, con una integración de las funciones afi nes, la eliminación de posibles confl ictos de competencia y cualquier duplicidad de funciones entre sus unidades orgánicas, conforme a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM; Que, mediante Informe Nº 080-2013-GPPI/MDSR, de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto e Informática, señala que la estructura orgánica propuesta ha sido diseñada con el objeto de optimizar los recursos humanos, económicos y tecnológicos, simplifi car los procesos y procedimientos administrativos, en procura de la mejora de la atención al ciudadano y los servicios brindados por la Municipalidad Distrital de Santa Rosa. Que, mediante Informe Nº 117-2013-GAJRC/MDSR, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Registro Civil, opina que el proyecto de ordenanza sobre el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa, cumple con los requisitos sustanciales para ser aprobados. Estando a los fundamentos antes expuesto, en uso de las facultades conferidas por el Artículo 9, numeral 8) de la Ley Nº 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades”; contando con el voto aprobatorio de los Señores Regidores y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta; el Concejo Municipal aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA ROSA Artículo Primero.- APROBAR la Nueva Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones – ROF, de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa, el cual consta de cinco (05) títulos, setenta y nueve (79) artículos, nueve (09) disposiciones complementarias y fi nales, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza Municipal. Artículo Segundo.- DISPONER la adecuación progresiva de los documentos de gestión municipal como son: Presupuesto Institucional de Apertura - PIA; Clasifi cador de Cargos; Cuadro de Asignación de Personal - CAP; Presupuesto Analítico de Personal - PAP; Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA; Manual de Organización y Funciones - MOF, y otros instrumentos de gestión municipal, conforme a las disposiciones previstas en la presente Ordenanza Municipal. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, adopte las acciones necesarias para la adecuación de las Unidades Orgánica de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa, a la nueva Estructura Orgánica, aprobada con la presente Ordenanza Municipal. Artículo Cuarto.- DEROGAR las normas o disposiciones municipales que se opongan o contradigan a lo dispuesto en la presente Ordenanza Municipal en materia de Organización, Funciones y Competencias. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación del dispositivo que se aprueba, en el Diario Ofi cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano y en el Portal Institucional de la entidad (www.munisantarosa-lima. gob.pe) el texto íntegro del Reglamento de Organización y Funciones y Organigrama Estructural. Artículo Sexto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, conforme lo establecido en el Art. 44º de la Ley Nº 27972. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. PABLO CHEGNI MELGAREJO Alcalde 947491-1 MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR Modifican el D.A. Nº 34-2012-ALC/ MVES, “Reglamento que Prohíbe toda forma de Discriminación en el Distrito de Villa El Salvador” DECRETO DE ALCALDÍA Nº 012-2013-ALC/MVES Villa El Salvador, 17 de mayo de 2013 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA EL SALVADOR VISTO: El Ofi cio Nº 1433-2012-DP/OP LIMA SUR de la Ofi cina Defensorial de Lima Sur, el Informe Nº 138-2013- OAJ-MVES de la Ofi cina de Asesoría Jurídica y el Informe Nº 121-2013-GM-MVES de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo previsto por el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, concordado con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia, esta autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 192-MVES del 11 de Setiembre de 2009, se aprobó, Prohibir cualquier tipo de discriminatoria en todas sus formas en el ámbito de la jurisdicción del Distrito de Villa El Salvador; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 34-2012-ALC/ MVES de fecha 17 de Octubre de 2012, se aprobó el “Reglamento de la Ordenanza Municipal Nº 192-MVES que prohíbe toda forma de discriminación en el Distrito de Villa El Salvador” cuyo texto está conformado por IV Títulos, VI Capítulos, Veintisiete Artículos (27) y Tres Disposiciones Finales, a fi n de prevenir, eliminar y sancionar cualquier acto que haga distinción, exclusión, restricción o preferencia, cometida por cualquier persona natural o jurídica de instituciones públicas o privadas; Que, con Ofi cio Nº 1433-2012-DP/OD LIMA SUR signado con Documento Nº 20292-2012 de fecha 10.12.2012, la Ofi cina Defensorial de Lima Sur, señala que