Norma Legal Oficial del día 09 de junio del año 2013 (09/06/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA 9 de junio de 2013

496901
ORDENANZA QUE REGULA EL CENSO DE LOS JOVENES DEL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA Articulo Primero.- DISPONGASE el censo de los jovenes comprendidos entre los 14 y 29 anos de edad residentes en el distrito de MORDAZA Maria. Articulo Segundo.- El censo es gratuito y se realizara a traves de la Ficha denominada "Censo Distrital de MORDAZA Maria: Juventud 2013", que forma parte integrante de la presente Ordenanza y que se publicara en la pagina web institucional. Articulo Tercero.- La Gerencia de Desarrollo Humano determinara el plazo en el que se desarrollara el Censo. Articulo Cuarto.- El censo comprendera lo siguiente: a) Nombres y Apellidos. b) Domicilio. c) Edad. d) Sexo e) Nivel Educativo f) Ocupacion principal g) Habilidad o Talento h) Expectativa Municipal Articulo Quinto.- La informacion obtenida como consecuencia del censo sera de caracter reservada y no se podra publicar por ningun medio. Articulo Sexto.- ENCARGASE a la Gerencia de Desarrollo Humano la ejecucion del censo y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional la difusion de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Articulo Setimo.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 947489-3

Tampoco se puede invocar esta ordenanza para afectar derechos, obligaciones y consecuencias juridicas derivadas de las normas que han sido declaradas no vigentes. Articulo Tercero.- Remitase la presente Ordenanza a la Direccion Nacional de Asuntos Juridicos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos para su consolidacion. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA PELLA MORDAZA 947489-2

Aprueban Ordenanza que regula el censo de los jovenes del distrito
ORDENANZA Nº 408-MDJM MORDAZA MORDAZA, 20 de MORDAZA del 2013 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MARIA; VISTO, en sesion extraordinaria de la fecha, con el MORDAZA unanime de los senores regidores y con dispensa del tramite de Lectura y Aprobacion del Acta; y, CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 194 de la Constitucion Politica del Peru, en concordancia con el articulo II de Titulo Preliminar de la Ley N° 27972 Organica de Municipalidades, que forma parte el bloque de constitucionalidad; Que, el numeral 2.9 del articulo 84 de la Ley N° 27972, establece que son funciones especificas exclusivas de las municipalidades distritales, promover el desarrollo integral de la juventud para el logro de su bienestar fisico, psicologico, social, moral y espiritual, asi como su participacion activa en la MORDAZA politica, social, cultural y economica de gobierno local; Que, la Ley N° 27802 de creacion del Consejo Nacional de la Juventud (CONAJU), en el articulo 2, considera a los adolescentes y jovenes aquellos comprendidos entre los 15 y 29 anos de edad; Que, la Secretaria Nacional de Juventudes es la encargada de formular y proponer politicas de Estado en materia de juventud, que contribuyan al desarrollo integral de los jovenes en temas de empleabilidad, mejoramiento de la calidad de MORDAZA, inclusion social, participacion y accesos a espacios en todos los ambitos del desarrollo humano, asi como promover supervisar programas y proyectos en beneficio de los jovenes, de conformidad con el Decreto Supremo N° 001-2008 ED; Que, a fin de establecer politicas de gobierno local, orientadas a brindar atencion a estos importantes sectores adolescentes y jovenes, resulta necesario contar con informacion real, actualizada y sistematizada, que permita conocer aspectos cualitativos; edad, educacion, ocupacion entre otros datos de los jovenes que residen en el distrito; Que, estando a los informes N° 499-2013-MDJMGDH de la Gerencia de Desarrollo Humano, Informe Nº 120-2013-MDJM/GDH/SGECTDyJ de la Sub Gerencia de Educacion, Cultura, Turismo, Deporte y Juventud, Informe N° 06-2013-MDJM/GH/SGECTDyJ/ADJ del Programa de la Juventud, resulta necesario aprobar una Ordenanza Municipal que permita conocer y promover a la juventud de MORDAZA Maria. En uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del Articulo 9 de la Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobo la siguiente:

Prorrogan plazo dispuesto en la Cuarta Disposicion Complementaria Final de la Ordenanza Nº 404-MDJM, que aprobo el Regimen de Gradualidad de las Sanciones Tributarias
DECRETO DE ALCALDIA Nº 010-2013-MDJM MORDAZA MORDAZA, 19 de MORDAZA del 2013 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA VISTO, el Memorando Nº 257-2013-MDJM-GR de fecha 19 de MORDAZA del 2013; y, CONSIDERANDO: Que, a traves de la Ordenanza Nº 404-MDJM, se aprobo el Regimen de Gradualidad de las Sanciones Tributarias el cual otorga diversos beneficios tributarios para que, de manera excepcional, los contribuyentes e infractores pudieran regularizar sus obligaciones pendientes, con mayores facilidades; Que, la Cuarta Disposicion Complementaria Final de la citada Ordenanza, otorga un beneficio excepcional del descuento del 100% de los intereses moratorios devengados cualquiera sea el estado de cobranza y respecto del monto insoluto y gastos y costas el 90% de descuento, siempre y cuando cancelen al contado la deuda tributaria, fijandose el vencimiento para el 19 de MORDAZA del 2013; Que, la MORDAZA Disposicion Complementaria Final, faculta al MORDAZA para dictar la prorroga del vencimiento de la misma; Que, resulta necesario ampliar dicho plazo otorgado afin de que un numero mayor de vecinos, pueda dar cumplimiento a la totalidad de sus obligaciones.

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