Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE JUNIO DEL AÑO 2013 (09/06/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 33

El Peruano Domingo 9 de junio de 2013 496895 mercado, riesgo de liquidez y riesgo operacional, así como la mecánica de la validación de modelos y la aprobación de los enfoques normativos; Que, en el indicado seminario se desarrollarán y revisarán temas relacionados con la crisis fi nanciera, la gestión de riesgos y normas reguladoras emergentes, riesgo de mercado, riesgo y rentabilidad, técnicas y estrategias para la gestión del riesgo de liquidez, riesgo operacional, Basilea II y riesgo de liquidez, gestión de riesgos y contabilidad, gestión de riesgos y supervisión, entre otros; Que, los temas a tratar en el mencionado seminario serán de utilidad y aplicación para el desarrollo de actividades de supervisión y regulación, se ha considerado conveniente designar al señor César Neil Pajares Paz, Supervisor Principal del Departamento de Supervisión Riesgos de Mercado, Liquidez e Inversiones de la Superintendencia Adjunta de Riesgos, para que participe en el indicado evento; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS-DIR-ADM-085-16, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2013, estableciéndose en el Numeral 4.3.1., que se autorizarán los viajes al exterior de los funcionarios para eventos cuyos objetivos obliguen la representación sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros o misiones ofi ciales que comprometan la presencia de sus trabajadores, así como para el ejercicio de funciones o eventos de interés para la Superintendencia, como el presente caso; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje del citado funcionario para participar en el indicado evento de capacitación, cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos, viáticos y Tarifa CORPAC que serán solventados con cargo al presupuesto de esta Superintendencia, correspondiente al ejercicio 2013; y, En uso de las facultades que le confi ere la Ley Nº 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros”, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y en virtud a la Directiva sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2013, N° SBS-DIR-ADM-085-16, que incorpora lo dispuesto en los Decretos Supremos Nos. 047-2002- PCM y 056-2013-PCM; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje al señor César Neil Pajares Paz, Supervisor Principal del Departamento de Supervisión Riesgos de Mercado, Liquidez e Inversiones de la Superintendencia Adjunta de Riesgos de la SBS, del 22 al 30 de junio de 2013, en la ciudad de Beatenberg, Confederación Suiza, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- El citado funcionario, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización, según se indica, serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2013, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 2,492.95 Viáticos US$ 3,780.00 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 947228-4 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE JUNIN Aprueban el Cuadro para Asignación de Personal de la Dirección Regional de Salud ORDENANZA REGIONAL Nº 162-2013-GRJ/CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL JUNÍN POR CUANTO: El Consejo Regional de Junín, en Sesión Extraordinaria celebrada a los 24 días del mes de mayo de 2013, en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional de Junín, de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Perú; Ley de Bases de la Descentralización; Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sus modifi catorias y demás Normas Complementarias. CONSIDERANDO: Que, el numeral 2) del artículo 9º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, señala que la Autonomía Administrativa consiste en la facultad que tienen los Gobiernos Regionales de organizarse internamente, determinar y reglamentar los servicios públicos de su responsabilidad; Que, la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado Peruano en proceso de Modernización en sus diferentes Instancias, Dependencias, Entidades, Organizaciones y Procedimientos, con la fi nalidad de mejorar la Gestión Pública y construir un Estado Democrático, Descentralizado y al Servicio del Ciudadano; Que, el literal a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales prescribe que es atribución del Consejo Regional Aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, la Ordenanza Regional 157-2011-GRJ/CR, de 19 de febrero de 2013, aprueba el Cuadro de Asignación de Personal de la Dirección Regional de Salud y sus Unidades Ejecutoras, que consta de dieciséis (16) folios; y, deroga la Ordenanza Regional Nº 132-2012-GRJ/CR; Que, el literal c) del artículo 16º del Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, establece que las entidades de la administración pública deberán modifi car el Cuadro para Asignación de Personal por motivo de un reordenamiento de cargos que conlleve a una afectación de su Presupuesto Analítico de Personal – PAP; Que, el literal c) y d) del numeral 1) del artículo 8º de la Ley Nº 29951 Ley de Presupuesto del Sector público para el año fi scal 2013 prohíbe el ingreso de personal en el sector público por servicios personales y el nombramiento, salvo para el nombramiento de hasta el 55% del número de los profesionales no médicos cirujanos y del personal técnico asistencial y administrativo, personal de servicios y auxiliar asistencial, respectivamente, en el marco del nombramiento gradual a que se refi eren las Leyes 28498 y 28560, sus normas modifi catorias y complementarias; y, para el nombramiento de los profesionales médicos cirujanos contratados en el VRAEM y hasta el 25% del número de los profesionales médicos cirujanos, comprendidos en la Ley 29682. Para dicho nombramiento, el profesional médico debe encontrarse prestando servicios en la condición de contratado por el Ministerio de Salud, sus organismos públicos y los gobiernos regionales; asimismo en su primer y segundo párrafo establece que para la aplicación de los casos de excepción establecidos desde el literal a) hasta el literal g), es requisito que las plazas a ocupar se encuentren aprobadas en el Cuadro de Asignación de Personal (CAP), y registradas en el Aplicativo Informático para